La propuesta para que los aut¨®nomos cobren el paro fija un m¨ªnimo de 583 euros al mes
Corbacho prev¨¦ que el colectivo pueda empezar a recibir una prestaci¨®n por cese de actividad en 2011
El ministro de Trabajo e Inmigraci¨®n, Celestino Corbacho, ha confirmado hoy que la nueva ley para garantizar la prestaci¨®n por cese de actividad para los trabajadores aut¨®nomos podr¨ªa entrar en vigor en 2010, de forma que el colectivo podr¨ªa acceder a la prestaci¨®n en el 2011. Adem¨¢s, seg¨²n el informe elaborado por el grupo de expertos creado para este fin, la propuesta que maneja el Gobierno apunta al 70% de la base reguladora, con lo que se fija un m¨ªnimo de 583 euros al mes.
En una rueda de prensa tras recibir el texto, Corbacho ha explicado que el siguiente paso ahora es sentarse a negociar despu¨¦s de las fiestas con las organizaciones de aut¨®nomos y con los agentes sociales para alcanzar un acuerdo en el pr¨®ximo trimestre y llevar el anteproyecto de ley al Parlamento antes del verano.
As¨ª, "si todo esto fuese posible, la ley entrar¨ªa en vigor en 2010", ha calculado el ministro antes de explicar que, en cualquier caso, los aut¨®nomos tendr¨ªan que esperar al 2011 para cobrar la prestaci¨®n, ya que tienen que cotizar un m¨ªnimo de doce meses para acceder a la misma, tal y como contempla el informe.
El sistema de protecci¨®n que plantea el informe contempla prestaciones por cese total, temporal o definitivo de la actividad, medidas de promoci¨®n de la actividad emprendedora y el abono de la cotizaci¨®n a la Seguridad Social por contingencias comunes, al R¨¦gimen Especial de Trabajadores Aut¨®nomos (RETA).
Seg¨²n la propuesta, los aut¨®nomos tendr¨¢n derecho a estas prestaciones a partir del segundo mes despu¨¦s del cese de actividad, y su duraci¨®n depender¨¢ de los periodos de cotizaci¨®n. Concretamente, el m¨ªnimo contempla un periodo de cotizaci¨®n de entre 12 y 17 meses y una prestaci¨®n de 2 meses y el m¨¢ximo, un periodo de cotizaci¨®n de 36 meses o m¨¢s y seis meses de prestaci¨®n.
583 euros al mes
En cuanto a la cuant¨ªa del subsidio, el informe pone de manifiesto que se determinar¨¢ aplicando la base reguladora del 70%, de forma que, sobre la base m¨ªnima del R¨¦gimen Especial de Trabajadores Aut¨®nomos de 833,40 euros mensuales en 2009, la prestaci¨®n alcanzar¨ªa los 583,38 euros al mes durante todo el periodo de su disfrute.
Para financiar el sistema, se usar¨¢ un r¨¦gimen similar al de las prestaciones de trabajadores por cuenta ajena, seg¨²n el ministro, ya que se financiar¨¢ con cargo a las aportaciones de los aut¨®nomos. En concreto, la base de cotizaci¨®n por cese se corresponder¨¢ con la base de cotizaci¨®n del RETA elegido, y el tipo de cotizaci¨®n ser¨¢ del 3,15% de la base de cotizaci¨®n. As¨ª, sobre la base m¨ªnima de 833,40 euros mensuales, la cotizaci¨®n alcanzar¨ªa los 26,25 euros al mes.
Seg¨²n el informe, las funciones y servicios de la prestaci¨®n para aut¨®nomos ser¨¢n gestionadas por la entidad gestora o por las mutuas y supervisadas y controladas por la Seguridad Social, aunque Corbacho ha asegurado que este concepto hay que matizarlo y acordarlo en la ronda de contactos con las organizaciones de aut¨®nomos, los agentes sociales y comunidades.
?Qui¨¦nes tendr¨¢n derecho a la prestaci¨®n?
En cuanto a qu¨¦ aut¨®nomos podr¨¢n acceder a esta prestaci¨®n, el informe incluye en este punto a los trabajadores por cuenta propia afiliados al RETA y en situaci¨®n de alta que tengan cubierto un m¨ªnimo de doce meses ininterrumpidos de cotizaci¨®n antes del cese de actividad. Tambi¨¦n tendr¨¢n derecho a la misma aquellos que se encuentren en situaci¨®n legal de cese de actividad y que acrediten su disponibilidad para incorporarse al mercado laboral, as¨ª como los que no hayan cumplido la edad ordinaria para causar derecho a la pensi¨®n contributiva por jubilaci¨®n.
En cuanto a la definici¨®n del concepto cese de actividad, los aut¨®nomos podr¨¢n exponer motivos econ¨®micos, t¨¦cnicos productivos u organizativos que impidan continuar con la actividad, como la declaraci¨®n de concurso de acreedores, p¨¦rdidas derivadas de dos a?os de actividad consecutivos que superen el 30% de los ingresos o reclamaciones judiciales por deudas pendientes que superen el 50% de los ingresos.
Asimismo, los aut¨®nomos se encontrar¨¢n en situaci¨®n legal de cese de actividad siempre que aleguen causa mayor determinante del cese, p¨¦rdida de licencia administrativa o decisi¨®n propia de trabajadoras por cuenta propia que se vean obligadas a interrumpir su actividad por se v¨ªctimas de la violencia de g¨¦nero.
Aut¨®nomos dependientes
Finalmente, tambi¨¦n podr¨¢n acceder a esta prestaci¨®n aut¨®nomos dependientes -aquellos que reciben el 75% de su trabajo de una misma empresa- que cesen su actividad por voluntad propia debido a un incumplimiento del cliente, por voluntad del cliente por una causa econ¨®mica justificada, por voluntad del cliente por causa injustificada o por muerte, incapacidad o jubilaci¨®n del cliente.
Por otro lado, la propuesta elaborada por los expertos incluye el compromiso de los beneficiarios de desarrollar medidas que permitan reiniciar lo antes posible la anterior u otra actividad econ¨®mica, y recuerda la posibilidad de optar por anticipar la jubilaci¨®n percibiendo la prestaci¨®n de forma parcial y compatibiliz¨¢ndola con la actividad profesional por cuenta propia tambi¨¦n de forma parcial.
En este caso, el trabajador percibir¨¢ el 50% de la prestaci¨®n por cese y reducir¨¢ su actividad en un 50%, aunque es necesario que contrate a un trabajador por cuenta ajena que sustituya, al menos, la jornada que deja de realizar ¨¦l mismo. Tambi¨¦n podr¨¢n acceder a la prestaci¨®n los aut¨®nomos con discapacidad o que desarrollen actividades de naturaleza t¨®xica o peligrosa y que est¨¦n cerca de la edad de jubilaci¨®n.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.