Condenado por destruir restos romanos
Un agricultor de Guillena arras¨® en sus tierras un yacimiento con una excavadora
Un vecino de Guillena (Sevilla) ha sido multado con 540 euros por un delito contra el patrimonio hist¨®rico por imprudencia grave, al destruir unos restos romanos "de valor incalculable" en el paraje Piedra Horadada de la localidad, incluido en el Cat¨¢logo de Yacimientos Arqueol¨®gicos de Andaluc¨ªa. Adem¨¢s, el hombre tendr¨¢ que indemnizar a la Consejer¨ªa de Cultura con 10.000 euros.
La sentencia del juzgado penal 1 recoge que el acusado, J. C. G., era due?o de una finca r¨²stica destinada a explotaci¨®n agraria, dentro de la cual se encontraba un yacimiento de la ¨¦poca romana con "abundantes materiales cer¨¢micos y muros de mamposter¨ªa sobre cimientos de ladrillo". Adem¨¢s, hab¨ªa fragmentos de ladrillos, tegulae, desechos de horno, ladrillos de columnas, y cer¨¢mica sigilata hisp¨¢nica y sigilata clara, a?ade la sentencia.
El juez explica que el acusado llev¨® a cabo en 2007 unos movimientos de tierra con retroexcavadora que "arrasaron las estructuras y eliminaron sus materiales", por lo que no ha sido posible la reposici¨®n del yacimiento a su estado original y se ha causado "un da?o incalculable al patrimonio hist¨®rico". Junto a la multa, J. C. G. es condenado a indemnizar a la Consejer¨ªa de Cultura con 10.000 euros, en una sentencia alcanzada por conformidad del acusado despu¨¦s de la rebaja en la petici¨®n del fiscal al considerar que no se ha demostrado que el propietario "conociera la calificaci¨®n arqueol¨®gica de los restos de edificaci¨®n" que ten¨ªa su terreno.
Precisa el veredicto que el lugar hab¨ªa sido revisado y delimitado durante una prospecci¨®n arqueol¨®gica que realiz¨® en 2006 el Ayuntamiento de Guillena, que hab¨ªa catalogado la zona como "de protecci¨®n arqueol¨®gica". Por ello, estaba prohibido cualquier movimiento de tierras no directamente relacionado con el trabajo arqueol¨®gico y era precisa la licencia para cualquier alteraci¨®n.
Seg¨²n el juez, en octubre de 2007 el acusado, "sin pedir autorizaci¨®n ni licencia y sin recabar asesoramiento o informaci¨®n, a pesar de lo visible de los restos de la construcci¨®n" hizo movimientos de tierra con ayuda de una retroexcavadora que destruyeron totalmente las estructuras verticales en superficie. Con ello hizo desaparecer "completamente la construcci¨®n rectangular semiderruida", de 8,5 por 6,7 metros. En el lugar quedaron "¨²nicamente restos de muy peque?as dimensiones esparcidos por el suelo", hechos por los que el Ayuntamiento inco¨® en febrero de 2008 un expediente por infracci¨®n grave del Reglamento de Disciplina Urban¨ªstica y "muy grave" de la Ley de Ordenaci¨®n Urban¨ªstica de Andaluc¨ªa.
"No ha sido posible la reposici¨®n del yacimiento a su estado original, por estar arrasadas las estructuras y eliminados sus materiales", dice la sentencia, que condena a J. C. G. por un delito contra el patrimonio hist¨®rico por imprudencia grave. La condena consiste en seis meses de multa con cuota diaria de 3 euros, lo que equivale a 540 euros, y el pago de las costas judiciales.
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