El Gobierno renuncia a acabar con los blindajes de voto en las cotizadas
Econom¨ªa suprime de la propuesta de C¨®digo Mercantil la cl¨¢usula que declaraba nulas las limitaciones de derechos en las juntas de las cotizadas
El art¨ªculo que imped¨ªa a las empresas cotizadas poner l¨ªmites a los votos que puede hacer un solo accionista ha desaparecido del Anteproyecto de Ley del C¨®digo Mercantil. Esta norma, que sustituir¨¢ al C¨®digo de Comercio, vigente desde 1885, finalmente, no reabre la batalla de los blindajes. As¨ª, se seguir¨¢ permitiendo que las compa?¨ªas cotizadas pongan tope al poder que pueden acumular algunos de sus accionistas, como le ocurri¨® por ejemplo a ACS en Iberdrola o a Sacyr en Repsol.
En la primera propuesta que elabor¨® la comisi¨®n responsable de este anteproyecto normativo s¨ª se recog¨ªa el fin de los blindajes, pues se propon¨ªa declarar ¡°nulas de pleno derecho las cl¨¢usulas estatutarias que fijen con car¨¢cter general el n¨²mero m¨¢ximo de votos que puede emitir un mismo accionista¡±. Eso supon¨ªa resucitar la llamada enmienda Florentino, que impuls¨® el Gobierno de Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero y luego anul¨® el Ejecutivo de Mariano Rajoy en 2012. Al final, el C¨®digo Mercantil ha dejado fuera el tema. As¨ª, se mantiene la posibilidad de limitar los votos, con la excepci¨®n que se incluy¨® en 2012, que contempla la nulidad de esos topes si hay una opa aceptada por m¨¢s del 70% de los accionistas.
El proyecto renuncia a regular contratos de distribuci¨®n o de turismo
En realidad, en materia de compa?¨ªas cotizadas, este anteproyecto ha decidido asumir por completo la normativa a la que hace dos semanas dio luz verde el Consejo de Ministros sobre gobierno corporativo. Justicia explic¨® este viernes que no ten¨ªa sentido elaborar dos normativas sobre el mismo tema, por lo que el C¨®digo Mercantil absorber¨¢ la legislaci¨®n elaborada a partir de la comisi¨®n de expertos de gobierno corporativo. Y en esa normativa los blindajes han quedado fuera.
No es lo ¨²nico que finalmente se queda en el caj¨®n. El C¨®digo Mercantil tambi¨¦n aspiraba a regular los contratos de distribuci¨®n o los tur¨ªsticos. Pero esos art¨ªculos tampoco aparecen ya en el anteproyecto. El de distribuci¨®n preocupaba mucho a algunos sectores, como el de la automoci¨®n, donde fabricantes y distribuidores pod¨ªan verse obligados a asumir costes de los concesionarios. Tambi¨¦n las farmac¨¦uticas y las cadenas de alimentaci¨®n pon¨ªan pegas a la propuesta inicial. En cuanto al turismo, las comunidades aut¨®nomas, que tienen transferidas muchas competencias, advert¨ªan de que se pod¨ªan crear contradicciones. Al final, ni la distribuci¨®n ni el turismo quedan dentro del nuevo C¨®digo.
Seg¨²n Justicia, esas dos ¨¢reas quedan fuera porque, tras estudiar los sectores, consideran que era complejo alcanzar una normativa ¡°con un denominador com¨²n¡±, y por eso era mejor ¡°que siguiera funcionando el libre pacto entre las partes contratantes¡±, justific¨® este departamento. Aseguraron que la decisi¨®n no responde a la insistencia de ciertas empresas o lobbys. ¡°Alegaciones s¨ª hemos recibido, muchas. Presiones no¡±, zanj¨® Justicia.
Un nuevo C¨®digo 130 a?os despu¨¦s
Pese a dejar fuera estos aspectos inicialmente incluidos, el C¨®digo Mercantil no es precisamente corto. Incluye en total 1.727 art¨ªculos, distribuidos en siete libros. Cuando terminen los tr¨¢mites parlamentarios, sustituir¨¢ al C¨®digo de Comercio vigente, que data de 1885. En principio, su aprobaci¨®n definitiva est¨¢ prevista para junio de 2015. Despu¨¦s habr¨¢ un periodo antes de que entre en vigor, que estaba previsto en tres meses. Sin embargo, miembros de la Comisi¨®n de Codificaci¨®n que han participado en su elaboraci¨®n se?alaron que creen que ser¨¢ necesario un periodo de adaptaci¨®n m¨¢s largo, por lo que quiz¨¢ hasta 2016 no entre en vigor.
El anteproyecto ha tardado ocho a?os en salir a la luz. Fue el ministro socialista Juan Fernando L¨®pez Aguilar quien en noviembre de 2006 encarg¨® a la Secci¨®n de Derecho Mercantil de la Comisi¨®n General de Codificaci¨®n la elaboraci¨®n de la propuesta, en la que han trabajado m¨¢s de 60 expertos. El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallard¨®n, insisti¨®, tras el Consejo de Ministros, en la extrema antig¨¹edad del C¨®digo de Comercio vigente, que seg¨²n se?al¨® a modo de ejemplo, identifica como tecnolog¨ªas novedosas el ferrocarril o la m¨¢quina de vapor. ¡°La realidad de nuestro pa¨ªs ha cambiado de una forma extraordinaria en 130 a?os¡±, dijo.
El capital para crear una sociedad an¨®nima se duplica hasta 120.000 euros
Se trata de un c¨®digo mercantil, y por tanto, que regula los derechos y deberes de los empresarios y de las relaciones entre empresas, y no, por ejemplo, de los consumidores. Aglutina diversas normas y actualiza otras muy anticuadas, siempre dentro del ¨¢mbito mercantil, y sobre esa base, se van a mantener otras normativas. Por ejemplo, sienta los principios de regulaci¨®n de los cajeros autom¨¢ticos o las tarjetas de cr¨¦dito, y las obligaciones b¨¢sicas de las empresas que las emiten. Sin embargo, a esos principios, se a?aden las normas del Banco de Espa?a o de derechos de los consumidores, que son las que determinan las sanciones o los derechos de los clientes de los bancos.
En cuanto a la creaci¨®n de empresas, entre las principales novedades, la norma eleva el capital social m¨ªnimo para constituir una sociedad an¨®nima, que aumenta desde los 60.000 euros actuales a los 120.000 euros. Tambi¨¦n a?ade una simplificaci¨®n a la disoluci¨®n de sociedades sin actividad: si una empresa no tiene ning¨²n activo, para darla de baja se podr¨¢ cancelar sin necesidad de declarar su concurso de acreedores, puesto que no hay posibilidad de recuperar nada de ella. Adem¨¢s, el c¨®digo pasa de ser ¡°de comercio¡± a ¡°mercantil¡± y no afecta solo a los empresarios en el sentido estricto de la palabra, sino a todos los ¡°operadores del mercado¡±, lo que incluye fundaciones, agricultores, artesanos o a todos los profesionales que trabajan con contratos mercantiles, por ejemplo, abogados o escritores.
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