Un juicio al Tribunal Supremo
Se aproxima el juicio oral contra el juez Garz¨®n y conviene recordar que el Gobierno espa?ol est¨¢ pendiente de responder al requerimiento de la justicia argentina acerca de "si efectivamente se est¨¢ investigando la existencia de un plan sistem¨¢tico generalizado y deliberado de aterrorizar a los espa?oles partidarios de la forma representativa de gobierno, a trav¨¦s de su eliminaci¨®n f¨ªsica, llevado a cabo en el periodo comprendido entre el 17 de julio de 1936 y el 15 de junio de 1977". Evidentemente, la respuesta es la persecuci¨®n penal del juez Garz¨®n por el Tribunal Supremo (TS) bajo el impulso de los herederos del franquismo, precisamente por haber practicado, como estaba legalmente obligado a hacer, unas diligencias preliminares para esclarecer aquel plan y algunas de sus consecuencias, como las desapariciones forzadas y el secuestro de ni?os.
Este organismo ya ha errado al impedir investigar los cr¨ªmenes de Franco y procesar en su lugar a Garz¨®n
El TS deniega justicia y quebranta el derecho internacional
El TS debe saber que cuando inicie el juicio al juez Garz¨®n, la conducta del propio TS tambi¨¦n ser¨¢ sometida a juicio por los ciudadanos y la sociedad democr¨¢tica. El pueblo le exigir¨¢ que obre con aut¨¦ntica independencia -al margen de cualquier forma de jerarquizaci¨®n y corporativismo-, con imparcialidad -ya puesta en duda por uno de los jueces de propio Tribunal-, con buena fe, con fiabilidad y con acierto; porque todo ello est¨¢ en duda desde que en abril de 2009 comenz¨® el proceso. Y de modo acorde con la Constituci¨®n y los valores democr¨¢ticos, lo que en este caso representa, frente a lo que no han hecho hasta ahora, la rigurosa aplicaci¨®n de los tratados internacionales respecto de los Cr¨ªmenes contra la Humanidad.
El TS debe saber que estar¨¢ bajo la mirada muda, doliente y desesperanzada de los familiares de las v¨ªctimas de la dictadura y de estas mismas. La mirada, entre otras, de los familiares de las 192.684 personas que, seg¨²n las autoridades franquistas, murieron, la mayor parte de ellas fusiladas, en las c¨¢rceles entre 1939 y 1944; de los 1.717 fusilados en el Camp de la Bota de Barcelona entre 1939 y 1952, o de los 6.748 condenados por el Tribunal de Orden P¨²blico. Familiares y v¨ªctimas que contemplan, incr¨¦dulas, la total impunidad del pasado totalitario de Espa?a mientras desde otro pa¨ªs nos piden cuentas.
Y todos los ciudadanos que van a observar y valorar al TS durante el juicio al juez Garz¨®n no olvidan que, objetivamente, el juez Varela y el TS han tomado posiciones, manifiestamente err¨®neas, para impedir la persecuci¨®n del genocidio franquista y justificar as¨ª la persecuci¨®n del juez Garz¨®n.
As¨ª lo acredita el reiterado rechazo a la perseguibilidad de dicho genocidio, consecuencia de la oposici¨®n por el TS a admitir los conceptos b¨¢sicos que sustentan el Derecho Penal Internacional y justifican la persecuci¨®n de dichos cr¨ªmenes. Conceptos yaexistentes en la Cl¨¢usula Martens de la Convenci¨®n de La Haya de 1907 y que, tras la derrota del nazismo, estuvieron presentes en el Estatuto del Tribunal de N¨²remberg, en el Convenio de Roma de 1950 y en los Pactos de Nueva York de 1966, que obligan a su persecuci¨®n si los hechos "en el momento de cometerse fueran delictivos seg¨²n los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional".
La dictadura franquista, intentando aproximarse a la comunidad internacional, asumi¨® algunos de estos Principios incumpli¨¦ndolos reiteradamente. El dictador, en 1952, ratific¨® los Convenios de Ginebra de 1948 sobre la protecci¨®n de prisioneros y civiles durante los conflictos armados, nacionales e internacionales, que prohib¨ªan "las condenas dictadas y las ejecuciones efectuadas sin previo juicio por un tribunal regularmente constituido y dotado de las garant¨ªas judiciales reconocidas como indispensables por los pueblos civilizados" (BOE de 26/8, 2/9 y 5/9 de 1952).
