?Se rompe o no la Caja ?nica?
Respuesta a las principales dudas que plantea la transferencia de empleo
La transferencia al Pa¨ªs Vasco de las pol¨ªticas activas de empleo ha condicionado una parte del debate pol¨ªtico. Las dudas surgidas sobre la posible afecci¨®n a la Caja ?nica de la Seguridad Social se han convertido en el principal dilema. EL PA?S ha planteado a un experto en esta materia diversas cuestiones relativas a esta importante competencia que deber¨¢ ser una realidad a partir del 1 de enero de 2011 en Euskadi.
- ?Qu¨¦ son las pol¨ªticas activas de empleo? Las que incentivan y promueven la creaci¨®n y b¨²squeda de empleo. Se diferencian de las pasivas en que ¨¦stas subvencionan a los desempleados.
Las pol¨ªticas activas consisten b¨¢sicamente en subvenciones, bonificaciones a las cuotas de la Seguridad Social por determinados contratos y gesti¨®n de ayudas a la formaci¨®n profesional ocupacional.
Las pol¨ªticas pasivas son las que se refieren a la gesti¨®n de las prestaciones por desempleo.
El anterior Gobierno vasco quer¨ªa la transferencia de pol¨ªticas activas y pasivas y el Gobierno central mantuvo su disposici¨®n a transferir las primeras (de hecho se han transferido ya a todas las autonom¨ªas menos Euskadi, Ceuta y Melilla) y su oposici¨®n a transferir las segundas porque supondr¨ªa una quiebra de la gesti¨®n exclusivamente estatal del sistema de Seguridad Social hasta ahora vigente (que no del principio de Caja ?nica, ya que este s¨®lo afecta a la recaudaci¨®n de cuotas y no a las prestaciones).
Hay que tener en cuenta tambi¨¦n que el Gobierno vasco ya gestiona pol¨ªticas activas, y tambi¨¦n lo hacen las Diputaciones y algunos Ayuntamientos. As¨ª ocurre tambi¨¦n en otras comunidades aut¨®nomas. De lo que ahora se trata es que el Estado deje de gestionar una parte de las pol¨ªticas activas para transferir su gesti¨®n a la Comunidad Aut¨®noma del Pa¨ªs Vasco, tal y como ya ha hecho con las dem¨¢s comunidades.
Y de otra cosa m¨¢s. Que se desprenda tambi¨¦n de la gesti¨®n de las bonificaciones de cuotas sociales a determinados contratos. Una pol¨ªtica activa de empleo que hasta ahora queda en manos del Estado y que podr¨ªa pasar a ser gestionada por las autonom¨ªas.
- ?Qu¨¦ se valora en la transferencia y c¨®mo se hace el c¨¢lculo? El valor de las pol¨ªticas activas se podr¨ªa calcular en base al gasto que el Estado realiza en subvenciones a la contrataci¨®n, bonificaciones de cuotas de la Seguridad Social por determinados contratos y formaci¨®n profesional ocupacional directamente financiada con cargo a cuotas sociales.
- ?Qu¨¦ es la Caja ?nica de la Seguridad Social? Es la unidad del r¨¦gimen econ¨®mico financiero del sistema de Seguridad Social. Afecta fundamentalmente a la recaudaci¨®n unificada y exclusiva de las cuotas sociales por el Estado y, seg¨²n el Tribunal Constitucional, emana directamente del Art. 149. 1.18? de la Constituci¨®n. Es dudoso que este principio afecte a las prestaciones, es decir, a las pensiones, pero desde hace ya alg¨²n tiempo los gobiernos centrales abogan por el mantenimiento de la unidad del sistema tanto en recaudaciones como en prestaciones y se se?ala que la caja ¨²nica afecta a ambos, es dudoso que el Tribunal Constitucional est¨¦ en la misma l¨ªnea.
