Bruselas tiene derecho a imponer rebajas en el 'roaming'
El abogado general de la UE defiende la medida frente al recurso de las operadoras
Miguel Poiares Maduro, abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, ha se?alado hoy que Bruselas puede imponer l¨ªmites a los precios aplicados a las llamadas de m¨®vil en itinerancia (o roaming), en contra de la impugnaci¨®n de los operadores de telefon¨ªa Vodafone, Telef¨®nica O2, T-Mobile y Orange.
El jurista comunitario Miguel Poiares Maduro se pronunci¨® as¨ª en respuesta a una cuesti¨®n del Alto Tribunal de Inglaterra y Gales, donde estos cuatro grandes operadores de telefon¨ªa m¨®vil europeos impugnaron el establecimiento de precios m¨¢ximos a las llamadas en itinerancia.
A juicio de las empresas, el legislador comunitario vulner¨® los principios de subsidiariedad y/o proporcionalidad al establecer en 2007 los precios m¨¢ximos a aplicar por las llamadas recibidas y efectuadas por un abonado fuera de su red de origen (roaming). El portavoz de la CE Martin Selmayr, en nombre de la principal impulsora de este Reglamento, la comisaria europea de Sociedad de la Informaci¨®n, Viviane Reding, se mostr¨® "encantado" por las conclusiones del abogado, aunque dijo que esperan "con respeto" la decisi¨®n final del Tribunal.
La opini¨®n del abogado general es una gu¨ªa jur¨ªdica no vinculante para los jueces del Tribunal de Justicia, aunque ¨¦stos suelen seguir esas pautas en aproximadamente un 80% de las sentencias. La Uni¨®n Europea aprob¨® en junio de 2007 una rebaja de precios de hasta el 70% en las llamadas de tel¨¦fono m¨®vil en itinerancia entre los pa¨ªses europeos. El reglamento oblig¨® a las compa?¨ªas a que el coste para un consumidor que llame por m¨®vil desde un pa¨ªs de la UE distinto al de origen no excediera 49 c¨¦ntimos por minuto en 2007, 46 c¨¦ntimos en 2008, y 43 c¨¦ntimos en 2009, sin IVA. Antes, los precios variaban ampliamente "de una forma que no pod¨ªa explicarse por los gastos subyacentes", dice el abogado, con los operadores obteniendo beneficios por encima del 200% por las llamadas efectuadas en itinerancia y del 300 o 400% por las recibidas (entre un euro y 1,25 euros por minuto).
"Habida cuenta de estas tarifas excesivas y de la necesidad de actuar a tiempo, la decisi¨®n de regular los precios al por menor era una opci¨®n razonable para la UE", confirma. tambi¨¦n a?ade que los Veintisiete estaban facultados para adoptar el Reglamento al amparo de la protecci¨®n del mercado interior, ya que imponer unos precios m¨¢ximos a los servicios de itinerancia "elimina obst¨¢culos para la actividad econ¨®mica transfronteriza". "La penalizaci¨®n de las actividades transfronterizas puede impedir el establecimiento de un mercado interior en el que se garantice la libre circulaci¨®n de mercanc¨ªas, servicios y capitales", seg¨²n Poiares Maduro.
Todos los intentos anteriores de la UE para reducir los precios de la itinerancia (incluidas investigaciones realizadas conforme al Derecho de la competencia, iniciativas en favor de la transparencia, acci¨®n reguladora y presi¨®n pol¨ªtica) hab¨ªan fracasado, recuerda el abogado.
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