Amenazas en Baltar
En el caso de las presuntas amenazas realizadas por el alcalde de la localidad ourensana de Baltar, Jos¨¦ Antonio Feij¨®o, resulta imprescindible efectuar algunas aclaraciones, dado el empe?o del regidor y de su partido por intentar sembrar una burda confusi¨®n jur¨ªdica.
El aspecto principal de este caso es el relativo a las amenazas dirigidas a una farmac¨¦utica del pueblo, cuya ¨²nica conexi¨®n con el mundo pol¨ªtico es tener como empleada desde hace veinte a?os a una militante del PSdeG que se presenta como n¨²mero dos en las pr¨®ximas elecciones municipales. Seg¨²n se ha recogido estos ¨²ltimos d¨ªas en todos los medios de comunicaci¨®n, la farmac¨¦utica ha declarado que el alcalde la amenaz¨® con causarle un mal (a saber, que la denunciar¨ªa por incumplimiento del horario de farmacia, entre otras cosas) si no cumpl¨ªa una condici¨®n il¨ªcita (despedir injustificadamente a su auxiliar). Pues bien, si estos hechos fuesen ciertos, no hay duda alguna de que el alcalde habr¨ªa cometido un delito de amenazas del art¨ªculo 177 del C¨®digo penal.
El fiscal o el juez pueden actuar de oficio a la vista de las declaraciones de la farmac¨¦utica
Aunque el sujeto pasivo de este delito es exclusivamente la farmac¨¦utica, hay que tener en cuenta que se trata de un delito p¨²blico, por lo que su persecuci¨®n en la v¨ªa judicial no est¨¢ supeditada a la presentaci¨®n de una denuncia formal por parte de la persona agraviada ante el ¨®rgano competente. Por tanto, cualquier ciudadano (incluidos los dirigentes del PSdeG) puede presentar una denuncia, y tambi¨¦n el fiscal o el juez pueden actuar de oficio a la vista de las inequ¨ªvocas declaraciones de la farmac¨¦utica. As¨ª las cosas, si pretende convencernos de que tales hechos no son ciertos, lo ¨²nico que tiene que hacer el alcalde de Baltar (m¨¢s all¨¢ de anunciar una querella contra miembros del PSdeG de Ourense) es presentar una querella contra la farmac¨¦utica por un delito de calumnia, puesto que ¨¦sta le estar¨ªa imputando falsamente la comisi¨®n de un delito de amenazas.
En suma, jur¨ªdicamente el asunto est¨¢ muy claro: si la farmac¨¦utica dice la verdad, el alcalde comete un delito de amenazas, y si la farmac¨¦utica miente, es ella la que cometer¨ªa un delito de calumnia (o de acusaci¨®n falsa, en el caso de que la farmac¨¦utica llegase a presentar su denuncia ante un funcionario competente para perseguir el delito de amenazas). Tertium non datur. O una cosa o la otra. Todo lo dem¨¢s es intentar confundir a los ciudadanos, tom¨¢ndonos por tontos.
Cuesti¨®n distinta a la anterior es la referente a las presuntas amenazas dirigidas a la propia empleada de la farmacia para que renuncie a figurar como n¨²mero dos en las listas de su partido e incluso las dirigidas a la candidata del PSdeG a la alcald¨ªa de Baltar (consistentes en rayazos de veh¨ªculos, llamadas telef¨®nicas de madrugada o persecuciones organizadas) que han motivado una denuncia penal por parte de los dirigentes de este partido y que son las que, a la postre, han propiciado que el alcalde haya anunciado, a su vez, la citada querella por injurias y calumnias. Con todo, parece que esta anunciada querella no se basar¨ªa tanto en las imputaciones previas de amenazas cuanto en los gruesos calificativos (como son los de atribuir al alcalde y a su entorno "pr¨¢cticas neonazis y mafiosas") con los que los dirigentes del PSdeG aderezaron su comparecencia ante los medios de comunicaci¨®n.
Esta segunda vertiente del caso posee, pues, un diferente cariz, dado que no se trata ya de un contencioso entre un alcalde (profesi¨®n ya, en s¨ª misma, de dudosa reputaci¨®n) y una desventurada farmac¨¦utica (de probada honradez hasta la fecha), sino de una cruda guerra pol¨ªtica en un terreno impregnado por una muy singular subcultura (en el sentido t¨¦cnico-sociol¨®gico del t¨¦rmino, claro es), en la que rigen unos c¨®digos de comportamiento desconocidos para la gente de bien. Eso s¨ª, en este contexto, y con independencia de si las amenazas existieron realmente, deber¨ªan desaparecer del lenguaje pol¨ªtico graves insultos como "pr¨¢cticas neonazis", puesto que, si bien es indudable que los nazis recurrieron a las amenazas para combatir al rival pol¨ªtico, no se distinguieron precisamente solo por eso, sino por otro tipo de pr¨¢cticas abominables. Con todo, de criticar tales expresiones a considerar que su utilizaci¨®n entre contendientes pol¨ªticos en plena precampa?a electoral constituya un delito de injuria media un largo trecho, y m¨¢xime en Ourense, donde la propia Audiencia Provincial entendi¨® (en el caso Quintana vs. Baltar) que este delito no existe cuando se acusa falsamente a un oponente pol¨ªtico de maltratar a su pareja.
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