El TSXG falla que el bipartito no vulner¨® la autonom¨ªa de Barreiros
La justicia ha dado un nuevo revolc¨®n al alcalde de Barreiros, Alfonso Fuente Parga, del PP, a quien el fiscal denunci¨® por prevaricaci¨®n en un juzgado de Lugo, por dar licencias para construir 5.000 viviendas en suelos sin servicios. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de dar la raz¨®n al bipartito y falla que el Gobierno de Touri?o no vulner¨® la autonom¨ªa local cuando suspendi¨® cautelarmente las vetustas normas subsidiarias que permitieron aflorar aquellos mamotretos.
El recurso del Ayuntamiento de Barreiros y algunas promotoras acusaba al bipartito de desviaci¨®n de poder, de vulnerar los principios de proporcionalidad y de autonom¨ªa local, entre otros vicios de nulidad. El tribunal los desecha todos.La demanda del Ayuntamiento de Barreiros y varias sociedades inmobiliarias contra la suspensi¨®n de licencias alegaba, entre otras razones, que el bipartito no someti¨® a exposici¨®n p¨²blica el planeamiento provisional que impuso en el municipio de A Mari?a, y cargaba adem¨¢s contra su "arbitrariedad, incongruencia e irracionalidad manifiestas". En los fundamentos de Derecho, la Sala del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia desmonta uno tras otro los argumentos del Gobierno local. La sentencia niega que hubiera desviaci¨®n de poder en la actuaci¨®n de aquella Xunta y aclara que, al ser la suspensi¨®n de la normativa urban¨ªstica una medida cautelar, "tiene que obedecer a razones de urgencia" y por tanto "la apertura de informaci¨®n p¨²blica no concuerda con su naturaleza".
Tomando como base jurisprudencia del Tribunal Supremo, los tres magistrados que firman la sentencia concluyen que la decisi¨®n de la Xunta no vulner¨® la autonom¨ªa local, puesto que el decreto hac¨ªa referencia "a la indebida consideraci¨®n por el Ayuntamiento como suelo urbano consolidado del que no lo es" y afecta a la conversi¨®n de una carretera nacional en una calle, lo que supera el ¨¢mbito de competencias municipales y "reviste un inter¨¦s evidentemente supralocal".
Servicios "insuficientes"
Para desmontar la tesis de que no hab¨ªa razones para suspender las normas subsidiarias en el municipio de A Mari?a, la sentencia concluye que "la acumulaci¨®n de nuevas edificaciones a lo largo de las inmediaciones de la carretera N-634 es algo que queda patente en la documentaci¨®n gr¨¢fica". El fallo cita el informe t¨¦cnico municipal, seg¨²n el cual en el momento de conceder las licencias, "los servicios de abastecimiento estaban en fase de desarrollo, se proyectaba una estaci¨®n aut¨®noma para la evacuaci¨®n de pluviales, se hablaba de secciones insuficientes o de inexistencia de una iluminaci¨®n p¨²blica correcta".
A?ade el tribunal que los informes de Augas de Galicia y de la empresa suministradora de energ¨ªa son claros y evidencian la "insuficiencia" de servicios denunciada por el bipartito. Dichos estudios sirven para rechazar la afirmaci¨®n de que era innecesaria la revisi¨®n del planeamiento para adaptarse a la ley viente, tal y como defend¨ªan en su recurso el Ayuntamiento y algunas de las inmobiliarias que construyeron los edificios ahora paralizados.
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