El experto en derecho laboral del despacho de abogados Olswang responder¨¢ a las preguntas de los lectores sobre c¨®mo funcionan los ERE tras la reforma y el nuevo marco de negociaci¨®n entre empresarios y trabajadores
1Jose Luis21/03/2012 12:03:08
?Es cierto que ahora mi empresa me puede plantear una reducci¨®n del sueldo del 20% y si no acepto despedirme con una indemnizaci¨®n de 20 d¨ªas por a?o con un m¨¢ximo de 9 meses?
2Ricardo21/03/2012 12:04:42
Con la reforma, 9 d¨ªas de baja acumulados en dos meses son causa de despido procedente. Mi pregunta es: si por un accidente de trabajo estoy m¨¢s de esos nueve d¨ªas, ?podr¨ªan despedirme?, ?y si tengo una enfermedad grave, ll¨¢mese c¨¢ncer, por ejemplo?
3Zizo21/03/2012 12:06:39
Hola: Alegando 3 trimestres consecutivos sin ganancias, ?se puede despedir a un trabajador con contrato anterior a la Reforma Laboral con 20 d¨ªas de indemnizaci¨®n por a?o trabajado al considerarse despido procedente?
4Alfred21/03/2012 12:09:48
Hola: en el caso de modificaciones sustanciales de trabajo, que afecten a un n¨²mero colectivo, c¨®mo actuar¨¢ ahora la norma. Gracias. Un saludo.
5Jose Manuel 21/03/2012 12:15:39
?Con la actual legislaci¨®n ser¨ªa factible un ERE que incluyera a funcionarios? y otra pregunta es: ?Para que van a servir los convenios sectoriales a partir de ahora?
6Alberto Garcia Martin21/03/2012 12:18:27
?Qu¨¦ pasar¨¢ cuando el empresario no quiera negociar y solo pretenda implantar sus propuestas?
7Salvador21/03/2012 12:23:38
Un acuerdo laboral firmado hace 20 a?os que entre otras cosas preve en caso de despido sin culpa del empleado una indemnizacion minima de 30 meses, ?deroga la reforma este tipo de acuerdos firmados por las partes hace tantos a?os?
8Roales21/03/2012 12:27:36
Es una pregunta muy interesante. La reforma de la ultraactividad es uno de los aspectos m¨¢s relevantes de la nueva regulaci¨®n y a cuyas consecuencias no le hayamos prestado demasiada atenci¨®n porque se har¨¢n efectivas dentro de dos a?os. En el caso que nos se?alas y en la medida en la que no exista un convenio colectivo de ¨¢mbito superior, transcurrido el periodo de a?os de ultraactividad ser¨¢ de aplicaci¨®n directamente el Estatuto de los Trabajadores. El aspecto m¨¢s controvertido surgir¨¢ respecto de aquellos trabajadores cuyo salario sea "seg¨²n convenio". En principio y en la medida en la que ya no existe convenio colectivo aplicable, deber¨ªan pasar a percibir el SMI. En la pr¨¢ctica, me cuesta pensar que los tribunales adopten resoluciones de ese tipo y seguramente se producir¨¢ la consolidaci¨®n de los salarios percibidos con el anterior convenio colectivo.
9rajindignado21/03/2012 12:30:41
Pertenezco a una Empresa P¨²blica y tengo una antiguedad de 20 a?os. ?Que situaci¨®n podr¨ªa darse para que mi despido pueda considerarse procedente?. ?El hecho de estar vigente el Convenio colectivo prevalecer¨ªa este sobre las condiciones m¨¢s desfavorables de la reforma?
10Juan Antonio Lanzar¨¢n Moreno21/03/2012 12:37:57
Entiendo que al no pasar por el ministerio los eres de suspensi¨®n se podr¨¢n recurrir directamente ante el juez, con lo cual ser¨¢ m¨¢s agil el proceso que actualmente, que hay que realizar recurso de alzada y posteriormente contencioso-administrativo (tardando este mucho tiempo. ?Cu¨¢nto puede tardar ahora la resoluci¨®n judicial?
11Camilo Crespo21/03/2012 12:44:31
Acerca de la protecci¨®n de los mayores de 55 a?os, ?por qu¨¦ se diferencia entre si la causa es economico y si no? Muchas gracias.
La peculiaridad respecto de los trabajadores mayores de a?os es que en caso de despidos colectivos llevados a cabo por empresas que no est¨¦n en situaci¨®n concursal, la empresa tendr¨¢ la obligaci¨®n de financiar un convenio especial con la Seguridad Social hasta los a?os. De este modo, se protege a un colectivo de trabajadores que por su edad puedan tener m¨¢s dificil su reincorporaci¨®n al mercado de trabajo garantizando sus derechos de jubilaci¨®n.
12maria21/03/2012 12:50:14
A mi hija le deben la paga de julio 2011, ?todav¨ªa la puede reclamar? Gracias
La reforma no ha modificado los plazos de prescripci¨®n para la reclamaci¨®n salarial que sigue siendo de un a?o. Por lo tanto, tu hija tiene hasta julio de para reclamar la paga de julio del .
13Roa21/03/2012 12:53:03
Pues sinceramente creo que habr¨¢ de todo como en botica. En todo caso, y viendo cual fue la respuesta de los jueces a la reforma del , soy de la opini¨®n de que los jueces aplicar¨¢n la reforma de modo restrictivo y en particular, creo que ser¨¢n especialmente estrictos respecto de la prueba a aportar por las empresas a la hora de acreditar las situaciones econ¨®micas negativas.
14ojos.de.luna21/03/2012 12:55:45
Buenas yo soy un enfermo cronico de asma, en primavera acumulo bajas discontinuas por m¨¢s de 9 d¨ªas ?Pueden despedirme con la indemnizaci¨®n de 20 d¨ªas? ?Que opciones tengo?
En principio y dado que no se trata de una enfermedad profesional si estar¨ªas dentro de los umbrales que justifican el despido objetivo por absentismo. La ¨²nica soluci¨®n ser¨ªa que tu baja fuese de forma continuada superior a d¨ªas y de ese modo no computar¨ªa a la hora de justificar el absentismo. Otra opci¨®n ser¨ªa buscar la nulidad del despido por discriminatorio.
15luis21/03/2012 12:58:03
En relacion a la pregunta de reducci¨®n de sueldo, si el Juez dice no estar justificada y obliga a reintegrarme a mi puesto de trabajo, la empresa, me puede volver a despedir?
En ese caso, la empresa podr¨ªa despedirte pero tendr¨ªa que alegar y probar en juicio alguna de las causas previstas en la legislaci¨®n. Si la decisi¨®n empresarial careciese de justificaci¨®n siempre podr¨ªas reclamar la nulidad del despido por entender que la decisi¨®n empresarial constituye una represalia por haber impugnado la decisi¨®n de la reducci¨®n salarial.
16Agpman21/03/2012 12:58:19
Soy tecnico de turismo en un ayuntamiento. No hay mas personal que yo en la concejal¨ªa de Turismo. ?Podr¨ªan suprimir la concejal¨ªa y despedirme?
17blanca21/03/2012 12:59:30
?Afecta la reforma laboral de manera m¨¢s negativa a mujeres que a hombres?
No sabr¨ªa decirte con exactitud. En mi opini¨®n, creo que la reforma afecta en t¨¦rminos generales, por igual a todos los trabajadores.
Mensaje de Despedida
Muchas gracias a todos por vuestra participaci¨®n. Espero que mis respuestas os hayan aportado, al menos, un poco de luz a vuestras dudas. Daniel Cifuentes
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