La Audiencia rechaza el recurso de Repsol contra la multa del TDC por fijar precios
La petrolera ha asegurado que la sentencia no tendr¨¢ ning¨²n efecto "ni jur¨ªdico ni econ¨®mico" en la compa?¨ªa.
La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado por Repsol YPF contra la multa de 3 millones de euros que el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) le impuso en julio de 2001 por fijar los precios de los carburantes a sus gasolineras.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ratifica que las estaciones de servicio de Repsol no son meras comisionistas, ya que asumen riesgos, y por lo tanto no se les pueden imponer los precios.
La Audiencia Nacional entiende, tal y como sosten¨ªa la Confederaci¨®n Espa?ola de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES), que los contratos suscritos entre la petrolera y sus gasolineras a los que se refer¨ªa la resoluci¨®n del TDC no son de comisi¨®n o agencia.
El motivo, seg¨²n la sentencia, es que los propietarios de las estaciones de servicio asumen riesgos, tanto financieros como por la posible p¨¦rdida o deterioro de los productos.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo se?ala, por ejemplo, que los titulares de las gasolineras est¨¢n obligados a pagar la mercanc¨ªa entregada con independencia de que se venda o no.
De acuerdo con estas consideraciones, la sentencia concluye que los contratos no pueden acogerse a las exenciones que fija la normativa de la Uni¨®n Europea (UE).
Multa de 3 millones de euros
El 11 de julio de 2001, el TDC mult¨® a Repsol YPF con 500 millones de pesetas (3 millones de euros) por pr¨¢cticas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia, al fijar los precios de venta de los combustibles a las gasolineras que act¨²an en r¨¦gimen de comisi¨®n o agencia.
La resoluci¨®n fue recurrida por la petrolera por la v¨ªa contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional. Aunque la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de Repsol YPF, el TDC concluy¨® en julio de 2006 que la petrolera hab¨ªa cumplido "en sus t¨¦rminos" la resoluci¨®n de 2001.
El fallo del TDC fue recurrido por la CEEES ante la Audiencia Nacional y se est¨¢ a la espera de la sentencia.
Las gasolineras "se congratulan"
La Confederaci¨®n Espa?ola de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES) ha anunciado hoy que considera la sentencia de la Audiencia Nacional conocida hoy permitir¨¢ a la mayor¨ªa de las gasolineras de Repsol YPF comprar carburantes a otros operadores y fijar libremente sus precios.
La CEEES destac¨® hoy, en un comunicado, que la sentencia considera probado que los contratos de Repsol no son de comisi¨®n o agencia y que, por lo tanto, la petrolera no puede imponer los precios a sus gasolineras. La consecuencia pr¨¢ctica, seg¨²n la CEEES, es que la mayor¨ªa de los propietarios o arrendatarios de gasolineras podr¨¢ comprar los carburantes a Repsol o a cualquier otro operador y fijar sus propios precios.
Por ello, a?ade, los precios "no lo establecer¨¢n dos o tres compa?¨ªas petroleras, sino m¨¢s de 4.000 empresarios". La CEEES "se congratula" por sus asociados y por los consumidores y usuarios "que ver¨¢n c¨®mo la libre competencia redunda en beneficio de precios y servicios".
La CEEES espera para los pr¨®ximos d¨ªas nuevas resoluciones de la Audiencia Nacional referidas a esta cuesti¨®n.
Para Repsol, una decisi¨®n sin efectos
Repsol YPF, por su parte, ha asegurado tras conocer la decisi¨®n de la Audiencia Nacional, que ¨¦sta no tendr¨¢ ning¨²n efecto "ni jur¨ªdico ni econ¨®mico" en la compa?¨ªa.
Fuentes de Repsol explicaron que la multa se pag¨® en su d¨ªa y que los contratos a los que se refiere la sentencia ya no est¨¢n en vigor, puesto que se han modificado en l¨ªnea con las recomendaciones de la Uni¨®n Europea (UE).
Seg¨²n la petrolera, tras esa modificaci¨®n los propietarios de gasolineras pueden fijar libremente los precios en sus establecimientos.
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