Justicia duda de la constitucionalidad de la Ley de Custodia Compartida
El anteproyecto asume competencias que no corresponden a la GeneralitatEl Consell podr¨ªa ampliarla a otros establecimientos
El anteproyecto de Ley de Regulaci¨®n de Relaciones Familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven, o Ley de Custodia Compartida, elaborada por la Consejer¨ªa de Gobernaci¨®n suma ya dos advertencias sobre su posible inconstitucionalidad. El Comit¨¦ Econ¨®mico y Social (CES) dictamin¨® ayer sobre este anteproyecto, remitido por el departamento que preside Seraf¨ªn Castellano, y en su dictamen, "quiere dejar constancia" de la "posible inconstitucionalidad" del texto, ya que abarca una competencia que no le es propia. Pese a que no corresponde al CES realizar una valoraci¨®n jur¨ªdica (atribuida al Consell Jur¨ªdic Consultiu), el comit¨¦ no ha podido evitar esta referencia ya que el anteproyecto ha sido remitido con un informe adjunto del Director General de Justicia, Antonio Gastaldi, que expresa su "duda" sobre la constitucionalidad de este anteproyecto.
La base de ambas advertencias se centra en la extralimitaci¨®n de la norma a las competencias de la Generalitat. El anteproyecto pretende acogerse a la potestad que recoge el Estatut para ampliar derechos con la base del derecho civil foral valenciano. Sin embargo, este derecho hist¨®rico no incluye cuestiones relativas a la custodia de hijos y, por lo tanto, no cobija la posibilidad de que la Generalitat pueda legislar sobre esta cuesti¨®n.
Las pretensiones legisladoras de Seraf¨ªn Castellano ya tienen, adem¨¢s, un precedente con el r¨¦gimen econ¨®mico matrimonial, que aprob¨® la norma general de separaci¨®n de bienes frente al r¨¦gimen de gananciales. Esta ley ya fue recurrida por el Gobierno ante el Tribunal Constitucional al entender que esta regulaci¨®n no ten¨ªa antecedentes en la legislaci¨®n auton¨®mica civil de la Comunidad Valenciana. Por ello, el presidente del CES, Rafael Cerd¨¢, alert¨® de que el anteproyecto de la Ley de Custodia Compartida puede suceder "lo mismo".El dictamen hace constantes referencias, en sus recomendaciones sobre el articulado, a que la norma que aprob¨® el pleno del Consell en julio contiene medidas y atribuciones que "ya est¨¢n regulados en el C¨®digo Civil" y "sugiere" la eliminaci¨®n de tres de sus seis art¨ªculos.
El CES tambi¨¦n ha analizado el anteproyecto de Ley de Comercio de la Generalitat, elaborado para la adaptaci¨®n de la legislaci¨®n a la normativa europea. Dicho anteproyecto no recoge ninguna limitaci¨®n a la libertad horaria m¨¢s all¨¢ de la existente, que restringe esta posibilidad a los establecimientos con una superficie inferior a 150 metros cuadrados.
El Consell ten¨ªa posibilidad de incluir alguna otra limitaci¨®n, como la actividad econ¨®mica, para zanjar la pol¨¦mica suscitada, sobre todo, en torno a los bazares. Sin embargo, no solo mantiene esta libertad horaria sino que abre la posibilidad de, en un reglamento posterior, determinar otros supuestos de libertad horaria m¨¢s all¨¢ de los previstos en la ley. De hecho, esta es una de las objeciones planteadas por el Comit¨¦ Econ¨®mico y social (CES), que ayer dictamin¨® el anteproyecto.
El CES considera que la posibilidad de ampliar la libertad horaria a otros establecimientos "no debe dejarse al albur reglamentario", tal como indic¨® ayer el presidente del Comit¨¦, Rafael Cerd¨¢. En su escrito de recomendaciones, el CES reprocha que la norma "en aras de la seguridad jur¨ªdica" deber¨ªa fijar todos los supuestos en la misma ley y no dejarlos abiertos al desarrollo de un posterior reglamento. El dictamen tambi¨¦n hace referencia a la libertad de horarios para los establecimientos comerciales integrados en instalaciones de prestaci¨®n de servicios tur¨ªsticos y sugiere que se defina con "mayor precisi¨®n" cu¨¢les pueden acogerse a la excepcionalidad. De lo contrario, el CES propone que se elimine de la ley la "posibilidad de fijaci¨®n de nuevos supuestos".
Las condiciones de apertura en domingos y d¨ªas festivos recogidas en la norma tambi¨¦n han merecido una recomendaci¨®n para que se var¨ªen ya que, seg¨²n explic¨® Cerd¨¢, el anteproyecto considera que cada municipio puede variar el calendario aprobado por la administraci¨®n auton¨®mica y que su determinaci¨®n debe ser vinculante. Por ello, el CES considera que el comerciante deber¨ªa poder optar entre los d¨ªas propuestos por el ayuntamiento del t¨¦rmino en el que est¨¢ ubicado y los aprobados por la Generalitat.
En sus observaciones de car¨¢cter general, el dictamen del CES, aprobado por unanimidad, recrimina a los redactores del anteproyecto de ley, remitido por la Consejer¨ªa de Industria y Comercio, una "excesiva planificaci¨®n administrativa de la actividad comercial" y un "marcado car¨¢cter reglamentista". El documento se?ala que ambos aspectos "no se ajustan" a la directiva europea que, por el contrario, impone "la obligaci¨®n de eliminar trabas jur¨ªdicas y barreras administrativas injustificadas a la libertad de establecimiento".
Entre otras cosas, el dictamen advierte sobre la "incongruencia" de crear un registro de actividades comerciales "que impone nuevas obligaciones documentales a los comerciantes adem¨¢s de las ya existentes", requisito que choca con la finalidad de eliminar obst¨¢culos administrativos al establecimiento y ejercicio de la actividad comercial.
Otro de los aspectos destacados por el presidente del ¨®rgano consultivo y recogido en el dictamen es la falta de regulaci¨®n de la venta directa de los productos de los agricultores y ganaderos, "que se deber¨ªa contemplar como ocurre en otras legislaciones de pa¨ªses europeos de nuestro entorno", indica el informe. Una mayor precisi¨®n en la tipificaci¨®n de las sanciones y la inclusi¨®n de mecanismos que simplifiquen la burocracia son otras las recomendaciones incluidas.
En cualquier caso, el presidente del CES destac¨®, tras la aprobaci¨®n del dictamen por unanimidad, el "consenso" alcanzado entre los diferentes grupos con inter¨¦s en la norma, ya que en podr¨ªan existir intereses contrapuestos al estar representados sindicatos, empresarios y consumidores.
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