La Audiencia Nacional reclamar¨¢ el 'caso Tabacalera' al Juzgado de Madrid
El presunto delito cometido por Alierta, su mujer y su sobrino pudo afectar a inversores en toda Espa?a
La Secci¨®n Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado hoy al juez de este tribunal Fernando Andreu que reclame el caso Tabacalera en el que se investiga al presidente de Telef¨®nica, C¨¦sar Alierta, al Juzgado de Madrid que actualmente lo investiga. En caso de conflicto de competencia, deber¨¢ decidir el Tribunal Supremo que instancia debe llevar la investigaci¨®n.
Considera dicha Sala que el presunto delito de utilizaci¨®n de informaci¨®n privilegiada pudo afectar a "una generalidad de personas en el territorio de m¨¢s de una Audiencia". As¨ª lo ha dispuesto en un auto en el que estima el recurso presentado por el sobrino de Alierta, Luis Javier Placer, contra la decisi¨®n de Andreu de no hacerse cargo de la causa abierta contra el presidente de Telef¨®nica en el juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 32 de Madrid.
La querella presentada por la Asociaci¨®n de Consumidores y Usuarios de Servicios Generales de Banca y Bolsa (AUGE) acusa a C¨¦sar Alierta, ex presidente de Tabacalera; su mujer, Ana Cristina Placer, y su sobrino Luis Javier Placer de aprovechar en 1997 la disponibilidad de informaci¨®n privilegiada para invertir 2,4 millones de euros en unas 50.000 acciones de la compa?¨ªa. La posterior venta del paquete accionarial, en un momento de fuerte revalorizaci¨®n del valor a ra¨ªz de dos anuncios empresariales, por lo que se considera que hubo maquinaci¨®n, pudo reportarles alrededor de 1,86 millones en plusval¨ªas.
Un mercado sensible
La Audiencia apunta que el ingreso o detracci¨®n de 2,4 millones en la Bolsa "no puede considerarse irrelevante para la especial sensibilidad de aquel mercado". Subraya que los t¨ªtulos adquiridos "en virtud de maquinaci¨®n (...) cerraron el acceso a la titularidad de las mismas de un muy considerable n¨²mero de inversores no prevenidos y, en principio, situados en todo el territorio nacional".
Adem¨¢s, sugiere que "el hecho de que la ganancia cuyo origen se considera delictivo por el querellante haya tenido como origen el valor de las acciones de Tabacalera obliga a no descartar a priori que la maquinaci¨®n imputada pueda haber tenido una sensible incidencia en la econom¨ªa nacional".
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