Deutsche Bank deber¨¢ devolver 3 millones a 49 preferentistas por mala praxis
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Deutsche Bank a devolver a 49 clientes 2,9 millones que invirtieron en preferentes del banco americano Lehman Brothers y los islandeses Landsbanki y Kaupthing por mala praxis en su comercializaci¨®n.
En una sentencia, la secci¨®n 11 del tribunal madrile?o revoca la resoluci¨®n en la que un juzgado de primera instancia daba la raz¨®n a la entidad por considerar que su perfil se correspond¨ªa con clientes conocedores del producto que contrataban.
Sin embargo, la Audiencia Provincial estima que la entidad incumpli¨® sus obligaciones contractuales de "diligencia, lealtad e informaci¨®n en la comercializaci¨®n de los productos", por lo la condena al resarcimiento de da?os y abono de intereses, cantidad a lo que se deber¨¢ minorar en la cuant¨ªa en que la entidad acredite haber abonado a sus clientes en concepto de cup¨®n o beneficio.
As¨ª, deber¨¢ abonarles las cantidades invertidas, que oscilan entre los 22.000 y los 298.000 euros.
Los magistrados, que resuelven as¨ª en apelaci¨®n la mayor demanda en volumen y por n¨²mero demandantes que un tribunal ha fallado hasta ahora a favor de preferentistas, considera probado que se trataba de inversores minoristas y conservadores que lo que intentaban era "invertir en productos rentables pero seguros".
Seg¨²n la sentencia, Deutsche Bank ni "les explic¨® la naturaleza y caracter¨ªsticas de unos productos de riesgo, como eran las participaciones preferentes, ni la situaci¨®n de riesgo econ¨®mico y financiero que subyac¨ªa a las emisiones" de estas tres entidades, y tampoco tuvo en cuenta el perfil minorista de los inversores.
Inversores que, prosigue, "buscan ante todo rentabilidad y huyen de la p¨¦rdida del capital invertido", por lo que no actuaron "como si estuvieran en una ruleta l¨²dica jugando a apostar a ciegas con el dinero que tal vez han estado ahorrando durante mucho tiempo".
Deutsche Bank no les proporcion¨® "informaci¨®n suficiente para poder dar su pleno consentimiento" a la contrataci¨®n de estos productos, por lo que la Audiencia concluye que acabaron dando su aprobaci¨®n "a algo distinto o a algo parcialmente desconocido".
Subraya que no se trata de "sustraerles al dicho de 'estar a las duras y a las maduras', ya que no consta que se les explicaran o expusieran las condiciones 'duras' (es decir, los riesgos de p¨¦rdida) de las preferentes que compromet¨ªan su inversi¨®n".
El tribunal enmarca su decisi¨®n en el contexto de 2006, fecha en que se emitieron estos productos, cuando aparecen los "primeros s¨ªntomas de la crisis", cuya "eclosi¨®n" lleg¨® con la quiebra de Lehman Brothers en 2008, a?o en que lo mismo sucedi¨® con los tres grandes bancos islandeses, entre los que se encuentran Landsbanki y Kaupthing.
Los letrados Jordi Ruiz de Villa, del despacho Jausas, y Fernando Zunzunegui, de Zunzunegui Abogados, que han defendido a los afectados, consideran que la sentencia es novedosa porque reconoce que Deutsche Bank, como comercializador, deb¨ªa conocer "esos movimientos, alertas, temores y presagios" que desde 2006 afectaban a los mercados, escollos de los que deb¨ªa haber avisado a los inversores.
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