?Diputaciones forales o florales?
Con gran acierto y agudeza, el jurista vizca¨ªno Vicario de la Pe?a remarcaba la diferencia sustancial existente entre las antiguas Diputaciones forales del Antiguo R¨¦gimen y las Diputaciones que las sustituyeron tras la abolici¨®n de los Fueros. Para el jurista, las nuevas Diputaciones son una organizaci¨®n espa?ola administrada al modo vasco gracias a los recursos del Concierto. Yo, con menos agudeza y acierto, dir¨ªa que estas Diputaciones no son "Diputaciones forales", sino "Diputaciones florales", algo que suena parecido, pero que es totalmente distinto.
Asistimos en estos momentos a una ¨®pera bufa donde algunas de estas "Diputaciones florales" se oponen a todos los cambios necesarios que propone el Gobierno vasco ampar¨¢ndose en los supuestos derechos hist¨®ricos que ten¨ªan aquellas Diputaciones forales del Antiguo R¨¦gimen. Se niegan a que los Ayuntamientos se sienten con voz y voto en el Consejo Vasco de Finanzas (CVF), ya que entienden que son ellas las que los deben tutelar financieramente. Se niegan a que el Parlamento vasco revise el ejercicio de las competencias de cada Administraci¨®n para evitar duplicidades e ineficiencias, porque dicen que sus derechos hist¨®ricos les otorgan competencias privativas que no pueden ser modificadas por el Parlamento. Se niegan incluso a poner en marcha medidas de coordinaci¨®n fiscal que puedan incrementar la eficacia de la lucha contra el fraude, porque dicen que su Hacienda es suya y nada m¨¢s que suya.
Puras falacias. Los derechos hist¨®ricos de las actuales Diputaciones solo pueden ser analizados con referencia a dos momentos hist¨®ricos: o se refieren a los derechos que ten¨ªan las Diputaciones forales en el Antiguo R¨¦gimen, o se refieren a los derechos que mantuvo ?lava hasta 1978 y Gipuzkoa y Bizkaia hasta 1937.
Si los actuales foralistas quieren inventarse un "foralismo" historicista, pretendiendo un escenario competencial similar al que pudiera existir hace dos siglos, deber¨ªan empezar por suprimir el actual sistema que rige en la Diputaci¨®n y sustituirlo por uno inspirado en el modelo de aquellas verdaderas Diputaciones forales: con los Ayuntamientos sentados en las Juntas y con la Diputaci¨®n obedeciendo a los mandatos de las Juntas. Por eso resulta incre¨ªble que las actuales Diputaciones florales nieguen en nombre de la historia la presencia de los Ayuntamientos en el Consejo Vasco de Finanzas y reclamen para la Diputaci¨®n el derecho de tutelar financiera y presupuestariamente a los Ayuntamientos. Es como si el mayordomo pretendiera negarle la comida a su patr¨®n.
Si, por el contrario, reconocemos que las competencias privativas de las actuales Diputaciones son las que ten¨ªa ?lava hasta 1978, tendremos que recordar que los tribunales ya han negado a las Diputaciones su derecho a tutelar financieramente a los Ayuntamientos vascos. El Tribunal Supremo, en su sentencia de 8 de abril de 2002, rebati¨® la falsa teor¨ªa foralista de que los Territorios Hist¨®ricos tienen la misma facultad normativa en materia econ¨®mico-financiera municipal que la que tienen en materia tributaria. Por ello, el Supremo anul¨® las Normas presupuestarias municipales aprobadas por las Juntas con esa intenci¨®n normativa y declar¨® que las competencias de los Territorios Hist¨®ricos en materia econ¨®mico-financiero municipal son de mera ejecuci¨®n.
Tampoco se entiende la oposici¨®n de algunas Diputaciones al intento de reordenar las competencias de nuestro entramado institucional. Debemos recordar que las ¨²nicas competencias que pueden reclamar como privativas las actuales Diputaciones florales son las cuatro competencias que ten¨ªa la Diputaci¨®n alavesa en 1978: Hacienda; Carreteras y Mi?ones; Montes, Agricultura y Ganader¨ªa, y financiaci¨®n de Ayuntamientos. Todas las dem¨¢s competencias actuales de las Diputaciones derivan de la LTH, en donde el Parlamento decidi¨® unilateralmente completar esas cuatro competencias privativas con otras m¨¢s, por lo que el Parlamento puede redise?ar el modelo a la vista de la actual situaci¨®n econ¨®mica actual. que exige evitar duplicidades y despilfarros.
?Y qu¨¦ decir del tema fiscal?. En el momento actual est¨¢ meridianamente claro que, o bien la Uni¨®n Europea coordina su pol¨ªtica fiscal, o simplemente salta por los aires el euro y, probablemente, todo el edificio de la Uni¨®n. En ese contexto, ?no resulta bufo ver a una Diputaci¨®n floral que se niega a admitir que su peque?a Hacienda oponi¨¦ndose a todo cambio e incluso a que deba ser coordinada con las otras Haciendas vascas?
Por eso la reuni¨®n del pr¨®ximo CVF va a ser ilustrativa del verdadero estado de la pol¨ªtica vasca, pues en el CVF se puede fijar el reparto de los impuestos entre Ayuntamientos y Diputaciones, las reformas fiscales y los planes de lucha contra el fraude. Si Bildu deja de apoyar al foralismo y permite con su voto o con su abstenci¨®n que el Gobierno vasco gane las votaciones, pues el Gobierno tiene tres de los seis votos posibles, estaremos ante un cambio del modelo realizado con las propias armas del foralismo, ya que ese acuerdo del CVF no puede ser enmendado por el Parlamento, quien se tiene que limitar a aprobarlo o rechazarlo. En caso contrario, si hay empate, la discusi¨®n pasa al pleno del Parlamento, donde se discuten y se votan las discrepancias, por lo que el posible pacto PN-PP impedir¨ªa los cambios.
En definitiva, Bildu tiene que elegir entre seguir sac¨¢ndole las casta?as del fuego al PNV o favorecer el inicio del proceso para modernizar nuestras Diputaciones para que sean un poco menos florales.
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