La crisis dispara el acoso laboral
Desde 2008 las consultas por 'mobbing' se incrementaron en un 30%
No est¨¢ recogido en el cat¨¢logo de enfermedades profesionales y carece de una definici¨®n que lo encuadre en la legislaci¨®n vigente. A pesar de que la Asociaci¨®n Gallega contra el Acoso Moral en el Trabajo (Agacamt), ha constatado un incremento del 30% en el n¨²mero de afectados por acoso laboral desde el inicio de la crisis en 2008, y de que las consultas por ese motivo al ¨¢rea de salud laboral de los sindicatos han aumentado de manera an¨¢loga, el mobbing o acoso laboral (no existe un t¨¦rmino consensuado para referirse al problema) sigue siendo el gran olvidado de la legislaci¨®n espa?ola.
El vac¨ªo comienza en las propias empresas, reticentes en un 81% de los casos a incluir los riesgos psicosociales en su evaluaci¨®n de riesgos, y se extiende entre mutuas y Administraci¨®n p¨²blica hasta llegar a los juzgados. Una vez all¨ª la falta de una definici¨®n jur¨ªdica del mobbing obliga a que la mayor¨ªa de los casos abandonen la v¨ªa laboral para cursar la de los derechos fundamentales, que prolonga los juicios sin atender a las especificidades de este tipo de acoso.
El 81% de las empresas no eval¨²a los riesgos psicosociales
Las v¨ªctimas carecen de una ley espec¨ªfica que les otorgue amparo
La denigraci¨®n y el maltrato psicol¨®gico, caracter¨ªsticas propias del mobbing, figuran como penalizables en el Estatuto de los Trabajadores, la Ley de Funci¨®n P¨²blica y la Ley de Prevenci¨®n de Riesgos Laborales. Ese es el marco legislativo al que se agarran la mayor¨ªa de las v¨ªctimas que se animan a denunciar, pero es sin embargo una red legal imperfecta que deja desprotegida a la v¨ªctima en m¨²ltiples puntos. Un ejemplo es el recocimiento del despido improcedente, que seg¨²n el Estatuto de los Trabajadores deja en manos del empresario escoger entre el pago de una indemnizaci¨®n o la reintegraci¨®n de la v¨ªctima a su puesto de trabajo. Alternativa, ¨¦sta ¨²ltima, que representa una agresi¨®n para el acosado.
Tampoco es completa la respuesta de Inspecci¨®n de Trabajo, que pese a disponer desde 2003 de un cat¨¢logo con las variedades de violencia psicol¨®gica, s¨®lo concede el grado de infracciones muy graves a las de car¨¢cter discriminatorio por raz¨®n de edad, sexo, raza o filiaci¨®n sindical. En el campo de la pol¨ªtica preventiva, sus l¨ªneas de actuaci¨®n se limitan a los controles rutinarios y la intervenci¨®n que sigue a la denuncia del acosado; todo ello a pesar de que son pocos quienes se arriesgan a hacerlo y, cuando esto ocurre, normalmente han pasado a?os desde el inicio del acoso. La realidad es que, pese al incremento denunciado por Agacamt, de las 216 actuaciones llevadas a cabo por la Inspecci¨®n en lo que llevamos de a?o s¨®lo tres fueron por causa de mobbing frente a 96 por discriminaci¨®n.
Solo ahora, tras dos d¨¦cadas de lucha, los grupos de apoyo a las v¨ªctimas han conseguido llevar al Congreso una modificaci¨®n del C¨®digo Penal que contempla penas de hasta 20 a?os para los acosadores. La redacci¨®n definitiva de un proyecto de ley que atienda a las peculiaridades de esta variedad de acoso sigue siendo un reto pendiente. Existe un borrador redactado por el magistrado Ram¨®n Gimeno, pero exige una modificaci¨®n del Estatuto de los Trabajadores que complica su aprobaci¨®n.
En el largo camino hacia el tratamiento efectivo del mobbing el primer paso es la elaboraci¨®n de estad¨ªsticas representativas. A d¨ªa de hoy el Consejo General del Poder Judicial introduce las denuncias de acoso laboral en las estad¨ªsticas generales. La fiscal¨ªa, por su parte, no dedica ning¨²n trato espec¨ªfico a los casos de vejaci¨®n ocurridos en el marco laboral, lo que imposibilita la elaboraci¨®n de estudios fiables. Es esa falta de reflejo institucional lo que lleva a los acosados a equiparar su caso al que viv¨ªan las v¨ªctimas de violencia machista hace unas d¨¦cadas.
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