El Gobierno proh¨ªbe el 'spam' telef¨®nico
La nueva carta de derechos de los usuarios obliga a los operadores a pagar por los cortes de servicio
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la Carta de Derechos del Usuario de Telecomunicaciones, que a?ade 20 nuevos derechos a los ya existentes. Entre sus novedades, destaca la obligaci¨®n de pagar indemnizaciones en caso de interrupci¨®n del servicio y fija la gratuidad de rescindir los contratos en caso de que el operador lleve a cabo modificaciones de forma unilateral en los mismos. Adem¨¢s, se ha modificado la ley de publicidad para, entre otros aspectos, proh¨ªbe el spam telef¨®nico, una demanda realizada en repetidas ocasiones por los consumidores y en la que el Ejecutivo lleva trabajando desde agosto.
Hasta ahora estas pr¨¢cticas no estaban reguladas de forma espec¨ªfica. Existe una ley (de 2002) que proh¨ªbe el correo electr¨®nico no deseado.
El proyecto de ley ha sido elaborado a propuesta de los Ministerios de Sanidad y Pol¨ªtica Social, Justicia, Econom¨ªa y Hacienda e Industria, Turismo y Comercio, seg¨²n la referencia del Consejo. Como principal objetivo la norma pretende aumentar el nivel de protecci¨®n de los consumidores y de las empresas y profesionales que compiten leg¨ªtimmente, as¨ª como contribuir al buen funcionamiento del mercado interior.
Indemnizaciones autom¨¢ticas
Seg¨²n ha explicado la vicepresidenta del Gobierno, Mar¨ªa Teresa Fern¨¢ndez de la Vega, la nueva normativa, que "pone a Espa?a la vanguardia de los pa¨ªses europeos en este ¨¢mbito", las indemnizaciones en telefon¨ªa fija y m¨®vil ser¨¢n autom¨¢ticas, sin necesidad de que el usuario la solicite, si la cuant¨ªa es superior a un euro. En el acceso a Internet, la compensaci¨®n ser¨¢ tambi¨¦n autom¨¢tica en caso de que las aver¨ªas sumen seis horas durante un per¨ªodo de facturaci¨®n, aunque en el horario de 8 a 22 horas.
En relaci¨®n con las modificaciones en los contratos, que a su vez ampl¨ªan la informaci¨®n que deben recoger, la Carta proh¨ªbe modificaciones unilaterales si no est¨¢n expresamente previstas por anticipado. En estos casos, el operador deber¨¢ avisar a sus abonados con un mes de antelaci¨®n y ¨¦ste tendr¨¢ derecho a resolver el contrato sin penalizaci¨®n en caso de desacuerdo. Con la misma antelaci¨®n de un mes, las modificaciones tambi¨¦n deber¨¢n ser comunicadas a la Administraci¨®n y a las asociaciones de consumidores.
La Carta introduce importantes garant¨ªas para reforzar la eficacia de los servicios de atenci¨®n al cliente de los operadores y el derecho de los usuarios a disponer de una constancia documental de los tr¨¢mites y reclamaciones. Asimismo, tambi¨¦n reduce el plazo m¨¢ximo para realizar la portabilidad de compa?¨ªa de los 15 d¨ªas actuales a uno y proh¨ªbe publicitar velocidades de servicio superiores a las que permite la tecnolog¨ªa. Vinculado a este extremo, el Ejecutivo ha aprobado sendos decretos ley que modifican la ley de competencia desleal y publicidad, una reforma que proh¨ªbe pr¨¢cticas como el spam telef¨®nico -llamadas no solicitadas con objeto publicitario-.
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