El Tribunal Supremo confirma que la Comunidad cre¨® de forma legal laOtra
Multa de 5.000 euros a Telemadrid por emitir sin permiso su segundo canal
Dos sentencias de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo han confirmado la legalidad de la puesta en marcha en 2004 del segundo canal auton¨®mico de Telemadrid (laOtra) en formato anal¨®gico. El alto tribunal anula las resoluciones del Ministerio de Industria, entonces encabezado por el socialista Jos¨¦ Montilla, en las que se rechazaba la solicitud presentada el 5 de noviembre de 2004 por el ente p¨²blico madrile?o para disponer de una segunda frecuencia de televisi¨®n anal¨®gica en la Comunidad de Madrid.
El Supremo hab¨ªa constatado en una sentencia previa del 11 de julio que en noviembre de 2004 exist¨ªan frecuencias disponibles para asignar un nuevo canal de televisi¨®n anal¨®gica en el territorio regional. Seg¨²n la primera sentencia del Supremo, "hubiera sido posible la introducci¨®n de un nuevo canal de televisi¨®n anal¨®gica en noviembre de 2004, en el ¨¢mbito territorial de la Comunidad de Madrid, una vez realizado un trabajo de planificaci¨®n de la misma naturaleza que el efectuado por la Administraci¨®n central para la incorporaci¨®n de un nuevo canal anal¨®gico de televisi¨®n en el Plan T¨¦cnico Nacional de la Televisi¨®n Privada".
La sentencia declara "ilegal" el rechazo de Industria a la emisi¨®n auton¨®mica
Una segunda sentencia, referente a la cuant¨ªa de la multa impuesta a Telemadrid, asegura que, pese a ser "ilegal" la decisi¨®n del Ministerio de Industria de no permitir la emisi¨®n de laOtra, esta "no ten¨ªa que haber ocupado el espacio anal¨®gico". Por este motivo, el Supremo mantiene la multa para el ente, aunque la rebaja hasta un montante "testimonial": 5.000 euros. Una cantidad ostensiblemente inferior al mill¨®n de euros impuesto inicialmente por Industria.
La Administraci¨®n del Estado se neg¨® a tramitar la solicitud de Telemadrid, al considerar que emit¨ªa sin t¨ªtulo administrativo la programaci¨®n televisiva utilizando frecuencias anal¨®gicas no autorizadas. El ente auton¨®mico recurri¨® la decisi¨®n del Ministerio de Industria ante la Sala de lo Contencioso-administrativo, Secci¨®n Octava, de la Audiencia Nacional, que en su sentencia rebaj¨® la multa del mill¨®n de euros inicial hasta 500.000 euros, cifra que el Supremo deja ahora en 5.000. Esta decisi¨®n se produce despu¨¦s de considerar el alto tribunal nulas las resoluciones de la Administraci¨®n estatal, que rechaz¨® asignar a la Comunidad frecuencias para su segundo canal anal¨®gico.
Pero el Supremo censura tambi¨¦n la actitud del ente regional, al determinar que el hecho de que la solicitud instada por la Comunidad debiera haberse resuelto en sentido favorable no equivale a que esta pudiera sin m¨¢s -como en efecto sucedi¨®- utilizar de forma unilateral las frecuencias del espectro radioel¨¦ctrico que ella misma prefiriera: "Cuando es claro que la competencia para asignarlas correspond¨ªa a la Administraci¨®n del Estado, lo que no es objeto de discusi¨®n. La decisi¨®n de esta ¨²ltima fue ciertamente contraria a derecho, pero tambi¨¦n lo fue, desde el punto de vista formal, la de la Comunidad, que no siendo competente al efecto se atribuy¨® las frecuencias que consider¨® oportunas y procedi¨® a emitir los programas de televisi¨®n de su segundo canal en la modalidad anal¨®gica. Al hacerlo as¨ª, ciertamente, incurri¨® en la infracci¨®n por la que fue sancionada, esto es, la de emitir en frecuencias no autorizadas".
Para el Supremo, formalmente no se concedi¨® la autorizaci¨®n, y sea cual fuere la validez a posteriori de dicha negativa de la Administraci¨®n del Estado, lo cierto es que, dictada como fue por el ¨®rgano competente, deb¨ªa haber sido respetada por la Comunidad Aut¨®noma de Madrid.
Aun as¨ª, la sanci¨®n correspondiente debe, para el Supremo, reducirse de forma considerable "Lo cierto es que en el caso de la ilegalidad cometida por la sociedad gestora de la televisi¨®n auton¨®mica al emitir sin la autorizaci¨®n de frecuencias tiene su origen en una decisi¨®n de la Administraci¨®n del Estado de rechazo a la solicitud de asignaci¨®n de dichas frecuencias, que hemos considerado asimismo ilegal". La sala considera que la multa debe reducirse a la cifra, "m¨¢s bien simb¨®lica, de 5.000 euros que, por un lado, no ignora el reproche jur¨ªdico imputable a la entidad sancionada en cuanto que formalmente cometi¨® la infracci¨®n de emitir sus programas utilizando frecuencias pese a la negativa de la Administraci¨®n competente y, por otro lado, toma en cuenta que esta negativa no debi¨® producirse. La denegaci¨®n de las frecuencias por la Administraci¨®n del Estado fue ilegal, seg¨²n ya hemos concluido, pero ello no necesariamente supone que dicha Administraci¨®n central incurriera en desviaci¨®n de poder".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Tribunal Supremo
- La Otra
- IX Legislatura Espa?a
- MYTC
- Telemadrid
- Madrid
- Tribunales
- PSOE
- Legislaturas pol¨ªticas
- Ministerios
- Comunidad de Madrid
- Gobierno
- Poder judicial
- Televisi¨®n
- Espa?a
- Administraci¨®n Estado
- Partidos pol¨ªticos
- Pol¨ªtica
- Proceso judicial
- Administraci¨®n p¨²blica
- Medios comunicaci¨®n
- Justicia
- Comunicaci¨®n