M¨¢s de 361.000 j¨®venes podr¨¢n pedir la ayuda de 210 euros al alquiler desde el mi¨¦rcoles
El Gobierno prev¨¦ destinar 400 millones de euros a la Renta B¨¢sica de Emancipaci¨®n
A partir del pr¨®ximo mi¨¦rcoles, 2 de enero, los j¨®venes interesados que cumplan los requisitos podr¨¢n ya presentar la solicitud de la Renta B¨¢sica de Emancipaci¨®n, la ayuda de 210 euros al mes para el alquiler, en las oficinas de vivienda de las comunidades aut¨®nomas. El Gobierno destinar¨¢ a la iniciativa m¨¢s de 400 millones de euros.
El Departamento que dirige Carme Chac¨®n ha logrado recabar el apoyo de todas las comunidades auton¨®mas, y s¨®lo queda la ratificaci¨®n por parte de Pa¨ªs Vasco y Navarra, que se realizar¨¢ la pr¨®xima semana.
Seg¨²n las estimaciones del Gobierno, 361.000 j¨®venes -que representan 185.000 contratos de alquiler- podr¨¢n beneficiarse de esta ayuda en 2008.
Con esta previsi¨®n, el Gobierno ha incluido en los Presupuestos Generales del Estado de 2008 una partida de m¨¢s de 400 millones de euros, si bien tiene car¨¢cter de cr¨¦dito ampliable por si se supera esta cifra.
La Renta de Emancipaci¨®n, medida estrella de la ministra Chac¨®n para impulsar el mercado del alquiler, supone una ayuda de 210 euros al mes para el alquiler de j¨®venes, m¨¢s un pr¨¦stamo de 600 euros para la fianza y de 120 para el coste financiero del aval.
La duraci¨®n de la ayuda es de cuatro a?os, sean o no consecutivos, y s¨®lo habr¨¢ una prestaci¨®n por piso alquilado, es decir, que si tres personas comparten piso la ayuda se prorratea entre ellos.
La tramitaci¨®n de ¨¦sta puede prolongarse hasta dos meses, si bien los perceptores tienen derecho a recibir las ayudas desde el mes siguiente a la fecha en la que se formaliz¨® la solicitud.
Requisitos
Para poder recibir esta ayuda, hay que tener entre 22 y 30 a?os, ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda en la que residan con car¨¢cter habitual y permanente, y disponer de una fuente regular de ingresos que reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros.
Para que se reconozca una fuente regular de ingresos, el interesado debe acreditar una vida laboral de al menos seis meses de antig¨¹edad inmediatamente anteriores al momento de la solicitud, o una duraci¨®n prevista de la fuente de ingresos de al menos seis meses contados desde el d¨ªa de la petici¨®n.
En todo caso, el beneficiario no puede ser propietario de un piso, salvo que no disponga del uso y disfrute del mismo o su valor catastral no exceda del 60% del precio m¨¢ximo de una vivienda protegida de precio general.
Adem¨¢s, no se aceptar¨¢n contratos de alquiler entre familiares pr¨®ximos, es decir, primer o segundo grado de cosanguinidad.
Formulario
En el formulario de solicitud, los interesados deber¨¢n hacer constar su DNI, el n¨²mero de la Seguridad Social o equivalente.
Si ya han encontrado piso, tendr¨¢n que indicar la direcci¨®n, la referencia catastral y los datos del arrendador, as¨ª como el n¨²mero de cuenta desde la que paga el alquiler.
En el impreso para solicitar las ayudas hay adem¨¢s un apartado espec¨ªfico para aquellos j¨®venes que a¨²n no tienen un contrato de alquiler y desean emanciparse.
En ese caso, pueden solicitar las ayudas y, si cumplen todos los requisitos, se les reconoce provisionalmente el derecho a recibir la Renta. Desde ese momento, tienen tres meses de plazo para presentar un contrato de alquiler.
Gesti¨®n conjunta con las comunidades
Para la gesti¨®n de la ayuda, el Gobierno ha considerado fundamental la colaboraci¨®n de las comunidades aut¨®nomas, con las que ha firmado acuerdos bilaterales.
En ellos se establece que ser¨¢ la comunidad aut¨®noma quien tr¨¢mite las solicitudes y reconozca el derecho a recibir la prestaci¨®n.
El Ministerio, por su parte, ser¨¢ quien abone directamente las ayudas a los beneficiarios a trav¨¦s de una serie de entidades financieras colaboradoras.
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