La Xunta demoler¨¢ un tanatorio en Pontevedra por orden del Supremo
Pol¨ªtica Territorial dio licencia en 1993 para edificar sobre suelo r¨²stico junto al hospital - La demolici¨®n comenzar¨¢ el 12 de agosto y la empresa deber¨¢ abonar su coste
La Conseller¨ªa de Pol¨ªtica Territorial que autoriz¨® su construcci¨®n el 20 de diciembre de 1993 es la que ha dictado 17 a?os despu¨¦s la orden de demolici¨®n del tanatorio de Montecelo , lindante con el hospital p¨²blico pontevedr¨¦s, tras d¨¦cada y media de pleitos en los tribunales. La Axencia de Protecci¨®n de Legalidade Urban¨ªstica (APLU) dependiente de la cartera de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas que dirige Agust¨ªn Hern¨¢ndez tiene listo ya el proyecto de demolici¨®n del edificio para devolver la finca a su estado original, tal y como mandata una sentencia del Tribunal Supremo. Las m¨¢quinas tumbar¨¢n la construcci¨®n el pr¨®ximo 12 de agosto. El presupuesto para demoler el tanatorio declarado ilegal por varias sentencias del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, ratificadas posteriormente por el Supremo, es de 198.075 euros, IVA incluido, a los que habr¨¢ que sumar otros 3.000 euros para que los trabajos de derribo respeten al m¨¢ximo las medidas de seguridad y salud, dado que el edificio est¨¢ pegado al hospital de Montecelo.
El Supremo fall¨® que la Xunta autoriz¨® la obra en suelo no urbanizable
El coste de las obras lo asumir¨¢ en primera instancia la Xunta que ya las ha adjudicado provinsionalmente por un importe de 105.867,67 euros, m¨¢s IVA. La Conseller¨ªa pasar¨¢ despu¨¦s la factura a las empresas Pompas F¨²nebres SL, Central Funeraria SL, y Alianza y Barros SA, porque seg¨²n se deriva de la sentencia judicial deben ser estas firmas las que asuman el coste.
Con su decisi¨®n, la Axencia de Protecci¨®n da Legalidade Urban¨ªstica, cumple con la providencia dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que requiri¨® a la Conseller¨ªa de Medio Ambiente el pasado 4 de diciembre de 2009 para que ejecutase una sentencia previa del Supremo y decretase "el cierre de la actividad [del tanatorio], la demolici¨®n de la edificaci¨®n para restaurar la legalidad urban¨ªstica".
A la vista del requerimiento judicial, la APLU, dict¨® el pasado 3 de marzo de 2010 -cuando su anterior director, Hip¨®lito P¨¦rez, todav¨ªa no hab¨ªa sido cesado por el conselleiro, una orden para seguir el mandato de los tribunales. El servicio t¨¦cnico de la agencia concluy¨® la redacci¨®n del proyecto de demolici¨®n de las obras e instalaciones el pasado junio. Ahora s¨®lo falta que la empresa adjudicataria presente la documentaci¨®n correspondiente. Deber¨¢ hacerlo necesariamente antes del 7 de agosto. El 12 de este mismo mes las excavadoras empezar¨¢n a desmontar el tanatorio de Montecelo que seg¨²n ha decretado el Tribunal Supremo se construy¨® hace 17 a?os sobre un terreno no urbanizable seg¨²n el planeamiento urban¨ªstico del Ayuntamiento de Pontevedra.
La sentencia declaraba ilegal la licencia concedida por la Comisi¨®n Provincial de Urbanismo de Pontevedra, de la Conseller¨ªa de Pol¨ªtica Territorial que dirig¨ªa entonces (en 1993) Xos¨¦ Cui?a, para edificar el tanatorio sobre suelo r¨²stico y anula por tanto el permiso municipal. Tanto el Ayuntamiento de Pontevedra, como la Xunta y las adjudicatarias recurrieron sin ¨¦xito en varias ocasiones hasta el Tribunal Supremo. Perdieron la batalla legal y el tanatorio queda ahora a merced de la piqueta.
Las firmas podr¨¢n reclamar a la Xunta
La decisi¨®n de la Conseller¨ªa de Pol¨ªtica Territorial -que presid¨ªa en 1993 el fallecido Xos¨¦ Cui?a- de dar licencia a las promotoras del tanatorio de Montecelo para levantar el edificio sobre suelo r¨²stico puede salir cara a la Administraci¨®n 17 a?os despu¨¦s. La sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ratificada por el Supremo declara ilegal ese permiso otorgado entonces por el Gobierno gallego, lo que ahora se traducir¨¢ en el derribo del tanatorio. El fallo judicial estipula que el coste de la demolici¨®n -que en un primer momento asume la Xunta- debe ser repercutido posteriormente a las empresas promotoras. Sucede que, con ese fallo judicial en la mano -que declara nula la licencia de la Xunta- , es m¨¢s que previsible que Pompas F¨²nebres, Central Funeraria SL y Alianza y Barros SA inicien otra batalla legal para reclamar al Gobierno gallego que pague no s¨®lo el coste de las obras de derribo, sino tambi¨¦n los da?os y perjuicios que la sentencia ocasione a estas empresas, adem¨¢s del lucro cesante.
El hecho de contar con una licencia de la Xunta ampara legalmente al administrado para llevar a cabo las obras. Si finalmente un tribunal declara nulo el permiso otorgado por la Administraci¨®n, el particular puede presentarse como perjudicado y litigar para que se le indemnice por los perjuicios causados.
El caso tiene su origen en el recurso presentado por unos vecinos de la zona contra la resoluci¨®n de la Comisi¨®n Provincial de Urbanismo de la Xunta que autoriz¨® la obra sobre suelo r¨²stico. El Tribunal Superior de Xustiza dio la raz¨®n a este particular por primera vez en mayo de 1997. Antes, el mismo vecino hab¨ªa presentado reclamaci¨®n ante la Xunta sin obtener respuesta alguna.
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