El Banco de Espa?a obliga a las entidades a dar m¨¢s informaci¨®n sobre sus activos
El sector deber¨¢ detallar las operaciones de refinanciaci¨®n y reestructuraci¨®n de deuda
El Banco de Espa?a obliga desde ma?ana a la banca a detallar la naturaleza de los activos del ladrillo adjudicados a cambio de deudas impagadas con vistas a su trasvase al banco malo del Estado. As¨ª, deber¨¢n anotar una indicaci¨®n del volumen y del valor en libros de ¨¦stos.
La medida tiene especial incidencia en las entidades nacionalizadas por el Estado (Bankia, Novacaixagalicia, Catalunya Caixa y Banco de Valencia), que est¨¢n obligadas a traspasar sus activos inmobiliarios da?ados a la sociedad de gesti¨®n de activos creado por el Gobierno. Para el resto de entidades, optar por el banco malo es una opci¨®n voluntaria siempre y cuando no reciban dinero p¨²blico.
Adem¨¢s de detallar sus activos adjudicados, las entidades deber¨¢n avanzar en la transparencia sobre la calidad de sus cr¨¦ditos al sector inmobiliario y detallar a qu¨¦ tipo de empresas est¨¢ financiando y con qu¨¦ fin. Tambi¨¦n deber¨¢n revelar el importe de las operaciones refinaciadas y reestructuradas con detalle de su clasificaci¨®n como riesgo en seguimiento especial, sub¨¦standar o dudoso. Toda esta informaci¨®n deber¨¢ publicarse al menos una vez al a?o en las cuentas a 30 de junio.
As¨ª figura en la modificaci¨®n de la circular contable para adaptarla al segundo decreto ley de saneamiento financiero aprobado por el Gobierno el pasado mes de mayo (Guindos II) que el Banco de Espa?a puso a consulta de las entidades hace m¨¢s de tres meses, y que publica hoy el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE).
Las sociedades de gesti¨®n de activos (SGA) aglutinar¨¢n los activos adjudicados a cambio del pago de una deuda relacionada con el suelo o la construcci¨®n, incluidas las acciones o participaciones en sociedades inmobiliarias. La aportaci¨®n se llevar¨¢ a cabo por su valor razonable, y a falta de ¨¦ste o cuando sea dif¨ªcil obtenerlo, los activos se valorar¨¢n por su valor en libros, para lo que se tendr¨¢n en cuenta las provisiones que deban tener constituidas, dice el texto.
En este punto, la norma aprobada este martes establece que la aportaci¨®n a las sociedades no supondr¨¢ que se dejen de constituir las provisiones previstas en los ¨²ltimos decretos de saneamiento de febrero y mayo.
En cuanto a las refinanciaciones y reestructuraciones de deuda, la circular establece que "se deben reconocer inmediatamente las cantidades que se estimen irrecuperables", y que deben enfocarse a la recuperaci¨®n de todos los importes debidos. Asimismo, especifica que este tipo de operaciones no interrumpen su morosidad, salvo que exista una "razonable certeza" de que el cliente pueda hacer frente a su pago en el calendario previsto o se aporten nuevas garant¨ªas.
En ambos casos, incide el texto, "se percibir¨¢n al menos los intereses ordinarios pendientes de cobro, sin tener en cuenta los intereses de demora". El Banco de Espa?a resalta que la utilizaci¨®n de la refinanciaci¨®n o de la reestructuraci¨®n con otros objetivos, "como pueda ser el retrasar el reconocimiento inmediato de las p¨¦rdidas, es contraria a las buenas pr¨¢cticas de gesti¨®n".
Las entidades financieras deben incluir un breve resumen de su pol¨ªtica de refinanciaci¨®n y reestructuraci¨®n de operaciones, indicando cu¨¢les son las medidas que utiliza para los distintos cr¨¦ditos y los criterios para valorar la sostenibilidad de ¨¦stas.
Tambi¨¦n han de desgranar la informaci¨®n sobre su concentraci¨®n de riesgos en funci¨®n de su ¨¢rea geogr¨¢fica de actuaci¨®n y de su finalidad, ya sea construcci¨®n y promoci¨®n inmobiliaria, empresarios individuales y hogares, entre otras.
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