La valoraci¨®n europea del d¨¦ficit espa?ol
La poca claridad en la comunicaci¨®n tiene sus efectos perversos y provoca errores de interpretaci¨®n
En las relaciones informativas entre las instituciones es habitual aportar datos parciales provisionales sobre los acontecimientos econ¨®micos y financieros de inter¨¦s para la opini¨®n p¨²blica, seguramente con la intenci¨®n de avanzar en los caminos tortuosos del cumplimiento o incumplimiento de los compromisos adquiridos, especialmente con la Uni¨®n Europea. Un claro ejemplo es lo sucedido recientemente con el tema del d¨¦ficit p¨²blico, m¨¢s concretamente con el d¨¦ficit de las Administraciones p¨²blicas.
Primero el presidente del Gobierno anunci¨® que el d¨¦ficit de 2012 se situar¨ªa por debajo del 7% del PIB y despu¨¦s el ministro de Hacienda avanz¨® que ser¨ªa del 6,7% del PIB. Se generaron dudas al anunciar la Comisi¨®n Europea que, una vez incluidas las ayudas a la banca, el d¨¦ficit p¨²blico espa?ol superar¨ªa el 10%, y algunas autoridades se ofendieron. Para colmo, cuando se han dado a conocer los datos de caja del Estado del mes de enero, se pone claramente de manifiesto que se han retrasado m¨¢s de lo habitual las devoluciones de impuestos. Equivocadamente, esto hace suponer que el retraso de los pagos implica una operaci¨®n de maquillaje favoreciendo al d¨¦ficit de 2012, rebaj¨¢ndolo en unas d¨¦cimas.
En mi opini¨®n, las pol¨ªticas de informaci¨®n utilizadas se equivocan porque la poca claridad en la comunicaci¨®n tiene sus efectos perversos y provoca errores de interpretaci¨®n y, como poco, la incredulidad de los ciudadanos. Lo primero que hay que aclarar es c¨®mo se mide el d¨¦ficit de las Administraciones p¨²blicas una vez que se dispone de la informaci¨®n completa del a?o, y despu¨¦s, c¨®mo se convalidan y se juzgan las cifras aportadas a la Uni¨®n Europea.
Antes de hablar de dudas y maquillajes de las cifras es necesario distinguir entre los conceptos contables de caja, cuando se comparan los ingresos recaudados y gastos pagados, y el criterio de devengo, que cuantifica e incluye los derechos de cobro y las obligaciones de pago, criterio que es el utilizado en Contabilidad Nacional y en las normas europeas. Las diferencias son importantes, sobre todo cuando hay retrasos en los cobros o en los pagos y devoluciones. Por ejemplo, en los datos anuales del Estado de 2012 el d¨¦ficit de caja fue de 29.013 millones de euros (2,76% del PIB), y el de Contabilidad Nacional, de 40.330 millones de euros (3,84% del PIB). La forma de medir el d¨¦ficit en la Uni¨®n Europea ¡ªy, por tanto, en Espa?a¡ª es la metodolog¨ªa de Contabilidad Nacional, es decir, por los criterios de devengo, teniendo en cuenta el conjunto de derechos de cobro adquiridos y de d¨¦bito reconocidos. Por tanto, es un error conceptual considerar que el retraso de las devoluciones pueda ser una treta para rebajar el d¨¦ficit del a?o anterior.
Lo primero que hay que aclarar es c¨®mo se mide el d¨¦ficit de las Administraciones p¨²blicas
De momento, la estimaci¨®n del Ministerio de Hacienda de un d¨¦ficit de las Administraciones p¨²blicas del 6,7% del PIB se basa en los datos ya definitivos del Estado, con un d¨¦ficit del 3,8% del PIB (criterio de devengo), del 0,96% de la Seguridad Social y las estimaciones de un 1,73% para las comunidades aut¨®nomas y un 0,20% de las corporaciones locales. Estas cifras son todav¨ªa provisionales y deben someterse a revisi¨®n antes de que el Instituto Nacional de Estad¨ªstica (INE) las comunique a Eurostat en la fecha establecida de finales de marzo.
Cuando se dispone de toda la informaci¨®n, tanto del conjunto del Estado y la Administraci¨®n central y de las Administraciones territoriales, existe un equipo formado por t¨¦cnicos de la Intervenci¨®n General del Estado, del Banco de Espa?a y del INE que analizan toda la informaci¨®n y cuantifican las cifras de d¨¦ficit en t¨¦rmino de Contabilidad Nacional. Trasladan el dato al Gobierno, que lo comunica a Bruselas. Pero es el INE, como responsable oficial de las estad¨ªsticas y de la Contabilidad Nacional, el que responde de las cifras enviadas y de cualquier aclaraci¨®n que solicite Eurostat. En contra de algunas opiniones, Eurostat s¨ª revisa estas cifras, y en el pasado ha puesto alg¨²n procedimiento de correcci¨®n por la no inclusi¨®n de algunas actuaciones p¨²blicas en las cifras de d¨¦ficit de las Administraciones territoriales.
