Los agricultores afectados por la ola fr¨ªo tendr¨¢n indemnizaciones y reducciones fiscales
El Gobierno aprueba un paquete de medidas urgentes
La vicepresidenta primera del Gobierno, Mar¨ªa Teresa Fern¨¢ndez de la Vega, ha anunciado hoy al t¨¦rmino del Consejo de Ministros que el Ejecutivo ha puesto en marcha medidas fiscales y sociales para compensar los da?os provocados por la ola de fr¨ªo en la agricultura.
El Gobierno ha aprobado un real decreto que contiene indemnizaciones, beneficios y reducciones fiscales, medidas laborales y de la seguridad social, y lineas de cr¨¦dito, concret¨®. "Las p¨¦rdidas en determinados cultivos son cuantiosas", ha argumentado.
La ministra de Agricultura, Elena Espinosa, ha explicado que las medidas se han tomado "con la mayor rapidez posible" y se han consensuado con las comunidades aut¨®nomas afectadas. El objetivo es que "se recupere con la m¨¢xima rapidez la actividad".
Las medidas no han satisfecho a las organizaciones agrarias. De hecho, la Coordinadora de Agricultores y Ganaderos las considera un "fraude", ya que no sirven para compensar los da?os sufridos en sus cosechas. Menos dura ha sido la Uni¨®n de Peque?os Agricultores, que ha defendido que las ayudas ofrecidas por el Gobierno son, en principio, "positivas", pero al tiempo "insuficientes", puesto que no van cubrir la cuant¨ªa total de la cat¨¢strofe.
Aprobaci¨®n del Parlamento
Las medidas, que deber¨¢n ser convalidadas por el Parlamento, consisten en la indemnizaci¨®n de da?os en producciones agr¨ªcolas a trav¨¦s de los seguros agrarios; beneficios y reducciones fiscales para las actividades agrarias; medidas laborales y de Seguridad Social, y l¨ªneas preferentes de cr¨¦dito por importe de 15 millones de euros.
Para beneficiarse de las medidas, los agricultores deben haber perdido al menos un 20% de la producci¨®n normal en zonas desfavorecidas y un 30% en las dem¨¢s zonas, de conformidad con los criterios establecidos al respecto por la Uni¨®n Europea.
Estas son algunas de las medidas aprobadas:
¡¤ Indemnizaciones y beneficios
Se indemnizar¨¢n los da?os por las heladas en las explotaciones agr¨ªcolas que, teniendo p¨®lizas en vigor amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados, hayan sufrido en sus producciones p¨¦rdidas no cubiertas por las l¨ªneas de seguros agrarios.
Otra medida es la exenci¨®n de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) del ejercicio 2005 para explotaciones en el ¨¢mbito geogr¨¢fico la aplicaci¨®n de la norma. Esta exenci¨®n comprende la de los recargos legalmente autorizados sobre ellos.
Los Ayuntamientos y Diputaciones provinciales ser¨¢n compensados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado por la disminuci¨®n de ingresos en tributos locales que les produzca la exenci¨®n anterior. Asimismo, Econom¨ªa y Hacienda podr¨¢ autorizar con car¨¢cter excepcional la reducci¨®n de los ¨ªndices de rendimiento neto a los que se refiere la Orden que desarrolla para 2005 el m¨¦todo de estimaci¨®n objetiva del IRPF y el r¨¦gimen especial simplificado del IVA.
¡¤ Medidas laborales
Los expedientes de regulaci¨®n de empleo que tengan su causa en los da?os producidos por las heladas tendr¨¢n la consideraci¨®n de provenientes de una situaci¨®n de fuerza mayor, con las consecuencias que se derivan del Estatuto de los Trabajadores.
La Tesorer¨ªa General de la Seguridad Social podr¨¢ exonerar al empresario del abono de las cuotas a la seguridad social mientras dure el periodo de suspensi¨®n, manteni¨¦ndose la condici¨®n de dicho periodo como efectivamente cotizado por el trabajador. En los casos en que se produzca extinci¨®n del contrato, las indemnizaciones de los trabajadores correr¨¢n a cargo del Fondo de Garant¨ªa Salarial, con los l¨ªmites legalmente establecidos.
Por otra parte, las empresas y los trabajadores por cuenta propia, incluidos en cualquier r¨¦gimen de la seguridad social, podr¨¢n solicitar y obtener, previa justificaci¨®n de los da?os sufridos, una moratoria de un a?o sin inter¨¦s en el pago de las cotizaciones a la seguridad social correspondiente a los meses de febrero, marzo y abril.
¡¤ Cr¨¦ditos ICO
El Instituto de Cr¨¦dito Oficial (ICO) instrumentar¨¢ una l¨ªnea de pr¨¦stamos por importe de 15 millones de euros que podr¨¢ ser ampliada por Econom¨ªa y Hacienda en funci¨®n de la evaluaci¨®n de los da?os y de la demanda, con la mediaci¨®n de las entidades financieras con implantaci¨®n en las autonom¨ªas afectadas, a trav¨¦s de convenios.
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