El Supremo desestima el recurso contra la anulaci¨®n del Impuesto de Sociedades vasco
S¨®lo queda por resolverse el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional interpuesto por las diputaciones vascas
El Tribunal Supremo ha desestimado la nulidad de las actuaciones planteadas en su recurso por las Diputaciones Forales de Vizcaya, Guip¨²zcoa y ?lava contra la sentencia del alto tribunal que anul¨® los principales art¨ªculos de la norma foral del Impuesto de Sociedades.
Seg¨²n informaron fuentes de la Diputaci¨®n Foral de Vizcaya, el Supremo ha comunicado esta ma?ana a los procuradores de las instituciones forales el auto por el que cual deniega el recurso presentado por las citadas instituciones. Tras tener conocimiento de ello, el diputado general de Vizcaya, Jos¨¦ Luis Bilbao, ha se?alado en un comunicado que "cuando la intencionalidad pol¨ªtica centra la actividad judicial no hay espacio para creer en los milagros".
Las fuentes de la Diputaci¨®n indicaron que con la ¨²ltima actuaci¨®n del alto tribunal, ¨²nicamente queda por resolverse el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que ha cursado "en paralelo" la Diputaci¨®n vizca¨ªna, para que se agote la v¨ªa jurisdiccional.
En su sentencia del 9 de diciembre de 2004, el Supremo declar¨® nulos diez art¨ªculos de las normas fiscales de 1996 del Pa¨ªs Vasco, que fueron recurridos por la Federaci¨®n de Empresarios de la Rioja (FER). El fallo ratific¨® la nulidad de las denominadas "vacaciones fiscales" y dej¨® en suspenso otros preceptos, como el que fijaba en el 32,5% el tipo del Impuesto de Sociedades en el Pa¨ªs Vasco, en lugar del 35% del resto del Estado. El alto tribunal argument¨® que las caracter¨ªsticas de la normativa vasca son ayudas de Estado que, como no han sido previamente comunicadas a la Comisi¨®n Europea, son contrarias al Tratado de la Uni¨®n y, por tanto, anuladas.
Rechazo vasco, bienvenida en La Rioja
La sentencia del Supremo suscit¨®, en su contra, la pr¨¢ctica unanimidad entre instituciones, fuerzas pol¨ªticas y empresariales del Pa¨ªs Vasco, mientras que fue acogida con satisfacci¨®n por el Gobierno de La Rioja. Desde las instituciones vascas, se considera que el fallo desvirt¨²a el Concierto Econ¨®mico y "lo deja sin contenido" en relaci¨®n al Impuesto sobre Sociedades.
Ante ello, se presentaron ante el Supremo un total de ocho incidentes de nulidad por parte de las tres Diputaciones Forales y las tres Juntas Generales de los territorios del Pa¨ªs Vasco, la patronal Confebask y la C¨¢mara de Comercio de Bilbao. El contenido jur¨ªdico de los recursos se bas¨® en la argumentaci¨®n que hace la sentencia del Supremo para declarar nulos los diversos art¨ªculos del Impuesto sobre Sociedades.
La posici¨®n de los recursos opin¨® que, seg¨²n la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, "el Tribunal Supremo se otorga unas competencias que no le corresponden, ya que se entiende que no es competente para calificar qu¨¦ es y qu¨¦ no es ayuda de Estado". La presentaci¨®n de los incidentes de nulidad es una medida previa a la presentaci¨®n de un recurso de amparo al Tribunal Constitucional.
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