La CNMV obliga a la banca a dar m¨¢s informaci¨®n sobre los pagar¨¦s
Las entidades deber¨¢n detallar a los peque?os inversores los riesgos de los productos
La Comisi¨®n Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha modificado la gu¨ªa sobre pagar¨¦s para mejorar la protecci¨®n del inversor minorista y obligar¨¢ a las entidades emisoras a informar del riesgo de invertir en estos productos, de su liquidez y a explicitar sus diferencias con un dep¨®sito bancario.
La entidad que coloque pagar¨¦s deber¨¢ facilitar a los inversores de forma anticipada informaci¨®n suficiente sobre la situaci¨®n del emisor, las posibilidades de liquidez y los riesgos que implica adquirir el pagar¨¦, lo que lo diferencia de un dep¨®sito bancario y a advertir expresamente de que no cuenta con la garant¨ªa del Fondo de Garant¨ªa de Dep¨®sitos.
Seg¨²n informa el supervisor burs¨¢til, el objetivo perseguido es "extremar las garant¨ªas" para que los peque?os inversores, que actualmente est¨¢n comprando un mayor volumen de pagar¨¦s como alternativa a los dep¨®sitos, tomen una decisi¨®n conociendo los detalles del producto.
Cuando el pagar¨¦ se dirija a minoristas y su plazo de vencimiento supere los 12 meses deber¨¢n cumplir los mismos requisitos que una emisi¨®n de renta fija.
De esta forma, si no hay tramo mayorista, ser¨¢ necesario presentar al menos un informe de un experto independiente que determine si las condiciones son equiparables a las que tendr¨ªa una emisi¨®n entre inversores institucionales.
Si la CNMV considera que las condiciones son desfavorables respecto a lo que se habr¨ªa pagado en una emisi¨®n mayorista har¨¢ una advertencia expresa que deber¨¢ insertarse en la publicidad que se haga del pagar¨¦ y en la informaci¨®n difundida entre los potenciales inversores del producto.
Para cumplir con las obligaciones de informaci¨®n, los comercializadores entregar¨¢n al peque?o inversor una ficha del producto con una extensi¨®n m¨¢xima de dos o tres p¨¢ginas, en la que tambi¨¦n se incluir¨ªa la advertencia de la CNMV, y ¨¦ste la tendr¨¢ que firmar.
Por otro lado, para propiciar una correcta formaci¨®n de los precios de los pagar¨¦s, la CNMV ha estipulado que sea obligatorio que las emisiones de estos productos se negocien s¨®lo en una determinada plataforma (SEND) y la suscripci¨®n obligatoria de un contrato de liquidez.
La informaci¨®n peri¨®dica que reciban los inversores minoristas incluir¨¢ el valor razonable de mercado de los pagar¨¦s.
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