El 20% de las comunidades de vecinos se juega una sanci¨®n fiscal
Tienen hasta el 2 de marzo para declarar las operaciones realizadas con terceros si el importe supera los 3.005 euros
El 20% de las comunidades de propietarios se arriesga a una sanci¨®n fiscal por no declarar a Hacienda las operaciones realizadas durante 2014 con empresas de reformas, ascensores u otros profesionales cuando hayan superado en total la cifra de 3.005,06 euros.
El Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAF Madrid) avisa que de estas comunidades, que desconocen su obligaci¨®n con el fisco, se arriesgan a una multa de 20 euros por cada proveedor que no se haya reflejado, con un m¨ªnimo de 300 euros y un m¨¢ximo de 20.000 euros.
La nueva exigencia fiscal les obligada a presentar el modelo 347 ante Hacienda desde el 1 de enero de 2014 y con efectos desde este mes de febrero de 2015. "Este modelo solo se puede presentar hasta el 2 de marzo y, sin embargo, todav¨ªa muchas comunidades desconocen esta obligaci¨®n fiscal, omisi¨®n que puede derivar en importantes sanciones econ¨®micas", se?ala Manuela Julia Mart¨ªnez Torres, presidenta de la instituci¨®n.
El CAF Madrid recuerda que la informaci¨®n sobre dichas operaciones frente a terceros debe ser facilitada por la propia comunidad a trav¨¦s de su administrador de fincas y sobre una base de c¨®mputo anual. Adem¨¢s, "todas las entregas y adquisiciones de bienes o servicios a la comunidad deber¨¢n ir acompa?adas por la correspondiente factura. Esto es, si la comunidad realiz¨® una obra por importe superior a 3.005,06 euros y no solicit¨® o le entregaron factura puede ser sancionable, por estar tipificado en el art¨ªculo 201 de Reglamento General de actuaciones y procedimientos de gesti¨®n e inspecci¨®n tributaria. Y aunque esta sanci¨®n afecta el expedidor de la factura (empresa de reforma en este caso), puede existir el supuesto de responsabilidad subsidiaria, haciendo responsables del pago de las cuotas tributarias a los destinatarios de las operaciones que sean empresarios o profesionales, como son en este caso las comunidades de propietarios", insiste Mart¨ªnez Torres.
Ahora bien, esta exigencia fiscal tiene excepciones: la comunidad de propietarios no tendr¨¢ que informar sobre los gastos en suministros de agua, energ¨ªa el¨¦ctrica y combustibles de cualquier tipo con destino a su uso y consumo comunitario. Tampoco estar¨¢n sujetos a esta informaci¨®n los seguros que tengan por objeto el aseguramiento de bienes y derechos de zonas y elementos comunes.
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