Las sanciones por contaminaci¨®n lum¨ªnica en Andaluc¨ªa ser¨¢n de hasta 60.000 euros
Medio Ambiente restringe el uso de la publicidad y el alumbrado ornamental
La Consejer¨ªa de Medio Ambiente sancionar¨¢ con hasta 60.000 euros los excesos en la iluminaci¨®n. As¨ª se desprende del reglamento de protecci¨®n de la calidad del cielo nocturno que el Consejo de Gobierno de la Junta tiene previsto aprobar hoy. El objetivo es reducir el impacto de los alumbrados y el derroche energ¨¦tico en el que muchas veces se incurre.
El nuevo decreto establece restricciones, por ejemplo, para la iluminaci¨®n con fines publicitarios y ornamentales. Se fija un horario (desde la medianoche a las seis de la ma?ana, en invierno, y desde la una de la madrugada hasta las seis de la ma?ana, en verano) en el que se tendr¨¢ que reducir la emisi¨®n de luz.
El reglamento incluye tambi¨¦n un r¨¦gimen sancionador, que se encargar¨¢ de aplicar la consejer¨ªa. Seg¨²n se recoge en el art¨ªculo 37, las faltas graves acarrear¨¢n multas de entre 30.001 y 60.000 euros. Y las leves implicar¨¢n sanciones de hasta 30.000 euros.
Se considerar¨¢ falta grave "mantener encendidas se?ales y anuncios luminosos en horario nocturno" salvo que cumplan una "funci¨®n informativa de posici¨®n y existencia de lugares en los que se presten servicios, cuando estos se encuentren operativos". Las mismas sanciones est¨¢n previstas en el caso de que los carteles, vallas y anuncios publicitarios no dispongan de dispositivos "que emitan el flujo luminoso de arriba hacia abajo".
Falta grave ser¨¢ considerada tambi¨¦n "mantener encendido el alumbrado ornamental en la franja de horario nocturno". Sin embargo, Medio Ambiente permitir¨¢ a los ayuntamientos fijar excepciones en la iluminaci¨®n de monumentos y lugares de inter¨¦s hist¨®rico y cultural.
El decreto establece adem¨¢s una zonificaci¨®n lum¨ªnica, que implica la creaci¨®n de las denominadas "¨¢reas oscuras" o E1. Se trata de los lugares de inter¨¦s para la investigaci¨®n astron¨®mica y de las zonas con suelos clasificados como no urbanizables e incluidas en la red de espacios naturales de la comunidad. "Mantener encendido el alumbrado exterior" en estas ¨¢reas oscuras y en las zonas colindantes (E2) acarrear¨¢ tambi¨¦n sanciones de entre 30.001 y 60.000 euros cuando "no sea necesario por motivos de seguridad".
El nuevo decreto establece que ser¨¢n faltas leves (multas de hasta 30.000 euros), por ejemplo, la iluminaci¨®n de playas y costas, "a excepci¨®n de aquellas integradas f¨ªsica y funcionalmente en los n¨²cleos de poblaci¨®n", y la "instalaci¨®n o uso de r¨®tulos luminosos" en las ¨¢reas oscuras. Tambi¨¦n se aplicar¨¢n las mismas sanciones cuando no se utilicen dispositivos que proyecten la luz "por debajo del plano horizontal" o que provoquen intrusi¨®n lum¨ªnica en "fincas colindantes". Adem¨¢s, el art¨ªculo 13 del reglamento establece que las l¨¢mparas que se empleen para el alumbrado deber¨¢n ser "aquellas que proporcionen la mayor eficiencia energ¨¦tica".
El decreto que se aprobar¨¢ hoy surge del desarrollo de la Ley 7/2007 de Gesti¨®n Integrada de la Calidad Ambiental (GICA), en la que ya se apuntaban algunas de estas medidas y se anunciaba que se considerar¨ªa falta grave el "incumplimiento de las restricciones y limitaciones de uso en materia de contaminaci¨®n lum¨ªnica". Lo que hace ahora la Consejer¨ªa de Medio Ambiente es concretar las restricciones y sanciones.
En la GICA tambi¨¦n se apuntaban algunas medidas para luchar contra la contaminaci¨®n ac¨²stica, uno de los problemas medioambientales que m¨¢s preocupa a los ciudadanos. El departamento que dirige Jos¨¦ Juan D¨ªaz Trillo tiene previsto aprobar en breve otro reglamento sobre ruidos, que, entre otros asuntos, obligar¨¢ a todos los ayuntamientos a elaborar ordenanzas para controlar este otro tipo de contaminaci¨®n. En la Ley 7/2007 ya se apuntaba que las infracciones en materia ac¨²stica podr¨¢n ser sancionadas con multas de entre 601 y 300.000 euros dependiendo de su gravedad.
Restricciones
- Monumentos. La iluminaci¨®n ornamental deber¨¢ estar apagada entre la medianoche y las seis de la ma?ana en invierno y la una de la madrugada y las seis de la ma?ana, en verano. Medio Ambiente sancionar¨¢ con entre 30.001 y 60.000 euros el incumplimiento, pero los ayuntamientos podr¨¢n hacer excepciones con determinados monumentos.
- Anuncios. Las se?ales y anuncios luminosos que no cumplan una funci¨®n informativa de posici¨®n de la prestaci¨®n de un servicio deber¨¢n estar apagadas en el horario nocturno. Adem¨¢s, los carteles, vallas y anuncios deber¨¢n emplear luminarias que proyecten el flujo de arriba hacia abajo. El incumplimiento ser¨¢ multado con entre 30.001 y 60.000 euros.
- Espacios naturales. Las mismas sanciones se aplicar¨¢n cuando se mantenga encendido el alumbrado en las ¨¢reas oscuras: observatorios astron¨®micos y espacios naturales.
- Playas. Se proh¨ªbe la iluminaci¨®n de playas y costas siempre que no est¨¦n integradas en los n¨²cleos urbanos.
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