IRPF y vivienda: qu¨¦ hacer para desgravar
En unos meses, mayo de 2012, tocar¨¢ hacer cuentas con Hacienda. A¨²n queda este mes de diciembre para planificar, ante el IRPF 2011, la posible amortizaci¨®n de la hipoteca, la compraventa de inmuebles, la suscripci¨®n de cuentas de ahorro vivienda o el pago de obras de rehabilitaci¨®n.
Las reglas de juego en materia fiscal de vivienda han cambiado. Para llevar a cabo las operaciones que permitan el mayor ahorro de impuestos) es importante saber que :
- Quienes suscribieron una hipoteca antes del 20 de enero de 2006 tienen, por persona y a?o, la posibilidad de deducir el 20% sobre los primeros 4.507,59 euros y el 15% sobre otros 4.507,59 euros (hasta 9.015,18 euros). Llegando a los l¨ªmites m¨¢ximos se puede obtener un ahorro de impuestos de hasta 1.577 euros. Cualquier cuota mensual (por persona) inferior a 752 euros en 2011 abre la ventana a amortizaciones adicionales con ventajas fiscales.
- Aquellos que suscribieron una hipoteca entre el 20 de enero de 2006 y hasta el 31 de diciembre de 2010 tienen tambi¨¦n, por persona y a?o, la posibilidad de aplicar una deducci¨®n del 15% sobre 9.015,18 euros. En el l¨ªmite, el ahorro de impuestos puede sumar 1.352 euros. De nuevo, si se han abonado al mes, por persona, menos de 752 euros en 2011, por cada 100 euros amortizados de hipoteca que salden pagar¨¢n 15 euros menos de impuestos.
- Para quienes firmaron sus hipotecas a partir del 1 de enero de este a?o la situaci¨®n es algo m¨¢s complicada. Si la suma de sus ingresos en 2011 va a superar los 24.107,20 euros no podr¨¢n deducirse nada en el IRPF por el pago de su hipoteca. Amortizar anticipadamente no conlleva ninguna ventaja fiscal.
- Quienes firmaron sus hipotecas a partir del 1 de enero de este a?o y la suma de ingresos en 2011 va a ser inferior, por persona y a?o, a 17.707,20 euros anuales podr¨¢n aplicarse una deducci¨®n del 15% (7,5% tramo estatal y 7,5% tramo auton¨®mico, que puede ser incluso superior) sobre un m¨¢ximo de 9.040 euros. Llegando a los l¨ªmites m¨¢ximos se puede llegar a obtener un ahorro de impuestos de hasta 1.356 euros. De nuevo, cualquier cuota mensual (por persona) inferior a 752 euros en 2011 abre la posibilidad de obtener ventajas fiscales por amortizaciones adicionales (15 euros por cada 100).
- Los que firmaron sus hipotecas a partir del 1 de enero de este a?o y la suma de ingresos en 2011 va a situarse entre 17.707,20 euros y 24.107,20 deber¨¢n aplicar para obtener el importe de esa deducci¨®n del 15% general una f¨®rmula (ver cuadro adjunto) cuyo resultado ser¨¢ m¨¢s beneficioso para el bolsillo cuanto m¨¢s elevada sea la cantidad abonada en la hipoteca (hasta 9.040 euros). Se puede, por tanto, v¨ªa amortizaci¨®n adicional, conseguir alg¨²n ahorro fiscal.
- Las normas fiscales anteriores (en funci¨®n del a?o de realizaci¨®n y de los ingresos de los particulares) se pueden aplicar siempre que se cumplan los requisitos formales (cierre de superficies, consolidaci¨®n de estructuras, costes que superen el 25% del precio de compra...), a los gastos abonados en concepto de ampliaci¨®n o rehabilitaci¨®n de la vivienda habitual.
- La deducci¨®n por obras de mejora en la vivienda, que ya se pudo utilizar en la declaraci¨®n de renta de 2010, se ampli¨® el pasado mayo. Resumiendo (ver cuadro adjunto): las obras de mejora que cumplan todos los requisitos exigidos dan derecho a una deducci¨®n del 20% por las cantidades satisfechas cuando los ingresos no superen los 71.007,20 euros. El l¨ªmite m¨¢ximo plurianual por vivienda es de 20.000 euros y, cada a?o, como m¨¢ximo para el c¨¢lculo de la deducci¨®n se puede llegar hasta los 6.750 euros. Y a acumular un ahorro en impuestos de hasta 1.350 euros.
A efectos pr¨¢cticos, si el particular va a realizar obras de mejora en su vivienda que dan derecho a esta deducci¨®n, interesar¨¢ llevar al l¨ªmite (6.750 euros) tal posibilidad ?no hay que olvidar que ¨²nicamente se admiten los pagos con tarjeta de cr¨¦dito o d¨¦bito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta en entidad de cr¨¦dito y, por tanto, no valen los pagos en met¨¢lico? para ahorrarse hasta 1.350 euros.
- Las cuentas de ahorro vivienda siguen ofreciendo la posibilidad de pagar menos impuestos. Es cierto que, independientemente de cuando se suscribieron, a partir de este a?o las aportaciones que se hagan solo dan derecho a deducci¨®n a quienes la suma de sus ingresos en 2011 est¨¦ por debajo de los 24.107,20. De forma completa, un 15% de las aportaciones hasta un m¨¢ximo de 9.040 euros para quienes sus rentas no superen los 17.707,20 euros anuales; de forma m¨¢s limitada a los que, sin llegar al l¨ªmite anterior (ver f¨®rmula de las hipotecas) sobrepasen esta cantidad.
- Desde principios de este a?o, los tipos de gravamen del ahorro que se emplean para calcular los impuestos a pagar, entre otros, por las ganancias obtenidas en la compraventa de un inmueble han variado. Hasta 6.000 euros, los tipos general y auton¨®mico el 9,5% (tipo total 19%); a partir de esa cantidad, tanto el tipo general como el auton¨®mico se fijan en el 10,50% (tipo total 21%).
No obstante, tal y como se?alan los t¨¦cnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), existe una forma de neutralizar este pago: reinvirtiendo total o parcialmente el importe obtenido en otra vivienda habitual. Eso s¨ª, desde este colectivo se advierte que no se podr¨¢ practicar deducci¨®n por la compra de la nueva mientras las cantidades invertidas en esta no superen las cantidades de la casa anterior que hayan sido objeto de deducci¨®n. Y en el caso de reinversi¨®n exenta, mientras que no supere el precio de venta de la vivienda anterior.
- Las ganancias obtenidas en la compraventa de viviendas por parte de los mayores de 65 a?os est¨¢n exentas de tributaci¨®n. Tal y como se?alan desde el Registro de Economistas y Asesores Fiscales (REAF) "si piensa vender la vivienda habitual y est¨¢ cerca de cumplir los 65 a?os le interesa esperar a esa edad para transmitirla y no pagar por la ganancia patrimonial".
Dos ¨²ltimas precisiones referidas al alquiler. Quienes lo pagan deben saber que a partir de este a?o solo podr¨¢n deducirse por ello quienes obtengan unas rentas entre 24.107,20 euros y 17.707,20 euros anuales; quienes cobren ese alquiler, que su reducci¨®n por arrendamiento de vivienda ha pasado del 50% al 60% de forma general. Cuando el arrendatario tenga entre los 18 y los 30 a?os (antes 35 a?os) la reducci¨®n es del 100%.
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