?Una nueva contrarreforma penal?
El anuncio de una nueva reforma penal, hecho que sucede con frecuencia, suele constituir motivo de preocupaci¨®n para quienes promueven un abordaje racional de la prevenci¨®n de la delincuencia. Desgraciadamente, la pol¨ªtica criminal ha dejado de ser para nuestros gobernantes una pol¨ªtica p¨²blica m¨¢s, para convertirse en un instrumento privilegiado para agitar los sentimientos de inseguridad y venganza de la ciudadan¨ªa en beneficio de intereses electorales a corto plazo.
Las declaradas intenciones del Gobierno socialista de pactar con el Partido Popular la reforma penal de 2010 auguraba de nuevo, como sucedi¨® en las reformas de 2003, una modificaci¨®n legal en la que los dos partidos mayoritarios pugnar¨ªan por presentar ante el electorado propuestas arbitrariamente rigurosas e innecesarias. Pero la crispaci¨®n pol¨ªtica ha alterado en alguna medida el curso de los acontecimientos: el Partido Popular ha pedido demasiado.
La responsabilidad penal de las empresas es un paso significativo
Usamos de una manera desproporcionada la pena de prisi¨®n
La consecuencia ha sido que la necesidad de pacto con otras fuerzas pol¨ªticas ha dado lugar a una reforma penal con claroscuros, aunque predomine el dise?o inicial, construido para pactar con el PP.
En el haber de la reforma est¨¢ que nuestro legislador empieza a entender que el derecho penal moderno solo se legitima si trata igual cualesquiera conductas gravemente lesivas para nuestra convivencia, aun las realizadas por los sectores poderosos de nuestra sociedad. Esto es, si el derecho penal deja de ser el derecho destinado a aplicarse a los sectores sociales m¨¢s desfavorecidos.
La introducci¨®n de la responsabilidad penal de las personas jur¨ªdicas es, en este sentido, un paso significativo, aun cuando no existe consenso en la doctrina jur¨ªdica sobre los contornos de su regulaci¨®n.
Las modestas reformas realizadas en delitos socioecon¨®micos y contra la corrupci¨®n deben valorarse positivamente. Se ampl¨ªan las conductas punibles en algunos casos, como en delitos urban¨ªsticos o en cohecho, colmando lagunas de punici¨®n, y se crea el delito de corrupci¨®n entre particulares. Adem¨¢s, se incrementan las penas en todos ellos y en otros delitos de naturaleza semejante. En algunos casos, la pena de multa deja de ser una alternativa a la prisi¨®n, con lo que se evita que conductas graves de corrupci¨®n se salden con una mera multa.
El margen de discrecionalidad judicial abierto en los delitos relativos a drogas, o la moderaci¨®n punitiva en las conductas de los manteros, van en la direcci¨®n correcta.
Pero pronto nos quedamos a oscuras.
La reforma no modifica nuestro anticuado sistema de penas, que hace que usemos de una manera desproporcionada la pena de prisi¨®n. As¨ª, ha ignorado la necesidad de revocar las reformas de 2003 que introdujeron el llamado periodo de seguridad o reglas de concurso de delitos que prolongan la estancia en prisi¨®n de manera generalizada.
Al contrario, se han tomado decisiones en sentido contrario: el nuevo delito de pertenencia a un grupo, que no organizaci¨®n, criminal supone insertar en el discurso de la delincuencia organizada meros supuestos de acuerdo transitorio para delinquir, propios de toda codelincuencia. Esta sola norma tiene gran capacidad para desestabilizar, a¨²n m¨¢s, todo el sistema de ejecuci¨®n de penas. Qu¨¦ decir de la decisi¨®n de endurecer la reacci¨®n frente al delincuente patrimonial leve, ingres¨¢ndolo en prisi¨®n los fines de semana: en lugar de ensayar reacciones penales cercanas a pol¨ªticas sociales, intereses de imagen tur¨ªstica de ciertas ciudades hacen surgir la versi¨®n sociovergente del barrer las calles de quienes empa?an esa imagen.
El populismo punitivo surge con fuerza en la en¨¦sima reforma agravadora de los delitos sexuales, que se pretende justificar mendazmente en obligaciones internacionales. M¨¢s significativo es aun que la desmesurada regulaci¨®n resultante haya tenido muy escasas enmiendas en contra.
Lo mismo cabe decir de la medida de seguridad de libertad vigilada: frente a otras posibles y m¨¢s eficaces soluciones para el muy escaso n¨²mero de personas en las que persiste su peligrosidad tras la condena, se opta por una medida que se terminar¨¢ aplicando a muchos m¨¢s supuestos de los necesarios.
La compulsiva tendencia a endurecer los delitos de terrorismo no pod¨ªa faltar. Se tiene la impresi¨®n de que estos delitos responden a claves que no tienen que ver con principios penales sino con otros m¨¢s pragm¨¢ticos residenciados en el Ministerio del Interior.
En suma, no es una reforma para descalificar sumariamente, pero seguimos en las sombras, lejos de una pol¨ªtica criminal ilustrada.
Jos¨¦ Luis D¨ªez Ripoll¨¦s es catedr¨¢tico de Derecho Penal de la Universidad de M¨¢laga.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.