El Supremo rechaza el incidente de nulidad presentado por Alfredo S¨¢enz
El directivo del Santander entendi¨® que el TS se excedi¨® al invadir una decisi¨®n del Gobierno
El Tribunal Supremo ha inadmitido el incidente de nulidad de actuaciones que el consejero delegado del Banco Santander, Alfredo S¨¢enz, present¨® contra la sentencia en la que se anulaban los efectos administrativos ¡ªla cancelaci¨®n de los antecedentes¡ª del indulto concedido por el Gobierno de Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero y ha a?adido que un caso "tan singular" como el enjuiciado carece de precedentes en la jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativa.
Los ocho magistrados confirman as¨ª la sentencia dictada el pasado febrero y dan v¨ªa libre para que el banquero pueda recurrir en amparo al Tribunal Constitucional contra la resoluci¨®n del Supremo que entend¨ªa que el Ejecutivo socialista se "extralimit¨®" al borrar sus antecedentes penales cuando le indult¨® tras condenarle a tres meses de arresto de inhabilitaci¨®n por denuncia falsa.
En una providencia, conocida este viernes, se?ala que S¨¢enz busca "una reconsideraci¨®n jur¨ªdicamente inviable" de las cuestiones de fondo, que ya fueron debatidas en el proceso, lo cual supone un uso "indebido" de este "remedio procesal para un fin distinto del que le es propio" pues el mero desacuerdo o discrepancia hacia sus razonamientos y conclusiones no puede fundar "v¨¢lidamente" un incidente de nulidad de actuaciones.
Remarca as¨ª que la leg¨ªtima discrepancia del recurrente con una sentencia desfavorable no permite convertir esta v¨ªa en una nueva instancia para revisar la sentencia y concluye que S¨¢enz no ha sufrido una vulneraci¨®n de su derecho a la tutela judicial efectiva y a la igualdad.
Argumentos del recurso
El directivo del Banco Santander entendi¨® en su escrito que se produjo un "exceso" por parte del alto tribunal al juzgar y anular parcialmente un indulto del Gobierno, "invadiendo indebidamente mediante la fiscalizaci¨®n jurisdiccional un n¨²cleo decisorio reservado al poder ejecutivo".
A su juicio, realiz¨® una "irrazonable" aplicaci¨®n del ordenamiento jur¨ªdico "en la medida en que la interpretaci¨®n y aplicaci¨®n de la normativa de indulto impide materialmente el ejercicio de la prerrogativa de indulto por parte del Gobierno respecto de la pena accesoria impuesta, al frustrar su resultado, haci¨¦ndose una irrazonable distinci¨®n entre pena y condena penal".
La providencia de la Sala de lo Contencioso se produce despu¨¦s de que el Banco de Espa?a haya archivado el procedimiento iniciado el pasado 28 de febrero S¨¢enz y haya decidido abrir uno nuevo sobre el mismo asunto de acuerdo con la nueva normativa de las entidades de cr¨¦dito por la que se incorporan los criterios de la Autoridad Bancaria Europea (EBA).
El Gobierno aprob¨® el pasado viernes el decreto de honorabilidad para directivos bancarios, que refuerza los requisitos de experiencia y profesionalidad a la hora de valorar la permanencia en el cargo de aquellos que hayan resultado condenados en procedimiento judicial y que podr¨ªa avalar la continuidad de S¨¢enz en la entidad.
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