La Audiencia solo investigar¨¢ a la c¨²pula de las cajas de Bankia por las preferentes
La sala de lo penal fija los criterios para las causas criminales sobre los productos h¨ªbridos En un auto afirman que es ¡°inconcebible¡± que los empleados fueran quienes idearan su venta
La Audiencia Nacional ha fijado ya los criterios para la investigaci¨®n penal sobre las participaciones preferentes de las cajas que componen Bankia. En dos autos ¡ªresoluciones motivadas¡ª conocidos este martes, la Sala de lo Penal acota la causa criminal a los directivos de Caja Madrid y las entidades que conformaron Banco Financiero y de Ahorro (BFA) y Bankia. La Secci¨®n Tercera de lo penal rechaza investigar a los empleados de las sucursales, ya que considera ¡°inconcebible¡± que fueran estos los que idearan la comercializaci¨®n de estos productos de deuda perpetua con los que miles de familias han perdido los ahorros invertidos.
Los magistrados rechazan tambi¨¦n dirigir la acci¨®n contra las personas jur¨ªdicas, ya que la responsabilidad penal de las empresas y sociedades no entr¨® en vigor hasta diciembre de 2010, y no se puede aplicar con car¨¢cter retroactivo.
La Secci¨®n Tercera ha inadmitido parcialmente la querella de UPyD contra Bankia y Caja Madrid como personas jur¨ªdicas y ha rechazado tambi¨¦n varios recursos contra autos del juez instructor Fernando Andreu. La sala recuerda que debe investigarse la planificaci¨®n llevada a cabo desde los ¨®rganos directivos de las entidades querelladas para comercializar las participaciones preferentes. El tribunal entiende que la investigaci¨®n es pertinente al ser los instrumentos de deuda perpetua una parte de los activos de las entidades bancarias, que los usaron para capitalizarse. ¡°Es evidente la necesidad de investigar si para paliar, retrasar u ocultar de alguna manera¡± el deterioro de las cuentas de la entidades crediticias, las cajas querelladas ¡°utilizaron la emisi¨®n de deuda subordinada y/o participaciones preferentes como una manera de captar activos y disfrazar la situaci¨®n de insolvencia en la que se encontraban respecto a las cajas que formaban BFA y en especial Caja Madrid y Bancaja¡±.
En esencia, el tribunal sostiene que la investigaci¨®n se debe centrar en las personas que conformaban las c¨²pulas directivas. En caso de que alg¨²n perjudicado entienda que alguno de los empleados de la sucursal que le vendi¨® las preferentes se extralimit¨® deber¨ªa actuar contra ¨¦l en la jurisdicci¨®n provincial, y no en la Audiencia Nacional.
Respecto al llamado case de operaciones ¡ªcuando las sucursales ofrecieron a sus mejores clientes recomprar las preferentes al precio de venta cuando se supo que no val¨ªan en el mercado lo que figuraba en el nominal para despu¨¦s coloc¨¢rselas a clientes ordinarios¡ª el tribunal decide no entrar tampoco. La sala entiende que no consta que exista un plan preconcebido para beneficiar de forma individual a unos clientes en perjuicio de otros, y por tanto el perjudicado econ¨®micamente por esta forma de actuar deber¨¢ acudir a la v¨ªa civil contra la entidad emisora.
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