El Papa urge a los obispos a elaborar planes contra la "plaga" de abusos
Vuelta de tuerca del Vaticano para reparar su imagen tras los esc¨¢ndalos sexuales
El Vaticano public¨® ayer una circular, enviada el pasado d¨ªa 3 a todas las conferencias episcopales del mundo, en la que exhorta a los obispos y superiores de los institutos religiosos a coordinarse mejor para "ayudar y proteger a las v¨ªctimas y cooperar con las autoridades civiles" en los casos de abusos sexuales cometidos por "cl¨¦rigos, personal religioso y laicos" que trabajen en las estructuras cat¨®licas.
El documento, firmado por el prefecto de la Congregaci¨®n para la Doctrina de la Fe (CDF, el antiguo Santo Oficio), William Levada, y por el secretario, Luis F. Ladaria, establece las prioridades, derechos y garant¨ªas tanto de las v¨ªctimas de la "plaga" de la pederastia clerical, seg¨²n lo calific¨® el portavoz de la Santa Sede, Federico Lombardi, como de los cl¨¦rigos sospechosos o acusados de esos delitos.
La instrucci¨®n pide que se vigile a los seminaristas y se les forme en la castidad
El Vaticano pide a las ¨®rdenes y conferencias episcopales nacionales que elaboren, "antes de mayo de 2012", unas "gu¨ªas claras" para el tratamiento de los casos de pedofilia eclesial. Las indicaciones de una fecha precisa y de un t¨¦rmino relativamente breve para redactar esas gu¨ªas es "una se?al muy fuerte y elocuente", afirm¨® el jefe de la sala de prensa vaticana.
Los protocolos deber¨¢n tener en cuenta las leyes can¨®nicas actualizadas en 2010 y las legislaciones civiles, que castigan los actos de violencia sexual contra "los menores de 18 a?os", y ser¨¢n sometidos al examen de la CDF. Si adem¨¢s contienen "normas vinculantes", deber¨¢n ser enviados a "los dicasterios competentes de la curia romana", dice la circular.
Las L¨ªneas Gu¨ªa, afirma la carta de la CDF, "deber¨¢n indicar que la responsabilidad para tratar los casos de delitos de abuso sexual de menores por parte de cl¨¦rigos corresponde en primer lugar al obispo diocesano y a los superiores mayores". Y tendr¨¢n que ce?irse al siguiente procedimiento oficial: "Si la acusaci¨®n es veros¨ªmil, el obispo, el superior mayor o un delegado suyo deben iniciar una investigaci¨®n previa". En ese supuesto, "el caso debe ser enviado a la CDF. Una vez estudiado, la CDF indicar¨¢ al obispo o al superior mayor los ulteriores pasos a cumplir".
Siguiendo la l¨ªnea marcada por el Papa Benedicto XVI, la circular recuerda que los abusos "no son solo un delito can¨®nico, sino un crimen perseguido por las autoridades civiles", y afirma que, "aunque las relaciones con las autoridades civiles sean diferentes en cada pa¨ªs, es importante cooperar con estas en el ¨¢mbito de las respectivas competencias". Los obispos deber¨¢n, eso s¨ª, "cumplir los preceptos de las leyes civiles en cuanto a la denuncia de los cr¨ªmenes sin perjudicar el foro interno sacramental", es decir, guardando el secreto de confesi¨®n.
Citando tambi¨¦n el ejemplo dado por Joseph Ratzinger al reunirse con las v¨ªctimas durante sus viajes, los obispos deben dar "prioridad" a la atenci¨®n a los menores abusados, adem¨¢s de "ayuda y asistencia espiritual y psicol¨®gica a las v¨ªctimas y a sus familias". Con car¨¢cter general, los prelados deber¨¢n "tratar con respeto al denunciante y garantizar la intimidad y el buen nombre de las personas implicadas".
La carta recuerda que las penas can¨®nicas contra los que violen el sexto mandamiento van desde "restringir el ejercicio p¨²blico del ministerio de modo completo, o al menos excluyendo el contacto con menores" hasta "una pena eclesi¨¢stica, siendo la m¨¢s grave la dimisi¨®n del estado clerical".
Todo investigado tiene derecho a recibir "informaci¨®n sobre las acusaciones y la posibilidad de contestarlas", y "goza de la presunci¨®n de inocencia hasta prueba en contrario", dice la circular, aunque "el obispo puede limitar de forma cautelar el ejercicio del ministro, en espera de que las acusaciones sean aclaradas".
El cardenal Levada conmina a impedir "el regreso del cl¨¦rigo al ministerio p¨²blico en caso de peligro para los menores o de esc¨¢ndalo en la comunidad", y recuerda que cuando eso no suceda, el obispo "deber¨¢ hacer todo lo posible para rehabilitar la buena fama del cl¨¦rigo que haya sido acusado injustamente".
Lombardi dej¨® traslucir que esta nueva vuelta de tuerca responde al da?o causado por los esc¨¢ndalos sexuales a la imagen de la iglesia y del sistema educativo cat¨®lico. "La carta renovar¨¢ la plena credibilidad del testimonio y de la misi¨®n educativa de la iglesia, contribuyendo a crear en la sociedad ambientes educativos seguros", se?al¨®.
Para ello, es necesario prevenir los abusos y formar mejor a los futuros curas y religiosos: los obispados deber¨¢n intercambiarse "informaci¨®n sobre los candidatos al sacerdocio cuando estos sean transferidos" y formar "de manera permanente" a los seminaristas en "la castidad, el celibato y la responsabilidad de la paternidad espiritual".
El prelado debe comportarse "como hermano y padre", a?ade la circular. Y, en todo caso, ofrecer a los sacerdotes investigados "un mantenimiento justo y digno". "Pro bono Ecclesiae" [por el bien de la iglesia] , se podr¨¢ conceder la dispensa a los curas acusados y permitirles abandonar el celibato.
La carta resume adem¨¢s la legislaci¨®n can¨®nica vigente, puesta al d¨ªa en mayo de 2010 cuando el Vaticano revis¨® el motu proprio Sacramentorum sanctitatis tutela. Entonces, el ex Santo Oficio endureci¨® las penas contra los cl¨¦rigos pederastas y aument¨® el plazo de prescripci¨®n de los delitos de 10 a 20 a?os.
La gu¨ªa vaticana
- "La Iglesia, en la persona del obispo o de un delegado suyo, debe estar dispuesta a escuchar a las v¨ªctimas y a sus familiares".
- Promover "programas educativos de prevenci¨®n para propiciar ambientes seguros para los menores".
- "Los presb¨ªteros deben ser advertidos del da?o causado por un sacerdote a una v¨ªctima de abuso sexual, de su responsabilidad ante la normativa can¨®nica y la civil y de los posibles indicios para reconocer posibles abusos sexuales de menores".
- "El sacerdote acusado goza de la presunci¨®n de inocencia. No obstante, el 0bispo puede limitar de modo cautelar el ejercicio de su ministerio".
- "Siempre se siguen las prescripciones de las leyes civiles en lo referente a remitir los delitos a las leg¨ªtimas autoridades. Esta colaboraci¨®n se refiere tambi¨¦n a los casos en los que estuviera implicado el personal religioso o laico que coopera en las estructuras eclesi¨¢sticas".
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