Otro tema de posible confusi¨®n lo constituyen las ayudas financieras del FROB a las entidades financieras. La cifra avanzada por el Gobierno del d¨¦ficit de las Administraciones p¨²blicas es para 2012 del 6,7% del PIB, superior al objetivo del 6,3% comprometido. Pero ?qu¨¦ pasa con las ayudas al sector financiero? ?Entran o no en las cifras de d¨¦ficit p¨²blico? Estas ayudas, sin conocerse todav¨ªa la cifra definitiva del FROB, se han estimado en el 3,25% del PIB, con lo que elevar¨ªan la cifra total de d¨¦ficit por encima del 10% del PIB, tal como ha avanzado la Comisi¨®n. Por supuesto que las ayudas a la banca s¨ª son consideradas como d¨¦ficit p¨²blico, pero al ser una cantidad de una ¨²nica vez en el a?o 2012 y no tener car¨¢cter de continuidad en el tiempo, al valorar la Comisi¨®n la cifra de d¨¦ficit excesivo se puede considerar fuera de la tendencia de la evoluci¨®n del d¨¦ficit para los pr¨®ximos a?os y no penalizar a Espa?a por esta desviaci¨®n.
El objetivo comprometido con la UE tiene como l¨ªnea fundamental reducir el d¨¦ficit por debajo del 3% del PIB. En el ¨²ltimo texto refundido sobre el Funcionamiento de la Uni¨®n Europea, en su art¨ªculo 126, establece el papel de la Comisi¨®n en la supervisi¨®n de la evoluci¨®n presupuestaria de acuerdo con los criterios establecidos en el protocolo n¨²mero 12 del tratado dedicado al procedimiento del d¨¦ficit excesivo. La Comisi¨®n es la encargada de realizar un informe teniendo en cuenta ¡°si el d¨¦ficit p¨²blico supera los gastos p¨²blicos de inversi¨®n, as¨ª como todos los dem¨¢s factores pertinentes, incluida la situaci¨®n econ¨®mica y presupuestaria a medio plazo del Estado miembro¡±. Posteriormente, el Consejo, con el dictamen del comit¨¦ econ¨®mico y financiero y considerando las alegaciones del Estado miembro, decidir¨¢ si existe un d¨¦ficit excesivo. Por ¨²ltimo, cuando el Consejo declara que el d¨¦ficit de un Estado es excesivo, formula una recomendaci¨®n y establece plazos para la adopci¨®n de medidas correctoras que sean eficaces en su reducci¨®n.
Espa?a est¨¢ incursa en este procedimiento de d¨¦ficit excesivo. Por tanto, no solo es importante la comunicaci¨®n de las cuentas p¨²blicas por parte de la autoridad estad¨ªstica espa?ola, sino que tambi¨¦n las tiene que validar la autoridad estad¨ªstica europea, que se rige por los criterios europeos de Contabilidad Nacional y por los procedimientos establecidos en todas las normas europeas. Posteriormente, tanto la Comisi¨®n como el Consejo Europeo valorar¨¢n los resultados obtenidos en la pol¨ªtica fiscal espa?ola durante 2012 y se decidir¨¢ al fin si est¨¢ en la l¨ªnea de lo acordado.
Es sabido que la Comisi¨®n tendr¨¢ en cuenta en su valoraci¨®n las aportaciones realizadas por el Estado para la reestructuraci¨®n bancaria, promovidas por la propia Comisi¨®n, y probablemente, al analizar la desviaci¨®n del d¨¦ficit, considerar¨¢n el entorno negativo de la econom¨ªa no solo en Espa?a, sino en la mayor parte de los pa¨ªses de la UE. Pero no nos equivoquemos: tras los errores cometidos a?os atr¨¢s en la supervisi¨®n de las cuentas de algunos pa¨ªses, como Grecia, analizar¨¢n con cuidado la informaci¨®n aportada por las autoridades espa?olas antes de dictaminar sobre la situaci¨®n del d¨¦ficit p¨²blico espa?ol en 2012 y de revisar la futura evoluci¨®n de la senda establecida para alcanzar el objetivo de d¨¦ficit comprometido.
Carmen Alcaide es analista y expresidenta del Instituto Nacional de Estad¨ªstica (INE).
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