Queda la inspecci¨®n
Al hilo de la reciente sentencia publicada por este diario, donde se condenaba a una empresa a una multa de cerca de 90 millones de euros, me plantearon la cuesti¨®n de si en este ¨¢mbito es admisible un acuerdo que evita las penas de c¨¢rcel. No es una cuesti¨®n f¨¢cil, pero la realidad es cruda y cuando uno no puede imponer su voluntad, entonces negocia. La parte positiva de una sentencia de conformidad es un ingreso en caja de 264 millones de euros. En cualquier caso, un acuerdo de este tipo no debe ser escandaloso, ni suponer una amnist¨ªa fiscal de facto. Tambi¨¦n debe dejar al contribuyente incumplidor en una situaci¨®n claramente peor que la situaci¨®n de partida. La parte negativa es la duda sobre si el castigo es suficientemente disuasorio. En este caso, creo que los m¨ªnimos se han cumplido.
Algunas pr¨¢cticas descritas en la sentencia est¨¢n muy extendidas y suponen un grave quebranto para las arcas p¨²blicas. La m¨¢s grave es el sobreendeudamiento o subcapitalizaci¨®n para financiar adquisiciones de activos cuyos ingresos est¨¢n exentos del impuesto de sociedades. En cualquier operaci¨®n, si los ingresos obtenidos no suman (computan en jerga fiscal), y los gastos financieros s¨ª que restan (deducen), nos encontramos que los beneficios de cualquier gran empresa en Espa?a, por elevados que sean, pueden no pagar impuesto de sociedades en Espa?a. La tentaci¨®n para articular operaciones ficticias o simuladas es demasiado fuerte.
Ante una situaci¨®n as¨ª, la primera cuesti¨®n es saber por qu¨¦ en Espa?a, en estos casos, no se han limitado los gastos financieros deducibles, como han hecho, por ejemplo, en Francia, Reino Unido o Alemania. La segunda cuesti¨®n es conocer por qu¨¦ no se han endurecido los castigos para los supuestos m¨¢s graves de fraude. En tercer lugar, como hemos reclamado los inspectores, hay que tener en cuenta que si no se quiere que Hacienda tenga prisa por cobrar cientos de millones de euros, habr¨ªa que reformar las leyes para que el env¨ªo a delito fiscal no suponga un retraso en el cobro de las deudas fiscales de una d¨¦cada.
Es decir, como ciudadanos, no solo deber¨ªamos plantearnos si nos convencen o no los acuerdos de Hacienda, sino tambi¨¦n si le hemos dado instrumentos a Hacienda para que se pueda imponer o para que los acuerdos sean lo m¨¢s favorables posibles.
Con este panorama no es casualidad una ca¨ªda sin precedentes de la recaudaci¨®n del impuesto de sociedades y, a la vez, unos resultados r¨¦cord de la Inspecci¨®n, que son fruto de un magn¨ªfico trabajo inspector que ha conseguido que las multinacionales tambi¨¦n paguen impuestos en Espa?a y no solo en la metr¨®poli.
Francisco de la Torre D¨ªaz es secretario de la Organizaci¨®n de Inspectores de Hacienda.
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