El juicio popular al TS tiene diversos fundamentos. Primero y principal, la decisi¨®n de admitir a tr¨¢mite la querella de la organizaci¨®n ultraderechista Manos Limpias, que atribu¨ªa al juez Garz¨®n la comisi¨®n de un delito de prevaricaci¨®n, resoluci¨®n que, seg¨²n un organismo del Memorial Democratic de Catalunya, expresaba que a¨²n perviv¨ªan en el TS "decisiones marcadas por un sesgo ideol¨®gico franquista" y "generaba una duda razonable sobre la imparcialidad del alto tribunal".
Y porque el TS ha quebrantado el derecho internacional que regula las obligaciones de los Estados ante las desapariciones forzadas, ha reforzado la impunidad de dichas conductas y ha incumplido el deber de todo tribunal de proteger a las v¨ªctimas y proporcionarles la satisfacci¨®n adecuada a la gravedad de los delitos que se cometieron contra ellas y sus familiares.
El proceso penal contra el juez Garz¨®n expresa, asimismo, la quiebra del principio de la independencia judicial y la crimi-nalizaci¨®n de la libre interpretaci¨®n de las leyes, adem¨¢s, de un preocupante posicionamiento del Poder Judicial dentro de la "l¨®gica de los Estados", "la l¨®gica hobbesiana del poder" frente a la "l¨®gica de las v¨ªctimas", abriendo una gran brecha en la confianza de los ciudadanos en los jueces que deber¨ªan tutelar y amparar sus derechos.
El transcurso del tiempo ha acrecentado la gravedad del problema que motiv¨® las denuncias a finales de 2006. A finales de 2008, las cifras de desaparecidos ya llegaban a los 152.237. Y, seg¨²n el informe m¨¢s reciente de la Oficina para la Atenci¨®n de las V¨ªctimas de la Guerra Civil y la Dictadura, del Ministerio de Justicia, actualmente existen 1.097 fosas pendientes de actuaci¨®n.
Ante esta terrible realidad, las "Asociaciones (denunciantes) para la Recuperaci¨®n de la Memoria Hist¨®rica no pretenden solo identificar a los abuelos asesinados por el franquismo y darles una sepultura digna. De paso, qui¨¦ranlo o no, est¨¢n haciendo un juicio pol¨ªtico al franquismo, a la transici¨®n y a la democracia que, sucesivamente, ocult¨®, se desinteres¨® o tard¨® en entender el alcance de la responsabilidad en una democracia" (Reyes Mate). Y es por ello que el proceso contra el juez Garz¨®n debe ser analizado como un juicio pol¨ªtico al TS, que emprendi¨® la persecuci¨®n del ¨²nico juez que se ha atrevido a calificar como criminales a quienes inspiraron y ejecutaron el golpe militar de 1936 y la subsiguiente pol¨ªtica de exterminio, as¨ª definida por ellos mismos.
En consecuencia, como dijeron tres magistrados de la Audiencia Nacional, "la investigaci¨®n a la que tienen derecho las v¨ªctimas seg¨²n el derecho internacional, ha sido clausurada".
Ello se ha traducido en una constante denegaci¨®n de justicia, y de vulneraci¨®n por el TS de los derechos constitucionales de las v¨ªctimas a la jurisdicci¨®n, a un proceso debido y a la tutela judicial. No ha habido v¨ªctimas m¨¢s maltratadas, m¨¢s olvidadas, m¨¢s "invisibilizadas".
As¨ª lo expresa el rechazo del TS a las pretensiones procesales de dichas asociaciones, rechazo que tiene su m¨¢xima expresi¨®n cuando les reprocha de forma ofensiva "un manifiesto abuso de derecho", exigi¨¦ndoles que se "abstengan de perturbar la jurisdicci¨®n del Tribunal Supremo". ?Qu¨¦ muestra de arrogancia, que contrasta con la magnanimidad y benevolencia que han mostrado hacia la representaci¨®n de la extrema derecha en dicho proceso!
Ante esta dram¨¢tica situaci¨®n, esperamos, pese a todo, que la sentencia respecto del juez Garz¨®n sea la constataci¨®n de que, como dijo el jurista Ferrajoli, es verdad que: "?Hay jueces en Berl¨ªn!", en el sentido de que "debe haber un juez independiente que intervenga para reparar las injusticias sufridas y para tutelar los derechos de un individuo", en este caso de dicho juez. Y que la sociedad pueda emitir al fin y al cabo un veredicto favorable al TS.
Carlos Jim¨¦nez Villarejo fue fiscal de Anticorrupci¨®n.
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