Entra en vigor el precio m¨¢ximo para alquileres comerciales en Venezuela
La nueva tasa m¨¢xima de alquileres de locales comerciales equivalente a 30 euros por metro cuadrado fijada por el Gobierno venezolano entr¨® hoy en vigor, despu¨¦s de que el presidente, Nicol¨¢s Maduro, anunciara la semana pasada la aprobaci¨®n del decreto.
El decreto presidencial respectivo, publicado hoy en la Gaceta Oficial, hace referencia a la aplicaci¨®n de ese precio m¨¢ximo a "cualquier actividad comercial, industrial o de producci¨®n", en el marco de "la guerra" que dice librar "contra la especulaci¨®n y a favor de precios justos".
La norma se mantendr¨¢ en vigor hasta que Maduro sancione una ley definitiva, en el marco de los poderes legislativos especiales de los que goza desde noviembre y durante un a?o, a?adi¨® el propio gobernante hace tres d¨ªas.
El texto considera "que es necesario acabar con el arrendamiento especulativo y explotador" que afecta a comerciantes sin capacidad de adquirir bienes inmuebles propios y recurren al arrendamiento en condiciones que los convierten en "v¨ªctimas del latifundismo urbano y la especulaci¨®n monetaria", se lee en la norma.
Adem¨¢s del precio m¨¢ximo de 250 bol¨ªvares por metro cuadrado, equivalente a 30 euros en el mercado oficial, unos 3 euros en el ilegal mercado paralelo, el decreto tambi¨¦n ordena que el pago por servicios de condominio no supere el 25 % del precio del alquiler acordado.
La medida alcanza a locales o establecimientos "en los que se desarrollen actividades comerciales en edificaciones de viviendas u oficinas, galpones, consultorios, centros comerciales" o cualquier otro espacio f¨ªsico destinado al funcionamiento o desarrollo de actividades econ¨®micas, comerciales, productivas o de servicios.
Asimismo anula las cl¨¢usulas de los contratos que fijen los c¨¢nones de alquiler en moneda extranjera y los que prevean ajustes peri¨®dicos sobre la base de porcentajes por ventas o "cualquier otra penalidad, regal¨ªa o comisi¨®n" que signifique "pagos distintos al canon de arrendamiento".
Ordena, adem¨¢s, el fin del "arbitraje privado para resolver conflictos surgidos entre arrendador y arrendatario con motivo de la relaci¨®n arrendaticia" hasta tanto no exista una ley que regule el asunto de manera definitiva.
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