Equilibrio en los convenios
El r¨ªgido control sectorial de la negociaci¨®n colectiva, que aseguraba la paz social, ha sido sustituido por una alta flexibilidad abierta a la empresa, que asume un mayor conflicto. Este intercambio erosiona la tradicional dial¨¦ctica patronal-sindical y traslada buena parte de la autonom¨ªa colectiva a los lugares de trabajo. La modernizaci¨®n de la negociaci¨®n colectiva era necesaria, pero el desarrollo de esta adaptaci¨®n est¨¢ mostrando la necesidad de buscar un mayor equilibrio entre los negociadores.
Las reglas del modelo anterior marcaban la hegemon¨ªa de fuertes e intangibles convenios colectivos sectoriales de eficacia general que canalizaban las condiciones laborales, siendo la empresa una unidad convencional complementaria. Estos convenios colectivos ten¨ªan una pr¨®rroga autom¨¢tica hasta su sustituci¨®n, que facilitaba una negociaci¨®n sindical al alza, sin que existieran a su vez apenas instrumentos de adaptaci¨®n convencional a cada coyuntura econ¨®mica. El control sindical-patronal desde los sectores facilit¨® una alta y estable cobertura convencional, acompa?ada de paz social, pero no dio prioridad a la presencia del sindicato en la empresa, creando grandes distancias entre los firmantes y destinatarios de los convenios.
Este modelo de negociaci¨®n colectiva es transformado profundamente por la reforma laboral de 2012. Las condiciones de la negociaci¨®n cambian totalmente porque la pr¨®rroga indefinida del convenio colectivo es sustituida por una anual, salvo pacto entre las partes. El control sindical y patronal sectorial es desbordado porque se impone la prioridad aplicativa del convenio colectivo de empresa en materias esenciales. La intangibilidad del convenio sectorial es fragmentada a trav¨¦s de procedimientos negociados de inaplicaci¨®n con una soluci¨®n arbitral final que condiciona los acuerdos. La eficacia general del convenio colectivo se mantiene, pero con nuevos elementos que cambian el modo de negociar.
La gran cuesti¨®n que plantea esta transformaci¨®n es si nuestra estructura productiva y de representaci¨®n de intereses est¨¢ preparada para un cambio de tal magnitud. La superaci¨®n de la concentraci¨®n sectorial anterior tiene dificultades a?adidas en un tejido de muchas microempresas como el espa?ol y no ha ido acompa?ada tampoco de un fortalecimiento del sistema sindical en la empresa, de tal manera que ahora la nueva negociaci¨®n se desenvuelve con ciertos desequilibrios en una correlaci¨®n de fuerzas bien distinta.
Por ello, es necesario reconstruir un modelo de representaci¨®n de intereses que encajaba en los rasgos de la negociaci¨®n colectiva anterior, pero que se encuentra fuera de juego ante esta transformaci¨®n. El equilibrio dif¨ªcilmente se va a poder alcanzar ya desde un control sectorial distanciado de los destinatarios de los convenios colectivos. La compensaci¨®n de fuerzas en la negociaci¨®n necesita nuevas alternativas en una doble direcci¨®n. De un lado, la organizaci¨®n sectorial debe adaptarse con especial atenci¨®n a nuevas actividades y a la peque?a empresa, lo que exige voluntad patronal. Por otro lado, el sistema de representaci¨®n de los trabajadores en la empresa debe ser transformado dando protagonismo al sindicato, frente al modelo electoral, sin descartar incorporar un convenio colectivo limitado a los afiliados sindicales. La adaptaci¨®n a lo nuevo exige un reconstruido equilibrio que logre mayor cohesi¨®n social con productividad, sin excesivas nostalgias del pasado.
Jes¨²s Lahera Forteza es profesor titular de Derecho del Trabajo en la Universidad Complutense y consultor formativo en Abd¨®n Pedrajas&Molero.
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