M¨¢s que palabras
La sentencia del Tribunal Constitucional (TC) acerca del recurso del PP sobre el Estatuto de Catalu?a ha reavivado el fuego -nunca extinguido- de la batalla conceptual que se libra entre quienes sostienen la plurinacionalidad de Espa?a y quienes entienden (por ense?ar las cartas: entendemos) que esa plurinacionalidad no tiene cabida en nuestro sistema pol¨ªtico institucional.
Sin duda, dentro de cada campo hay matices y modulaciones. No es lo mismo ser partidario de lege ferenda de esa plurinacionalidad y propugnar una reforma constitucional en esa direcci¨®n, que sostener que esa plurinacionalidad cabe en una lectura abierta del texto constitucional. No es tampoco lo mismo admitir una plurinacionalidad rom¨¢ntica compatible con una Naci¨®n espa?ola como ¨¢mbito exclusivo de soberan¨ªa que sostener que caben varias naciones pol¨ªtico-jur¨ªdicas que tendr¨ªan una suerte de soberan¨ªa compartida entre ellas.
?Seguimos siendo el Estado compuesto y plural o vamos hacia una Federaci¨®n de naciones?
El federalismo no encaja en el esquema de la Constituci¨®n actual
Lo que me interesa destacar, con previa renuncia a lo que ser¨ªa un imposible tratamiento exhaustivo de la cuesti¨®n con un m¨ªnimo de rigor en un espacio como ¨¦ste, es que estamos ante mucho m¨¢s que una batalla nominalista o sem¨¢ntica (en el sentido que aplicaba Karl Loewenstein a las Constituciones, no en el ling¨¹¨ªstico), estamos ante mucho m¨¢s que juegos de palabras. Nos jugamos la entra?a de nuestro sistema de convivencia. Vamos a ver por qu¨¦.
Mi colega Ignacio S¨¢nchez-Cuenca -en estas mismas p¨¢ginas (?Qui¨¦n teme a la naci¨®n?, 23 de julio)- podr¨ªa servir como claro exponente (l¨¦ase lo de claro en el doble sentido de la nitidez de su planteamiento y la contundencia del mismo) de las tesis favorables al encaje jur¨ªdico de la plurinacionalidad en el marco constitucional.
Se?ala que "mientras no se reconozca hasta sus ¨²ltimas consecuencias la pluralidad nacional de Espa?a y no se instituyan procedimientos razonables para canalizar las demandas nacionalistas, incluyendo la posible demanda de secesi¨®n, la cuesti¨®n territorial seguir¨¢ pendiendo sobre nosotros". Menos n¨ªtido es su pronunciamiento en torno al iter jur¨ªdico, aunque da a entender que el TC podr¨ªa "haber avanzado hacia una interpretaci¨®n de Espa?a como pa¨ªs plurinacional, en la l¨ªnea que marcaba el Estatuto en su pre¨¢mbulo".
En la misma l¨ªnea sustantiva, aunque con un enfoque m¨¢s literario y menos preciso, se encuentra la incursi¨®n conjunta en el debate de Felipe Gonz¨¢lez y Carme Chac¨®n en defensa de Espa?a como naci¨®n de naciones (Apuntes sobre Catalu?a y Espa?a, 26 de julio). A mi juicio, esta expresi¨®n o es un mero tropo ret¨®rico vac¨ªo (el llamado ponderativo hebraico), o, siquiere significar algo desde el plano jur¨ªdico-constitucional, solo puede referirse a un pacto federativo entre soberan¨ªas nacionales originarias (en la l¨ªnea te¨®rica del federalismo de Pi y Margall) que es por completo ajeno no solo a la arquitectura sino al esp¨ªritu del texto constitucional de 1978.
Hay otras contribuciones significativas al debate, como las de Miquel Roca, Carles Viver, Javier P¨¦rez-Royo o Jos¨¦ Mar¨ªa Ridao, entre otros muchos, pero creo que lo anterior sintetiza las razones de quienes critican la sentencia desde la perspectiva de su preferencia por una concepci¨®n plurinacional de Espa?a.
La sentencia interpreta, no lo olvidemos, un texto constitucional que, dentro de las muchas ambig¨¹edades que traen causa del compromiso ap¨®crifo (Miguel Herrero) alcanzado entre los constituyentes para tratar de forma oscura o, cuando menos, abierta aquellos aspectos en que hab¨ªa discrepancias invencibles entre ellos, ofrece claridad bastante sobre el n¨²cleo de la cuesti¨®n en el art¨ªculo 2, al menos en su primera parte, y, sobre todo, en relaci¨®n al art¨ªculo 1.2 de obligada interpretaci¨®n sistem¨¢tica con el 2.
