Leyes y perros
Siempre se ha dicho que la justicia, si es lenta, ya no es justicia. Nuestra Constituci¨®n quiso consagrar este inveterado sentir popular al afirmar que todos tienen derecho a un proceso p¨²blico sin dilaciones indebidas.
Por eso, la ley penal establece unos plazos para perseguir los delitos. Pasados esos plazos, desde que se cometi¨® el hecho, este ya no puede ser investigado, ni perseguido, ni castigado. Son los plazos de la prescripci¨®n, que son proporcionales a la gravedad de los correspondientes delitos.
Dentro de esos plazos, sin embargo, el inicio o la prosecuci¨®n de la investigaci¨®n, del proceso o del juicio puede llegar a ser asombrosamente lento. La complejidad del asunto, las insuficiencias de los medios de la Administraci¨®n de justicia, el desacierto de los profesionales, o su falta de diligencia, pueden hacer que un proceso sufra retrasos y, a veces, resulte casi eterno.
Aunque el delito sea perseguible, a medida que pasa el tiempo, la severidad de la justicia se va debilitando
Para los perjudicados por un delito la espera originada por esos retardos, esas dilaciones, resultar¨¢ no solo inexplicable, sino tambi¨¦n insoportable. Pero para nuestro Tribunal Supremo, "la necesidad de la pena queda debilitada por el transcurso del tiempo". O sea, que aunque el delito sea todav¨ªa perseguible, porque a¨²n no ha prescrito, a medida que pasa el tiempo, la severidad de la justicia se va debilitando, atenuando. Como si, antes de abandonar, por prescripci¨®n, la persecuci¨®n de un delincuente, el Estado ya diera s¨ªntomas de cansancio o desinter¨¦s. Para los procesados, sometidos a la espada de Damocles de una amenaza de condena, cuando esta se prolonga en demas¨ªa, tambi¨¦n puede resultar insoportable la ineficiencia de la justicia.
Por estas razones nuestros tribunales ven¨ªan aplicando una especie de atenuaci¨®n no escrita en el C¨®digo Penal, de disminuci¨®n de la pena por atrasos indebidos. Desde el pasado diciembre esa atenuante de la pena est¨¢ recogida en el C¨®digo. Ser¨¢ circunstancia que aten¨²a la responsabilidad penal la dilaci¨®n extraordinaria e indebida en la tramitaci¨®n del procedimiento. Pero si el propio inculpado provoc¨® la dilaci¨®n, no podr¨¢ beneficiarse de la atenuaci¨®n.
No obstante, seg¨²n nuestros tribunales, nunca es atribuible al propio inculpado ninguna dilaci¨®n derivada del ejercicio de su derecho de defensa por sus abogados. Si un h¨¢bil equipo de abogados formulara la petici¨®n de pruebas o contrapruebas complej¨ªsimas, costosas, distantes, podr¨ªa dilatar extraordinariamente el proceso, pero ello no impedir¨ªa la aplicaci¨®n de la atenuante referida. Cualquiera puede imaginar lo que esto significa cuando se trata de procesos muy complejos relacionados con delincuencia econ¨®mica, y con toda la denominada de cuello blanco.
Todo esto viene a cuento porque acaba de hacerse p¨²blica la sentencia del Tribunal Supremo, del pasado 24 de febrero, en la que se ha condenado al presidente del consejo de administraci¨®n de Banesto, a su director regional para Catalu?a y Baleares, y a un prestigioso abogado de Barcelona como responsables penales de un delito de acusaci¨®n y denuncia falsa, y se les ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas.
Se hab¨ªan querellado contra unos clientes, imput¨¢ndoles hechos falsos, como medida de presi¨®n para el cobro de una deuda que ten¨ªan con el banco. El proceso fue complicad¨ªsimo y estuvo lleno de incidencias, en una inacabable esgrima procesal. Dur¨® 15 a?os. Evidentemente, para cualquiera, eso es dilaci¨®n excesiva, pero no por ello, necesariamente, indebida, merecedora de atenuaci¨®n. A nadie se le ha atribuido una dilaci¨®n maliciosa, o simplemente injustificada. Nadie responde por la dilaci¨®n, ni por el fracaso pr¨¢ctico del sistema penal. Casi nadie entender¨¢ que una misma ley proclame la severidad del castigo penal y, a la vez, abra la puerta a h¨¢biles maniobras que conducen a la benignidad para los ilustres condenados.
Quien s¨ª lo entend¨ªa era un personaje de Aurora Roja, la novela de P¨ªo Baroja. Era El Madrile?o, que discut¨ªa con Prats, el catal¨¢n, ambos anarquistas. Cuando este distingu¨ªa entre leyes buenas y malas, El Madrile?o sentenci¨®: las leyes, como los perros, solo ladran a los que llevan blusa y mala ropa. Ha pasado un siglo desde entonces, han cambiado las ropas, pero los perros ladran igual.
Jos¨¦ Mar¨ªa Mena es exfiscal jefe de Catalu?a.
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