El Gobierno endurece la reforma laboral al permitir despidos en empresas que prevean p¨¦rdidas transitorias
El Consejo de Ministros aprueba un reglamento que agilizar¨¢ los expedientes de regulaci¨®n de empleo. -El proyecto planteaba hasta ahora solo despidos en casos de p¨¦rdidas permanentes, no coyunturales
Adem¨¢s del decreto ley sobre negociaci¨®n colectiva, el Consejo de Ministros ha aprobado en su reuni¨®n de hoy, a propuesta del ministro de Trabajo e Inmigraci¨®n, Valeriano G¨®mez, el Real Decreto que regula el Reglamento de los Expedientes de Regulaci¨®n de Empleo (ERE), con el que se da cumplimiento a la reforma laboral. Seg¨²n ha explicado G¨®mez en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el empresario deber¨¢ justificar si la previsi¨®n de p¨¦rdidas con la que se plantee un expediente de regulaci¨®n de empleo (ERE) hace referencia a p¨¦rdidas permanentes o transitorias, pero el ministro ha dado a entender que en algunos casos de p¨¦rdidas transitorias tambi¨¦n ser¨¢ posible realizar despidos.
Eso supone un endurecimiento sobre el primer proyecto, que exig¨ªa que las p¨¦rdidas previstas fueran en todo caso permanentes y no coyunturales para justificar despidos, una redacci¨®n que se interpret¨® como un acercamiento a los sindicatos en plena negociaci¨®n de la reforma de pensiones. G¨®mez, en todo caso, ha se?alado que cuando no se trate de p¨¦rdidas permanentes, lo normal ser¨¢ recurrir a un expediente de reducci¨®n de jornada o suspensi¨®n y que el despido colectivo puede no ser la media "m¨¢s razonable". "Pero tambi¨¦n puede serlo", ha a?adido para subrayar la importancia de justificar el volumen y duraci¨®n de las p¨¦rdidas.
El reglamento tambi¨¦n agiliza la tramitaci¨®n administrativa para lograr una m¨¢s r¨¢pida aplicaci¨®n de los expedientes de regulaci¨®n de empleo. Este endurecimiento se produce a la vez que el Gobierno tambi¨¦n da una nueva vuelta de tuerca en su proyecto de reforma de la negociaci¨®n colectiva. Las dos grandes novedades son el acortamiento de los plazos en que se mantiene la vigencia del convenio caducado y la obligatoriedad de recurrir a una forma de mediaci¨®n, arbitraje o soluci¨®n extrajudicial.
Informe y criterios exigibles
Trabajo explica ahora que cuando la empresa alegue, conforme se?ala la reforma laboral, "las p¨¦rdidas previstas" para extinguir los contratos de trabajo, ser¨¢ exigible, adem¨¢s de la documentaci¨®n general, un informe sobre los datos en que se basa la previsi¨®n de p¨¦rdidas y los criterios utilizados para su cuantificaci¨®n. En l¨ªnea con lo se?alado por el Consejo de Estado, el empresario deber¨¢ acreditar "el volumen y el car¨¢cter permanente o transitorio de las p¨¦rdidas a efectos de justificar la razonabilidad de la decisi¨®n extintiva".
El ministerio sostiene que el contenido del nuevo reglamento "conjuga de manera equilibrada la flexibilidad y adaptabilidad requeridas por las empresas y la seguridad demandada por los trabajadores al canalizar la extinci¨®n de contratos de trabajo por razones econ¨®micas, t¨¦cnicas, organizativas o de producci¨®n hacia el procedimiento de regulaci¨®n de empleo".
El Reglamento precisa la documentaci¨®n que debe aportar la empresa para acreditar las causas de los ERE, sin entrar a regular la definici¨®n de las causas econ¨®micas, t¨¦cnicas, organizativas o de producci¨®n que justifican los despidos colectivos. Se detallan asimismo todas las cuentas de la empresa, auditadas cuando sea legalmente exigible, obligatorias de presentar cuando la causa alegada sea econ¨®mica.
ERE dentro de un grupo
Adem¨¢s, como novedad, se se?ala que cuando la empresa que presente el ERE forme parte de un grupo de empresas, deber¨¢n aportarse las cuentas del mismo.
El Gobierno explica que con este reglamento tambi¨¦n se refuerza la exigencia del plan de acompa?amiento social de los ERE que tienen obligaci¨®n de presentar las empresas de m¨¢s de 50 trabajadores y que debe ser objeto de negociaci¨®n con los representantes de los trabajadores y se ofrece una amplia descripci¨®n de sus contenidos posibles.
Se regulan con mayor precisi¨®n y detalle que el reglamento actual los expedientes de regulaci¨®n de empleo de suspensi¨®n de contratos de trabajo y de reducci¨®n de jornada (modelo alem¨¢n), como f¨®rmulas de flexibilidad interna en la empresa alternativas al despido.
Desde la aprobaci¨®n de la reforma laboral en junio de 2010 hasta marzo de 2011, se ha producido una reducci¨®n del n¨²mero de trabajadores afectados por ERE de extinci¨®n (un -5,85%) y un sustancial incremento de los trabajadores afectados por ERE de reducci¨®n de jornada (un 315%) con respecto al periodo junio 2009-marzo 2010, seg¨²n las cifras facilitadas hoy por Trabajo.
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