La letra peque?a del acuerdo entre Repsol y Argentina sobre YPF
La espa?ola se compromete a retirar 28 pleitos en un contrato de mas de 120 p¨¢ginas El arbitraje en caso de incumplimiento de la indemnizaci¨®n ser¨¢ en Par¨ªs Buenos Aires podr¨¢ recomprar bonos en las condiciones en que Repsol los coloque
Un contrato de 21 cl¨¢usulas en 36 p¨¢ginas con 14 anexos que llevan el total del texto a m¨¢s de 120 p¨¢ginas es el que ha servido para firmar la paz entre Argentina y Repsol por la expropiaci¨®n de YPF. Tal y como hab¨ªa anunciado la petrolera, el contrato blinda el cobro de los 5.000 millones de d¨®lares (algo m¨¢s de 3.600 millones de euros) incluso en caso de reestructuraci¨®n de la deuda argentina. La petrolera espa?ola se compromete a retirar la avalancha de pleitos que, directamente o a trav¨¦s de terceros, sumaba ya 28 casos ante tribunales argentinos, estadounidenses, espa?oles e internacionales.
En el contrato, Repsol "ratifica su disconformidad con la expropiaci¨®n, su procedimiento y la compensaci¨®n ofrecida". "No obstante, considerando las ventajas de una soluci¨®n anticipada y los compromisos asumidos en el acuerdo, decide aceptar la compensaci¨®n ofrecida al efecto de poner pronto y definitivo t¨¦rmino a la controversia por v¨ªa amigable", a?ade.
El contrato firmado este jueves en Buenos Aires estipula que la entrega de los t¨ªtulos de deuda p¨²blica no producir¨¢ por s¨ª misma los efectos del pago de la compensaci¨®n. El efecto liberatorio del pago s¨®lo se producir¨¢ cuando Repsol reciba los importes debidos en concepto de amortizaci¨®n de los bonos a su vencimiento o la petrolera espa?ola venda esos t¨ªtulos a terceros.
Repsol no podr¨¢ en ning¨²n caso, sea por el cobro del importe de las amortizaciones de los t¨ªtulos p¨²blicos y/o por su enajenaci¨®n, recibir un monto mayor al de la compensaci¨®n, establece el acuerdo. Cuando la petrolera espa?ola lleve recibidos 4.800 millones,?deber¨¢ comunicarlo a Argentina, que tendr¨¢? durante 10 d¨ªas una opci¨®n para adquirir los t¨ªtulos p¨²blicos que Repsol mantenga en su poder por 200 millones de d¨®lares m¨¢s intereses devengados pendientes de pago. Si no la ejerce, Repsol avisar¨¢ cuando alcance los 5.000 millones de d¨®lares.
Renuncia a acciones legales
La cl¨¢usula sexta del contrato regula las renuncias y desistimientos a acciones legales, que afectan no solo a las compa?¨ªas sino tambi¨¦n a las personas vinculadas. Adem¨¢s de la retirada, Repsol "renuncia a promover cualquier reclamo extrajudicial, judicial o arbitral en el futuro en cualquier fuero o jurisdicci¨®n, nacional, extranjera o internacional contra la Rep¨²blica Argentina y/o sus personas vinculadas e YPF e YPF Gas y/o sus personas vinculadas". Las renuncias son rec¨ªprocas.
El anexo V del documento lista los 19 pleitos de Repsol sujetos a desisiitimiento. El anexo VI enumera los nueve casos de terceros vinculados a Repsol que presentaron pleitos por su cuenta (incluido uno del presidente de la petrolera, Antonio Brufau) y que tambi¨¦n se retirar¨¢n. El anexo VII, a su vez, relaciona los 9 pleitos de terceras personas contra Repsol y sus directivos que ser¨¢n tambi¨¦n retirados. Pero en realidad el acuerdo de retirada de conflictos se extiende tambi¨¦n a cualquier otro pleito que haya podido pasarse por alto.
Arbitraje si hay desacuerdo
Entre las protecciones de Repsol para el caso de incumplimiento de las obligaciones de pago, se establecen la aceleracio?n (vencimiento anticipado del pago y su exigibilidad en efectivo) del importe de la compensacio?n pendiente de cobro por Repsol; el devengo intereses de demora (transcurrido el periodo de subsanacio?n de 30 di?as y hasta su efectivo pago, la suma adeudada devengara? un intere?s anual del 8,75%, ma?s un intere?s moratorio del 1,75%), y el derecho de retencio?n de Repsol sobre los ti?tulos pu?blicos, con la facultad de disponer de los mismos hasta que se liquide la deuda.
El contrato establece que "todo litigio, controversia o reclamaci¨®n entre las partes resultante de este acuerdo o que guarde relaci¨®n directa con ¨¦ste" se resolver¨¢ exclusivamente mediante arbitraje seg¨²n el Reglamento de Arbitraje de la Comisi¨®n de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Uncitral). En caso de surgir cualquier controversia o diferencia entre las partes, proceder¨¢n a comunicarla a la otra parte. Las partes deber¨¢n llevar adelante un per¨ªodo obligatorio de conversaciones amistosas de 30 d¨ªas. Si no hay acuerdo en ese plazo, cualquiera de las partes quedar¨¢ habilitada para iniciar el arbitraje. El n¨²mero de ¨¢rbitros ser¨¢ de tres, el lugar del arbitraje ser¨¢ Par¨ªs y el idioma del arbitraje el espa?ol. Cada parte designar¨¢ un ¨¢rbitro. Los dos ¨¢rbitros as¨ª designados, de com¨²n acuerdo, designar¨¢n al tercero, que presidir¨¢ el tribunal. En caso de falta de acuerdo respecto de la designaci¨®n del tercer ¨¢rbitro, la autoridad nominadora ser¨¢ el Secretario General de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya.
Cotizaciones de bancos de inversi¨®n
Para el c¨¢lculo del valor de mercado del precio de los bonos argentinos, se usar¨¢n como referencia las cotizaciones de cinco bancos de inversi¨®n: Bank of America, JP Morgan, Goldman, Citibank y UBS. Argentina podr¨¢ recomprar sus bonos en las mismas condiciones en que Repsol los coloque a terceros en caso de que la petrolera haga operaciones de m¨¢s de 300 millones.
El acuerdo est¨¢ sometido a seis condiciones suspensivas. La junta de Repsol aprobar¨¢ el acuersdo el 28 de marzo, el Congreso argentino, antes del 1 de mayo y se retirar¨¢n las medidas cautelares en los procesos judiciales abiertos antes del 7 de mayo. A partir de que eso ocurra, el acuerdo ser¨¢ efectivo.
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