De forma inequ¨ªvoca la Constituci¨®n Espa?ola sostiene que la soberan¨ªa reside en el pueblo espa?ol y fundamenta el propio texto en la indisoluble unidad de la Naci¨®n espa?ola, patria com¨²n e indivisible de todos los espa?oles.
Le podemos dar las vueltas que queramos, pero si la Naci¨®n espa?ola es una e indisoluble no caben en ella varias naciones ni cabe tampoco en la Constitici¨®n mecanismo alguno para su disoluci¨®n. Esa Naci¨®n espa?ola no es otra cosa que el Estado-naci¨®n que, por soberana decisi¨®n del pueblo, da vida a la Constituci¨®n Espa?ola.
Por ello, la sentencia es contundente -y, a mi juicio, acertada- cuando no solo niega eficacia jur¨ªdica interpretativa a las referencias del Pre¨¢mbulo a la naci¨®n y a la realidad nacional catalana, sino que adem¨¢s cierra el camino a cualquier interpretaci¨®n historicista o de otro g¨¦nero que hiciera derivar el r¨¦gimen auton¨®mico de cualquier fuente de legitimidad distinta de la propia Constituci¨®n Espa?ola. Esto es esencial. No hay ni naci¨®n, ni realidad nacional, ni derechos hist¨®ricos jur¨ªdicamente eficaces sino en la medida (inexistente respecto a la naci¨®n y limitada a la Disposici¨®n Adicional Primera de la Constituci¨®n respecto a los derechos hist¨®ricos) en que la propia Constituci¨®n lo establezca. Para todo lo dem¨¢s no hay mecanismo apto distinto del de la reforma de la Constituci¨®n.
La cuesti¨®n, yendo a esa hipot¨¦tica reforma, es ahora si tiene sentido y utilidad y en qu¨¦ perspectiva. La pregunta, sin artificios, ser¨ªa: ?no es hora de consagrar alguna desigualdad en el tratamiento de la identidad entre la de aquellos que se sienten Naci¨®n y la de aquellos que se conforman con la regionalidad? Bien se comprende que esa diferenciaci¨®n, si pudiera cerrar una herida social no dejar¨ªa de abrir otras, y por tanto habr¨ªa que preguntarse qu¨¦ beneficio justificar¨ªa semejante coste.
Desde luego, no estoy de acuerdo con S¨¢nchez-Cuenca, que se anima a considerar el derecho a la secesi¨®n entre lo abordable: para ese viaje s¨ª que no se necesitan alforjas. Digamos que el instinto tan¨¢tico casa mal con lo que las Constituciones se supone que persiguen: anclar la convivencia y no lo contrario.
Sin llegar tan lejos, la pregunta acerca de la utilidad de la consagraci¨®n v¨ªa la reforma constitucional de realidades nacionales distintas de la espa?ola plantea la cuesti¨®n de la viabilidad de un federalismo asim¨¦trico que muchos han propugnado como v¨ªa de salida a la supuesta asimetr¨ªa de la demanda identitaria.
Y mi reflexi¨®n es que tal cuesti¨®n no es planteable fuera de una revisi¨®n de la idea de soberan¨ªa originaria ¨²nica e indivisible que inspira la Constituci¨®n Espa?ola. Dicho de otro modo: el federalismo asim¨¦trico es federalismo sin adjetivos y el federalismo no encaja en el esquema ni de la Constituci¨®n actual ni de una revisi¨®n limitada de aquella. Habr¨ªa que ponerlo todo patas arriba.
Con un elevado coste a mi entender. El federalismo a la carta que se derivar¨ªa de esa reforma supone someter a una tensi¨®n insoportable las bases de la convivencia. ?Qui¨¦n se conformar¨ªa con la autonom¨ªa de men¨² del d¨ªa? ?Vale la pena reabrir un debate de esta naturaleza? ?Est¨¢ el pa¨ªs en condiciones de soportarlo? Mi respuesta es rotundamente negativa, pero es de eso de lo que estamos hablando y no de una palabra de m¨¢s o de menos en un Estatuto.
M¨¢xime cuando, a mi juicio, no est¨¢ en juego el nivel de autogobierno, el m¨¢s elevado que un sistema como el nuestro puede permitir, que la sentencia no toca sustancialmente. Hablamos de otra cosa: de si seguimos siendo el Estado compuesto, diverso y plural que tenemos o lo liquidamos (si se quiere una expresi¨®n menos dr¨¢stica, lo licuamos) en una Federaci¨®n de naciones. Por el momento.
Jos¨¦ Ignacio Wert es soci¨®logo y presidente de Inspire Consultores.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.