Vivienda e impuestos: prep¨¢rese a pagar
Si ha cobrado alguna subvenci¨®n en 2012 tendr¨¢ que tributar por ella en 2013 Cuando tenga una cuenta vivienda y no compre, al devolver lo desgravado se ahorra los intereses de demora
Con el presupuesto familiar apretado, m¨¢s vale tener en cuenta lo que el fisco nos va a cobrar ya desde comienzos de a?o. Este es un recuento de las novedades que ya estrena el nuevo a?o a la hora de pagar (m¨¢s) por los bienes inmuebles de que disfrutamos.
En vivienda habitual ya se sabe que desaparecen los 1.356 euros que se podr¨ªan desgravar al a?o como m¨¢ximo por la compra. No es la ¨²nica que desaparece. Los que ten¨ªan abierta una cuenta de ahorro vivienda tampoco se deducir¨¢n por ella. Y si no se adquiere la vivienda, en la declaraci¨®n de la renta que se presente entre mayo y junio de 2013 tendr¨¢ que devolver las cantidades deducidas a lo largo de esos a?os, aunque, eso s¨ª, sin intereses de demora.
Como explica Rub¨¦n Gimeno, director del Servicio de Estudios del Registro de Economistas y Asesores Fiscales (REAF), "con la legislaci¨®n anterior, si no se llegaba a adquirir la vivienda en el plazo indicado, hab¨ªa que devolver las cantidades deducidas con intereses de demora. Por ejemplo, si se hubiera aportado el m¨¢ximo, 9.000 euros durante cuatro a?os, hab¨ªa que devolver 1.350 euros por a?o; o sea, unos 5.400 euros (en la liquidaci¨®n de mayo a junio) m¨¢s los intereses generados, 1.300 euros. Pero en 2013 se ahorra esa cifra". Y esta no es una medida temporal.
Tambi¨¦n tendr¨¢ que apartar para el fisco el porcentaje correspondiente si ha recibido alguna subvenci¨®n o ayuda para el alquiler o la compra ¡ªal igual que si se hubiera beneficiado del Plan PIVE para cambiar de coche¡ª. Parte de lo recibido retorna al Estado. ¡°Tales ayudas se consideran ganancia patrimonial, y esta tributa al tipo marginal; o sea, el mismo tipo que sus rentas de trabajo. As¨ª, si es de un 30% y ha recibido 12.000 euros, tendr¨¢ que tener previstos 3.500 euros que retornan a la Hacienda P¨²blica¡±, indica Gimeno, quien recuerda que el Reaf ya lo advirti¨® con ocasi¨®n del Plan Prever de 2009. Y cuidado porque, si, por ejemplo, de los 1.000 euros del Plan PIVE que le ha dado el Estado para la compra de un coche, olvida tributar esos 300 euros que son de Hacienda, y esta lo descubre cuatro a?os despu¨¦s, usted tendr¨¢ que sumar los intereses de mora a la sanci¨®n del 50% de recargo.
?Volviendo a los inmuebles. Una nueva ley grava la reventa de una vivienda adquirida dentro del mismo a?o en que se compr¨®. Si se revende antes de los 365 d¨ªas, el gravamen puede llegar al 52% de la ganancia obtenida, o, en el caso de Catalunya, al 56%. Hace a?os era del 21% al 27%. Son 25 puntos m¨¢s de imposici¨®n, claro que siempre se puede esperar y vender a los 366 d¨ªas...
C¨®mo tributa una VPO
Para la vivienda protegida en la norma estatal se prev¨¦ para 2013 una bonificaci¨®n del 50% en la cuota del IBI durante tres a?os desde la calificaci¨®n definitiva, siempre que se solicite en el mismo a?o que se dio tal calificaci¨®n.
En la Comunidad de Madrid, mientras que las viviendas de protecci¨®n p¨²blica y las libres pagan un 10% de lo escriturado por IVA, en el caso de las VPO de r¨¦gimen especial y las de promoci¨®n p¨²blica se aplica el 4%. Y lo mismo las plazas de garaje, hasta dos, o trasteros vendidos conjuntamente porque para el resto ser¨ªa un 21% el IVA a pagar, al igual que sucede en el caso de los locales de negocios en edificios destinados a vivienda protegida.
Por lo que se refiere al IAJD, en Madrid las VPO est¨¢n exentas mientras que las viviendas con protecci¨®n p¨²blica de 90 metros cuadrados, pagan un 0,2%; un 0,4% las que tienen m¨¢s de esa superficie o son libres y cuestan hasta 120.000 euros; un 0,5%, las libres hasta 180.000 euros y si superan esta cantidad el IAJD llega al 1% en la Comunidad de Madrid. El IAJD es un tributo auton¨®mico que grava las hipotecas y las escrituras de compra.
¡°Esta medida que penaliza tanto la venta de inmuebles como la de acciones de fondos exist¨ªa ya antes de 2007¡±, aclara Gimeno. Aparte de que esta medida antiespeculaci¨®n parece que tendr¨ªa todo su sentido en tiempos de burbuja, Gimeno indica que cabe la posibilidad de que tal tributaci¨®n la repercuta quien vende (que es el que debe pagarla) al comprador mediante la subida de los precios. Si tiene que asumirla, el vendedor deber¨¢ reservar esa partida para cumplir con Hacienda. Te¨®ricamente, en principio, en 2014 se volver¨¢ a tributar al 21%-27% o al 19%-21%.
