Ser o no ser honorable
Ser honorable, adem¨¢s de un calificativo que acompa?a al t¨ªtulo de presidente de algunas comunidades aut¨®nomas, tiene otro significado menos conocido en nuestro derecho, vinculado al requisito exigido para ejercer ciertas profesiones de evidente actualidad, singularmente las financieras.
Desde esta perspectiva, ser honorable significa acreditar una trayectoria profesional de respeto a las leyes y buenas pr¨¢cticas profesionales, por la que una persona ser¨¢ o no merecedora de la confianza que requieren cualificadas profesiones. Al igual que los bancos deniegan un pr¨¦stamo a quien entra?a un riesgo excesivo -haya sido o no condenado en v¨ªa penal o civil-, parece l¨®gico que solo los profesionales que son dignos de confianza puedan ejercer una actividad que, mal ejercida, es susceptible de llevarnos "al borde del abismo".
Hay profesiones para las que cabe exigir acreditar un historial de respeto a las leyes y buenas pr¨¢cticas
1. La exigencia de honorabilidad es algo m¨¢s que la mera ejecuci¨®n de las sanciones penales o administrativas. Para dar efecto a la pena o la sanci¨®n administrativa no hace falta exigir honorabilidad. ?Permitir¨ªamos a Madoff volver a ejercer como mediador financiero una vez saldadas sus deudas con la justicia? Si se exige honorabilidad o buena reputaci¨®n es porque el legislador ha querido ir m¨¢s all¨¢ del mero cumplimiento de la pena o sanci¨®n.
2. No se trata aqu¨ª de evaluar unos hechos desde la perspectiva penal, sino de analizar si esa "trayectoria personal" -terminolog¨ªa del legislador espa?ol- es digna de la confianza requerida. Una evaluaci¨®n que entra?a dificultades cuando hay poca definici¨®n normativa y un peso excesivo de la discreci¨®n administrativa. Ello exigir¨¢ una buena t¨¦cnica jur¨ªdica que aten¨²e este peligro, pero no que directamente renunciemos al instrumento preventivo de la exigencia de honorabilidad.
3. Por esa misma raz¨®n, los antecedentes penales cancelados o las penas indultadas, pueden ser considerados como demostrativos de la falta de honorabilidad. Otra interpretaci¨®n conduce a situaciones tan parad¨®jicas, como las de las sentencias 174 y 206/1996 del Tribunal Constitucional, por las que un abogado condenado por estafar a su cliente pudo, tras la cancelaci¨®n de antecedentes, acceder a la carrera judicial como "jurista de reconocida competencia". La cancelaci¨®n convertir¨ªa as¨ª en comportamiento irreprochable lo que, sin duda, no lo era.
4. El requisito de honorabilidad va m¨¢s all¨¢ de los hechos con relevancia penal. Por ejemplo, alcanza al comportamiento de los directivos que, sabedores de la dif¨ªcil situaci¨®n de sus entidades, siguen atribuy¨¦ndose retribuciones exorbitantes. Habr¨¢ que sancionarlos si procede. Pero, sobre todo, habr¨¢ que tener en cuenta esa actuaci¨®n contraria a las buenas pr¨¢cticas profesionales si en el futuro quieren volver a ejercer actividades financieras.
5. En otras latitudes mentir, faltar a la verdad u ocultar deliberadamente informaci¨®n a los poderes p¨²blicos suele ser prueba de falta de honorabilidad. Algo extra?o aqu¨ª. En Estados Unidos, el comportamiento del presidente Clinton en su entuerto con la becaria no le cost¨® la presidencia, pero luego hubo de pagar su falta, siendo suspendido en su colegio de abogados y pidiendo su baja para actuar ante el Tribunal Supremo, antes que asumir el riesgo de ser excluido de por vida. Estrategia que tambi¨¦n utiliz¨® el expresidente Nixon.
6. No es lo mismo conceder la autorizaci¨®n que revocar la autorizaci¨®n concedida, pues esta supone privar de un derecho que se est¨¢ disfrutando. En este caso, el principio de proporcionalidad permitir¨ªa valorar si la situaci¨®n de dem¨¦rito ha adquirido o no firmeza. ?Hay que esperar siempre a la firmeza de una resoluci¨®n judicial? No necesariamente, pueden preverse otras respuestas: suspensi¨®n de la autorizaci¨®n, en lugar de revocaci¨®n, o, trat¨¢ndose de entidades, separaci¨®n temporal de la persona.
7. La falta de honorabilidad no puede tener siempre efectos de por vida, pero sus efectos no pueden agotarse con los de la pena o sanci¨®n. Lo primero puede suponer un rigor excesivo y lo segundo har¨ªa innecesaria la exigencia de honorabilidad. Procede, por tanto, que el legislador delimite esos efectos temporales, atendiendo a la gravedad del dem¨¦rito.
8. Impedir a una persona ejercer una cualificada profesi¨®n porque no ha dado pruebas de honradez no es obst¨¢culo para que siga gan¨¢ndose la vida con su trabajo. El objetivo es otro: evitar que ejerzan profesiones de riesgo quienes por su comportamiento precedente no son dignos de confianza.
Al responder estas cuestiones, nuestra legislaci¨®n adolece de defectos. Algo que debe preocuparnos porque ese es terreno abonado para que quien cuenta con buenos abogados pueda eludir la aplicaci¨®n del requisito. Si se quiere tomar en serio lo de ser honorable para ejercer ciertas profesiones, el legislador debe ser riguroso, no limit¨¢ndose a cubrir el expediente al aplicar el derecho comunitario. Se requiere, adem¨¢s, un supervisor serio, transparente y vigilante, que aplique la norma con todo rigor.
No hay nada que produzca un efecto m¨¢s desmoralizador para la sociedad, y mine m¨¢s las cualidades c¨ªvicas de sus integrantes, que contemplar c¨®mo la norma se incumple o solo se aplica seg¨²n quien sea el afectado por ella.
Fernando Irurzun Montoro es doctor en Derecho.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.