El Tribunal Supremo anula una multa de 10 millones a Telef¨®nica
La sanci¨®n hab¨ªa sido impuesta por discriminar a los rivales en el acceso a su red
El Tribunal Supremo ha anulado una multa de 10 millones de euros impuesta por la Comisi¨®n del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) a Telef¨®nica por discriminar a los operadores alternativos a la hora de darles acceso a su red de par de cobre para prestar servicios de Internet.
La sanci¨®n fue impuesta por la CMT ¡ªactualmente integrada en la Comisi¨®n Nacional de Mercados y Competencia (CNMC)¡ª en noviembre de 2008, al entender que Telef¨®nica cometi¨® una infracci¨®n muy grave al incumplir, entre febrero de 2007 a abril de 2008, su obligaci¨®n de ofrecer a sus rivales el acceso al bucle de abonado en los mismos plazos que a su filial, Telef¨®nica de Espa?a. La sanci¨®n fue recurrida ante la Audiencia Nacional pero ¨¦sta desestim¨® el recurso de la operadora en marzo de 2011.
Ahora el Supremo le da la raz¨®n a Telef¨®nica al entender que la prohibici¨®n gen¨¦rica de no discriminaci¨®n se concreta en principio en las obligaciones espec¨ªficas de la Oferta de Bucle de Abonado (OBA), tal como sostiene la operadora y, como aplicaci¨®n directa, requiere una estricta equivalencia entre los servicios sometidos a la comparaci¨®n. Sin embargo, en el caso juzgado el tribunal entiende que nos encontramos con servicios distintos, a mayoristas frente a minoristas, y con que los mayoristas fueron prestados en los plazos previstos en la OBA.
¡°Ambas circunstancias hacen inasumible la conclusi¨®n a la que llegan la CMT y la Sala de instancia [Audiencia Nacional] respecto a la supuesta actuaci¨®n discriminatoria de Telef¨®nica¡±, dice el Supremo.
El Supremo entiende que no es posible admitir que si se cumplieron y mejoraron los plazos expresamente previstos en la OBA para determinados servicios mayoristas, dicha actuaci¨®n sea calificada como discriminatoria por ser tales plazos superiores a plazos en la provisi¨®n de unos servicios distintos (minoristas) aunque destinados a la misma finalidad.
No es la primera vez que el Supremo anula una multa de la CMT. En noviembre de 2013, este Tribunal ya anul¨® una multa de 13 millones que le hab¨ªa sido impuesta por incumplir intencionadamente sus resoluciones de modo que se dificultase la competencia de nuevas compa?¨ªas.
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