El inversor pide cita con Hacienda
Este a?o, la declaraci¨®n de la renta trae importantes novedades para los ahorradores
Hasta el pr¨®ximo 30 de junio est¨¢ abierto el plazo de presentaci¨®n de la declaraci¨®n de IRPF 2013. Si bien hay importantes novedades en todos los terrenos, a¨²n son m¨¢s las que afectan al ahorro y la inversi¨®n.
En primer lugar, no hay que olvidar que, de nuevo, desde el 1 de enero de 2013 se integran en la base imponible general (tipos de hasta un 56% en algunas comunidades aut¨®nomas) las ganancias y p¨¦rdidas patrimoniales obtenidas en un plazo inferior al a?o (venta de acciones, fondos de inversi¨®n¡). Tal y como explican desde Arrabe Asesores, esas ganancias y p¨¦rdidas pueden compensarse entre s¨ª, y aun si el saldo fuese negativo, este puede reducir hasta en un 10% el total de los rendimientos obtenidos por el contribuyente. Si tras esa compensaci¨®n existiese a¨²n remanente de saldo negativo, dicho importe se podr¨¢ utilizar en los cuatro a?os siguientes.
Las ganancias y p¨¦rdidas patrimoniales generadas en un plazo superior a un a?o se deben integrar en la base imponible del ahorro, que tiene tipos impositivos fijos m¨¢s reducidos: 21% para plusval¨ªas inferiores a 6.000 euros, el 25% para las que se encuentren entre los 6.000 euros y los 24.000 euros, y el 27% para las superiores a 24.000 euros. Igualmente, las ganancias y p¨¦rdidas obtenidas en plazos superiores a los 12 meses pueden compensarse entre s¨ª, pero si el resultado fuese negativo (minusval¨ªas superiores), su importe solo podr¨¢ utilizarse con plusval¨ªas de m¨¢s de un a?o durante los cuatro siguientes.
Un ejercicio m¨¢s no hay que olvidar, tal y como explican desde el Registro de Economistas y Asesores Fiscales (REAF), que para los bienes adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994 se mantiene vigente un r¨¦gimen especial: la parte de ganancia obtenida linealmente hasta el 19 de enero de 2006 se reduce por los coeficientes de abatimiento, 11,11% si se trata de inmuebles, 25% si se trata de acciones admitidas a cotizaci¨®n y 14,28% en el resto de bienes y derechos.
El periodo de las ganancias o p¨¦rdidas patrimoniales es muy importante
Es tambi¨¦n importante recordar que no se grava la ganancia obtenida por transmisi¨®n de la vivienda habitual si el importe obtenido se invierte en la adquisici¨®n de otra vivienda habitual. Y si las ganancias se hubieran obtenido en la transmisi¨®n de una vivienda habitual de mayores de 65 a?os, estas tampoco tributan. Y como novedad de este a?o, tal y como explican los T¨¦cnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), existe un premio para la venta de inmuebles urbanos adquiridos en 2012. ¡°Aunque esta ventaja fiscal pasa desapercibida con bastante frecuencia, la compra de cualquier inmueble urbano realizada entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2012 tiene premio, ya que por su venta en 2013 y en ejercicios posteriores se puede lograr un ahorro del 50% respecto a la tributaci¨®n que corresponder¨ªa para antes de 12 de mayo de 2012. Eso s¨ª, para evitar fraudes, no se admiten adquisiciones a c¨®nyuges, parientes hasta segundo grado y entidades relacionadas con el contribuyente¡±, seg¨²n Gestha.
En materia de inversi¨®n y vinculadas a las ganancias y p¨¦rdidas patrimoniales, desde Arrabe Asesores realizan algunas precisiones: los beneficios obtenidos a trav¨¦s de los futuros burs¨¢tiles, si se realizan para cubrir riesgos, tendr¨¢n el car¨¢cter de actividades econ¨®micas dentro del IRPF. ¡°Si se trata de futuros con finalidades especulativas (operaci¨®n bastante m¨¢s habitual), se deben considerar ganancias o p¨¦rdidas patrimoniales y se integran junto al resto de productos derivados en la base imponible del ahorro¡±.
Los regalos que, en ocasiones, las entidades bancarias ofrecen en sus dep¨®sitos tributan como rendimientos del capital mobiliario por su valor normal en el mercado m¨¢s el ingreso a cuenta que por el mismo haya realizado la entidad.
Desde el REAF explican que la casu¨ªstica en torno a las participaciones preferentes es muy diversa. Si bien en general se habr¨¢ producido un rendimiento del capital mobiliario negativo (que solo puede ser compensado con rendimientos positivos del a?o y, si a¨²n quedase saldo negativo, con los rendimientos del capital mobiliario positivos de los cuatro ejercicios siguientes), la transmisi¨®n en 2013 de las acciones recibidas producir¨¢ una ganancia o p¨¦rdida patrimonial que tributar¨¢ en la base del ahorro o general seg¨²n hayan estado en su patrimonio m¨¢s o menos de un a?o.
La casu¨ªstica en torno a las preferentes es bastante diversa
En los casos en los que el preferentista acudi¨® a un procedimiento de arbitraje, la situaci¨®n cambia. De forma general, ¡°se calcula el rendimiento del capital mobiliario, normalmente negativo, por diferencia entre lo percibido que ser¨¢ el m¨¢ximo a restituir fijado por el laudo y el valor de adquisici¨®n de las preferentes. En los casos en los que las acciones recibidas no se hubieran vendido, cuando se transmitan se producir¨¢ una ganancia o p¨¦rdida patrimonial¡±, explican en el REAF.
Gestha recomienda que las personas que hayan realizado aportaciones a planes de pensiones revisen con detenimiento su declaraci¨®n, ya que los ahorros fiscales van desde un m¨ªnimo del 24,75% hasta un m¨¢ximo del 52% de la inversi¨®n realizada, llegando al 56% en el caso de Andaluc¨ªa, Asturias y Catalu?a. Desde el REAF recuerdan que estas aportaciones (o las canalizadas hacia mutualidades de previsi¨®n social, planes de previsi¨®n asegurados, planes de previsi¨®n social empresarial o determinados seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa) reducen la base imponible (el conjunto de ingresos del contribuyente) hasta en un 30% (o 10.000 euros) para los menores de 50 a?os y en un 50% (12.500 euros) para los mayores.
En materia inmobiliaria no hay que olvidar que los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual o realizaran alg¨²n pago para su construcci¨®n antes del 1 de enero de 2013 mantienen el derecho a la desgravaci¨®n en 2014 y sucesivos a?os siempre que hayan deducido por dicha vivienda en 2012 o a?os anteriores. Pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un l¨ªmite de 9.040 euros.
No obstante, en el Pa¨ªs Vasco y Navarra, que tienen su propio IRPF, pueden seguir practicando deducci¨®n por vivienda habitual tambi¨¦n los que adquieran vivienda o inicien su construcci¨®n con posterioridad al 1 de enero de 2013.
Este es el primer a?o en el que los premios de las loter¨ªas y apuestas organizadas por Loter¨ªas y Apuestas del Estado y por las comunidades aut¨®nomas, Cruz Roja Espa?ola y por la ONCE ya no est¨¢n exentas del impuesto sobre la renta. Tributan al 20% por la parte que excede de 2.500 euros. En general, las entidades ya habr¨¢n practicado esa retenci¨®n, por lo que habr¨¢ que incluirla en la declaraci¨®n.
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