El Pa¨ªs Vasco consagra el derecho a exigir una vivienda ante la justicia
Los ciudadanos de rentas bajas podr¨¢n reclamar piso o prestaci¨®n - Se fija un canon a las casas vac¨ªas - El beneficiario que eleve sus ingresos perder¨¢ la VPO
Por vez primera en Espa?a, un ciudadano podr¨¢ acudir a los tribunales si la administraci¨®n no le proporciona un piso en alquiler o una compensaci¨®n econ¨®mica. El derecho figura en el anteproyecto de la ley de vivienda de Euskadi, presentada ayer, que contempla un canon anual (de 700 euros para una vivienda de 70 metros cuadrados) a los due?os que se nieguen a alquilar pisos desocupados.
La ley requerir¨¢ m¨¢s de un a?o para su aprobaci¨®n y el debate entre las instituciones y partidos vascos. Pero tiene una ventaja: el texto se basa en las aportaciones de un centenar de entidades sociales y empresariales (desde constructores, promotores y consumidores hasta sindicatos y Municipios) que firmaron en junio, tras seis meses de debate, un Pacto Social por la Vivienda, lo que garantiza que gran parte de contenido no se modifique.
El anteproyecto protege a hogares con ingresos hasta 15.000 euros
La normativa se inscribe en la filosof¨ªa del Gobierno vasco de reducir la construcci¨®n de viviendas protegidas y potenciar el alquiler y la rehabilitaci¨®n por la escasez de suelo disponible y el mayor coste de construir nueva vivienda. En Euskadi hay 320.000 viviendas, entre un parque global de un mill¨®n, con m¨¢s de 50 a?os de antig¨¹edad.
Estas son las principales novedades de la ley:
- Derecho a la vivienda. Euskadi no es la primera comunidad aut¨®noma que reconoce el derecho a la vivienda, ya que existe en Andaluc¨ªa, pero la regulaci¨®n vasca va un poco m¨¢s lejos. Supone la obligatoriedad de que los vascos con rentas m¨¢s bajas accedan a un piso protegido en alquiler en su comarca (no vale proporcionar a una familia de Vitoria una vivienda en Bilbao). Si el Gobierno aut¨®nomo no puede ofrecerlo, aporta una prestaci¨®n econ¨®mica para que lo arriende en el mercado libre. Si incumple cualquier de estos supuestos, puede demandar a la Administraci¨®n ante los tribunales. En Andaluc¨ªa, la denuncia al juez solo es para reclamar al municipio que elabore un plan de viviendas. En Euskadi es un derecho individual a un piso. Para ello, debe estar empadronado en el Pa¨ªs Vasco, carecer de una vivienda digna y estar inscrito m¨¢s de cuatro a?os en el registro oficial Etxebide.
La ley establece su aplicaci¨®n inmediata, sin esperar al reglamento, con lo que un a?o despu¨¦s de la aprobaci¨®n beneficiar¨¢ a familias de tres o m¨¢s miembros con ingresos anuales inferiores a 15.000 euros. Aun no se ha fijado cu¨¢ntos ser¨¢n, pero se sabe que al menos entrar¨¢n las 16.000 personas que perciben la llamada prestaci¨®n complementaria de vivienda (de 250 y 320 euros mensuales), que obliga a un desembolso anual de 50 millones. La ley vasca prev¨¦ que, a partir del segundo a?o, se incluyan en este derecho a la vivienda las familias de dos miembros con ingresos inferiores a 12.000 euros y, desde el tercer ejercicio, las de un solo miembro con menos de 9.000 euros al a?o.
- Canon en los pisos vac¨ªos. La ley regula por primera vez las viviendas desocupadas, lo que han intentado otras comunidades. Establece la declaraci¨®n administrativa de vivienda deshabitada para las que est¨¦n desocupadas de forma continuada durante m¨¢s de dos a?os, salvo excepciones como segundas residencias o traslados de domicilio por razones laborales, de salud, dependencia o emergencia social. Los Ayuntamientos podr¨¢n exigir un canon anual de 10 euros por cada metro cuadrado ¨²til, cuyos ingresos se destinar¨¢n a patrimonio municipal de suelo, o imponer el alquiler forzoso al propietario, una figura que existe en Catalu?a.
- Expropiaci¨®n forzosa de VPO. Otra novedad es la expropiaci¨®n forzosa de viviendas de protecci¨®n oficial (VPO) si los inquilinos han mejorado sustancialmente sus ingresos, un supuesto que se da con cierta frecuencia. La ley deja sin vivienda, incluso con car¨¢cter retroactivo, a los titulares que por tres a?os consecutivos tengan ingresos que dupliquen los m¨¢ximos establecidos para acceder a una VPO, que en Euskadi rondan ahora los 40.000 euros anuales.
- Precios diferentes seg¨²n la renta. Las viviendas protegidas de una promoci¨®n no costar¨¢n lo mismo, con iguales caracter¨ªsticas, para los adjudicatarios actuales, que deben ganar entre 9.000 y 39.000 euros anuales. Habr¨¢ diferentes tramos (se barajan dos o tres) y un fondo de garant¨ªa y compensaci¨®n, que permitir¨¢ al promotor cobrar la cantidad fijada por piso, independientemente de que el inquilino abone m¨¢s o menos.
- Reformas con el 50% del aval de vecinos. El impulso de la rehabilitaci¨®n en Euskadi (con un parque de 700.000 viviendas de m¨¢s de 40 a?os de antig¨¹edad) se define con medidas como la obligaci¨®n de obras de mejora (y no solo el mantenimiento como ahora) y que solo se requiera la aprobaci¨®n del 50% de los propietarios, en vez del 60% actual.
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