Un tribunal valenciano que usa sentencias inexistentes
El Supremo analiza los argumentos de los dos jueces, entre ellos el presidente del Tribunal Superior de Valencia, Juan Luis de la R¨²a, que archivaron la causa contra Camps, rechaza los argumentos e ironiza sobre la jurisprudencia usada para archivar el caso.
- Jurisprudencia inservible. "En apoyo de su pronunciamiento, cita el Tribunal Superior de Justicia de Valencia una serie de resoluciones de esta Sala de Casaci¨®n. Pero lo cierto es que, ninguna de ellas sirve de verdadero sustento a la decisi¨®n de instancia".
- Regalos en atenci¨®n a la funci¨®n p¨²blica desempe?ada. "Los supuestos [utilizados por el Tribunal Superior de Valencia] no guardan similitud alguna con el aqu¨ª examinado, en el que, como afirman las acusaciones recurrentes, los regalos de las prendas de vestir aparentemente se hicieron de forma repetida, con aparente opacidad y sin que en este momento conste otra justificaci¨®n que la atenci¨®n a la funci¨®n p¨²blica desempe?ada por sus perceptores".
- Un error de bulto. "La aislada referencia a la STS 923/2009, de 3 de febrero, que contiene el auto combatido debe entenderse como un simple error, pues ninguna resoluci¨®n de esta Sala cuenta con dicha referencia".
- El cohecho pasivo impropio y el poder de influir. "En el cohecho pasivo impropio la entrega del regalo se realiza para conseguir un acto, tanto si dicho acto lo ha de realizar el funcionario a quien se efect¨²a la entrega, como si ha de llevarlo a cabo otro funcionario", dice la resoluci¨®n. "Nuestra jurisprudencia, ha exigido como elemento del cohecho pasivo impropio una conexi¨®n causal entre la entrega de la d¨¢diva y la funci¨®n p¨²blica de la autoridad o funcionario, de forma que la ¨²nica explicaci¨®n plausible del regalo sea la condici¨®n de tal del sujeto. De esta forma deben descartarse desde luego aquellas consideraciones que no sean las propias de la funci¨®n en el sentido expresado arriba. Pero no debe excluirse del nexo causal la funci¨®n que se integra dentro del c¨ªrculo de influencia que puede desplegar potencialmente el titular de aqu¨¦lla por raz¨®n de la misma, es decir, la integraci¨®n en un ¨®rgano de gobierno donde existen competencias interrelacionadas o interdependientes que est¨¢n sujetas evidentemente al rango y posici¨®n en el propio ¨®rgano de las autoridades o funcionarios sujetos pasivos de la d¨¢diva".
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