Pensando en Eurovegas, podr¨ªa ser el t¨ªtulo de la canci¨®n. Al igual que el Gobierno aut¨®nomo se dice que pensaba en Sheldon Adelson al redactar la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas, el Estado central lo hac¨ªa a trav¨¦s de la Ley 16/2012, por la que se adoptan medidas tributarias para la consolidaci¨®n de las finanzas p¨²blicas y el impulso de la actividad econ¨®mica. ¡°Cuando, por ejemplo, alguien se construye un chal¨¦ paga el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO), el 4% del valor que el arquitecto diga que va a costar la obra. Y no hay bonificaci¨®n alguna, pero si se tratase de un Eurovegas, los Ayuntamientos podr¨ªan establecer una bonificaci¨®n. Tambi¨¦n podr¨¢n darla para el impuesto de actividades econ¨®micas (IAE) y el de bienes inmuebles (IBI) cuando se desarrollen actividades econ¨®micas declaradas de especial inter¨¦s o utilidad por circunstancias sociales, culturales, hist¨®rico art¨ªsticas o de fomento del empleo.
Esta ley alude a cambios en la gesti¨®n del catastro (formaci¨®n y mantenimiento, tramitaci¨®n abreviada de la inspecci¨®n y mayor flexibilidad para la actualizaci¨®n, y un nuevo procedimiento de regularizaci¨®n catastrales).
El valor catastral es la base imponible del IBI. Este impuesto oscila entre un 0,52% y un 1,20% en Espa?a, seg¨²n Gimeno. En Madrid es del 0,581% para las viviendas con un valor catastral inferior a 89.220 euros. Al resto se les aplica un incremento del 0,604%. Una vivienda de 90 metros cuadrados tributar¨¢ alrededor de 2 euros por metro, seg¨²n el Ayuntamiento. El incremento medio, tras el aprobado por el Estado central, ser¨¢ del 6,9% (unos 24 euros mensuales). Eso s¨ª, el sistema de pago a la carta permite fraccionar el pago, (al igual que el de la tasa de basuras) con una bonificaci¨®n de hasta un 5% si se acepta la propuesta del Ayuntamiento. Hay que solicitarlo telem¨¢ticamente antes del d¨ªa 20 de cada mes.
Este a?o, las familias con menos ingresos tendr¨¢n una bonificaci¨®n de 100 euros para pagar el IBI, en lugar de 60 euros como en 2012 en Madrid. La ayuda se gestionar¨¢ a trav¨¦s del ¨¢rea de familia y servicios sociales y est¨¢ destinada a las que tengan derecho a exenci¨®n del 100% de la tasa de basuras o cuando el valor catastral de la vivienda sea inferior a los 17.001 euros. Respecto a la tasa de basuras, no se cubri¨® el concurso de adjudicaci¨®n para la gesti¨®n de los residuos y se mantiene el compromiso de reducir la tasa este a?o un 12%.
El 77% de quienes disponen de vado para paso de veh¨ªculos ver¨¢n reducirse la tasa, pero otros llegar¨¢n a pagar un 20% m¨¢s.
El Ayuntamiento de Madrid compara los tributos locales principales que paga una familia media (IBI, basuras, impuesto sobre veh¨ªculos y distintivo de residentes del SER) y da como resultado 564 euros en 2012. Y compara esta cifra con la de Barcelona, donde se paga un 12,7% m¨¢s. Tambi¨¦n pagar¨¢ m¨¢s IBI, ocupan el puesto 12? en el ranking, mientras que Madrid, m¨¢s ben¨¦volo con sus propietarios de vivienda, ocupa el 20?.
En cuanto al IVA, el precio de la vivienda nueva ha pasado del 4% al 10%. Y cuando se escritura la venta de un bien inmueble o un pr¨¦stamo hipotecario hay que pagar el impuesto de actos jur¨ªdicos documentados (IAJD). Es el 1% en Madrid y en el 1,2% en Catalunya si es vivienda nueva. Pero si se trata de venta de vivienda usada entre particulares por transmisiones patrimoniales onerosas se paga un 7% o un 4% para familias numerosas en Madrid, un 8% en Catalunya y en Andaluc¨ªa llega al 10% si se pag¨® por el inmueble m¨¢s de 700.000 euros.
Cuando se trata de un alquiler por parte de una empresa para cederla a un directivo, en lugar de tributar esta, lo har¨¢ el ejecutivo. Y en lugar de pagar impuestos por el 10% del valor catastral lo har¨¢ por el precio del alquiler, pero esto no ser¨¢ en 2013 para aquellas empresas que viniesen pagando alquiler antes del 4 de diciembre de 2012.
Para todo el Estado se prorroga durante el ejercicio 2013 la vigencia del impuesto sobre el patrimonio, que fue restaurado en 2011. En la Comunidad de Madrid, este tributo, as¨ª como los de sucesiones y donaciones, tiene una bonificaci¨®n del 100%.
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