- ?Por qu¨¦ hasta ahora se consideraban las bonificaciones como parte integrante de la Caja ?nica de la Seguridad Social, y ahora ya no? Las bonificaciones no son cuotas de la Seguridad Social sino subvenciones sobre la cotizaci¨®n de determinados contratos. No forman parte, por lo tanto, de la Caja ?nica. Si las bonificaciones solo las puede determinar la legislaci¨®n del Estado su transferencia es de hecho una ilusi¨®n contable ya que en ese caso el Estado paga las bonificaciones a las comunidades aut¨®nomas para que estas a su vez se las paguen a la Seguridad Social y retorne al Estado.
La transferencia de las bonificaciones solo tiene sentido si se asienta el principio de que alg¨²n d¨ªa cada comunidad aut¨®noma puede establecer sus propias bonificaciones para cada clase de contratos en su ¨¢mbito territorial, algo que es legalmente viable y posible pero que no parece contemplarse ahora. Ello obligar¨ªa a que el Estado y las comunidades aut¨®nomas formalizaran convenios bilaterales con esta finalidad, para que cada una de ellas transfiera a la Seguridad Social el dinero de las bonificaciones.
La bonificaci¨®n no deja de ser una subvenci¨®n a la contrataci¨®n que en vez de ser directamente entregada al empleador supone la reducci¨®n directa de sus contribuciones mensuales a la seguridad social. Opera, por tanto, de forma m¨¢s efectiva y eficaz que una subvenci¨®n a tanto alzado.
- ?Se rompe la Caja ?nica? B¨¢sicamente, la caja ¨²nica supone la unidad de patrimonio de la Seguridad Social que no puede romperse y cuya gesti¨®n solo corresponde al Estado. Si las bonificaciones se financiaran con cargo al patrimonio de la Seguridad Social su transferencia s¨ª ser¨ªa una ruptura de la caja ¨²nica y su transferencia podr¨ªa ser inconstitucional.
Pero como las bonificaciones no se financian con cargo al presupuesto d e la Seguridad Social sino con cargo al presupuesto del Estado (que es t¨¦cnicamente diferente del anterior), s¨ª podr¨ªa haber transferencia del Estado a las comunidades aut¨®nomas sin romper el principio de caja ¨²nica o de patrimonio ¨²nico de la Seguridad Social.
- ?De d¨®nde surgen las bonificaciones a las empresas? El Plan de Fomento del Empleo, previsto en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, es una de las medidas que se adoptan a trav¨¦s de un Real Decreto justo un a?o despu¨¦s.
Esta medida pretende el incremento del empleo para lo que se establecen nuevos incentivos para la contrataci¨®n, a su favor como empresario. Una de estas novedades en bonificaciones deriva de contratar de forma indefinida a personas desempleadas con responsabilidades familiares (uno o m¨¢s hijos). En estos caso, ser¨¢ bonificado con 1.500 euros anuales. Este incentivo no lo recibir¨¢ en met¨¢lico sino que se le reducir¨¢ del pago de las cuotas a la Seguridad Social.
Las bonificaciones de la Seguridad Social son de car¨¢cter permanente. El empresario siempre podr¨¢ acceder a ellas.
- ?A qu¨¦ empresas vascas favorece las bonificaciones? De acuerdo con la legislaci¨®n vigente a las empresas que contraten j¨®venes desempleados, mayores de 45 a?os y discapacitados, entre otras. Igual que en el resto de Espa?a
- ?Podr¨ªa poner un ejemplo para visualizar qu¨¦ es una bonificaci¨®n? Por ejemplo, la empresa tiene derecho a realizar una bonificaci¨®n del 50% de las cuotas sociales respecto a un trabajador discapacitado y cada mes, cuando presenta sus documentos de cotizaci¨®n TC ? se descuenta el 50 % de las cuotas por contingencias comunes que debe ingresar el trabajador, es decir, en vez de ingresar un 24% de su salario bruto como cuota social ingresa solo un 12%.
- ?Es de aplicaci¨®n en el resto de autonom¨ªas con la transferencia concedida? Claro que s¨ª. No hay nada que justifique un r¨¦gimen exclusivo para el Pa¨ªs Vasco como el que hay en materia fiscal.
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