La justicia europea dictamina que el impuesto de sucesiones vulnera la ley
El TJUE critica que los no residentes no puedan acogerse a las deducciones auton¨®micas
La justicia europea considera que el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones vulnera, parcialmente, la legislaci¨®n comunitaria. El Tribunal de Luxemburgo ha dictaminado este mi¨¦rcoles que el tributo ¡ªun gravamen estatal cedido a las comunidades aut¨®nomas¡ª es contrario a la normativa comunitaria por obligar a pagar m¨¢s a los residentes en otro Estado miembro. La mayor¨ªa de comunidades aut¨®nomas ofrece deducciones sobre este impuesto a las que ¨²nicamente pueden acogerse los residentes en esa regi¨®n. De esta forma, los residentes en otro pa¨ªs de la UE o los titulares de inmuebles localizados fuera del territorio nacional se ven abocados a pagar el tramo estatal, m¨¢s alto que el auton¨®mico.
El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) considera que no existe "ninguna diferencia objetiva que pudiera justificar esta diferencia en el tratamiento" entre la situaci¨®n de un residente y la de un no residente o entre una propiedad localizada en territorio nacional y otra que est¨¦ fuera de Espa?a. "Toda diferencia de trato da lugar a una discriminaci¨®n", subraya en la sentencia.
La justicia europea da as¨ª la raz¨®n al Ejecutivo comunitario, que llev¨® el caso a los tribunales en 2012, y considera que se produce una "restricci¨®n" a la libertad de circulaci¨®n de capitales ¡ªuno de los pilares de la construcci¨®n comunitaria¡ª, al margen de que las comunidades aut¨®nomas hayan llevado o no a cabo reducciones sobre los tipos de gravamen. En cambio, el TJUE niega que constituya una violaci¨®n a la libre circulaci¨®n de personas entre los Estados miembros, como alegaba Bruselas.
La sentencia, sobre la que no cabe recurso, es de obligado cumplimiento para Espa?a. Un portavoz del Ministerio de Hacienda y Administraciones P¨²blicas reconoce la "complejidad" que entra?a la adaptaci¨®n del marco actual y afirma que los t¨¦cnicos ya est¨¢n analizando las posibilidades para la correcta aplicaci¨®n del fallo. El impuesto de Sucesiones y Donaciones es aplicable en todo el territorio nacional, con las ¨²nicas excepciones de Navarra y Pa¨ªs Vasco.
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