El TDC no multar¨¢ a Repsol al entender que ya no fija los precios en sus gasolineras
Seg¨²n el Tribunal de Defensa de la Competencia, la compa?¨ªa ha cumplido la resoluci¨®n dictada en julio de 2001 por el propio organismo, que le exig¨ªa dejar de fijar los precios de los carburantes en sus gasolineras abanderadas
El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha decidido finalmente no multar a Repsol YPF, al entender que la compa?¨ªa ha cumplido la resoluci¨®n dictada en julio de 2001 por el propio organismo, que le exig¨ªa dejar de fijar los precios de los carburantes en sus gasolineras abanderadas. Competencia ha trasladado su decisi¨®n a la Audiencia Nacional.
El pasado 19 de abril, el TDC inst¨® a Repsol a dejar de fijar los precios de los carburantes y advirti¨® a la petrolera de que le impondr¨ªa una multa de 3.000 euros por cada d¨ªa de retraso en cumplir esa exigencia. El TDC reclamaba a la petrolera que demostrase que hab¨ªa cumplido la resoluci¨®n de 2001, que le impuso una multa de 3 millones de euros, abonada en febrero de 2002. Sin embargo, hasta ahora no constaba que Repsol hubiera cumplido las exigencias del tribunal.
La resoluci¨®n de 2001 sancion¨® a Repsol por fijar los precios de los carburantes a las gasolineras cuyos contratos, a¨²n siendo nominalmente de comisi¨®n o agencia, conten¨ªan un reparto de riesgos y responsabilidades m¨¢s propio de los contratos de venta en firme. Seg¨²n la Ley de Defensa de la Competencia, la petrolera no pod¨ªa fijar los precios en las estaciones de servicio con contratos de esas caracter¨ªsticas.
Modificaciones en los contratos
La decisi¨®n del TDC se basa en el informe que le remiti¨® el 26 de junio el Servicio de Defensa de la Competencia (SDC), seg¨²n el cual "Repsol ha cumplido la resoluci¨®n en sus propios t¨¦rminos" y "no procede la imposici¨®n de la multa coercitiva anunciada".
El TDC considera acreditado que Repsol ha introducido modificaciones en los contratos de larga duraci¨®n para adaptarse a sus exigencias. La petrolera ha sustituido las cl¨¢usulas que le facultaban para fijar los precios por otras que se limitan a establecer precios de referencia. Otra modificaci¨®n ha sido su conversi¨®n en contratos de comisi¨®n pura, un tipo de contrataci¨®n sobre la que el TDC no hab¨ªa planteado objeciones.
En cuanto a los contratos de duraci¨®n igual o inferior a cinco a?os, Repsol ha dado opci¨®n a las gasolineras para modificarlos, convirti¨¦ndolos en contratos de reventa, que no implican la fijaci¨®n de precios por parte de la petrolera. En los casos en los que las gasolineras no han aceptado esta modificaci¨®n, Repsol ha renunciado a su derecho a imponer los precios y ha modificado algunas condiciones contractuales para convertirlos en contratos de comisi¨®n pura.
Una larga batalla
La batalla de las gasolineras contra la fijaci¨®n de precios por parte de las grandes petroleras comenz¨® en abril de 1999, fecha en la que la Asociaci¨®n de Propietarios de Estaciones de Servicio de Andaluc¨ªa present¨® una denuncia contra Repsol YPF y Cepsa ante el SDC. En mayo de 2000, el SDC elev¨® un informe al TDC seg¨²n el cual las dos petroleras hab¨ªan infringido la Ley de Defensa de la Competencia al fijar el precio de venta de los combustibles a sus gasolineras abanderadas.
En mayo de 2001, el TDC mult¨® a Cepsa con 1,2 millones de euros y dos meses despu¨¦s hizo lo mismo con Repsol YPF. Las dos petroleras recurrieron ante la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo y pidieron la suspensi¨®n cautelar de la resoluci¨®n del TDC. Ambas instancias denegaron la petici¨®n, aunque a¨²n no se han pronunciado sobre el fondo del asunto.
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