Competencia dice que el reparto de derechos del f¨²tbol no es objetivo
La CNMC entiende que debe atender a criterios de ingresos por taquilla en lugar de la implantaci¨®n social
La Comisi¨®n Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha aprobado un informe en el que plantea una bater¨ªa de objeciones al decreto-ley?que aprob¨® el Gobierno el pasado abril para la venta conjunta de los derechos televisivos del f¨²tbol. La m¨¢s importante es que?en lugar del reparto de ingresos sobre criterios de "implantaci¨®n social" a partir de estudios de mercado, esa implantaci¨®n ?"deber¨ªa calcularse sobre variables objetivas y verificables como la recaudaci¨®n en abonos y taquilla".
El regulador se?ala en el informe que "a pesar de las ventajas que puede presentar este modelo (generaci¨®n de eficiencias, comercializaci¨®n de una marca global del campeonato, solidaridad financiera entre equipos)", se?deber¨ªa haber introducido m¨¢s garant¨ªas de competencia y criterios m¨¢s "objetivos" en el reparto a los clubes de los ingresos de las televisiones.
Competencia tambi¨¦n entiende que "se deben evitar posibles tratamientos diferenciados de los clubes sobre el cobro de deudas por parte de las Administraciones P¨²blicas". Aboga por que los ingresos obtenidos por los derechos audiovisuales se dediquen "de forma obligatoria, preferente
y en un plazo perentorio, a saldar dichas deudas". "Esta obligaci¨®n deber¨ªa primar sobre cualquier otra utilizaci¨®n (por ejemplo, gastos en fichajes de nuevos jugadores)", subraya.
Por otra parte, opina que las compensaciones que deben realizar los clubes a la Liga (del 1%) y a la Federaci¨®n Espa?ola (del 1%) deber¨ªan guiarse "por un criterio de orientaci¨®n a costes para que no haya incentivos a p¨¦rdida de eficiencia".
Otra objeci¨®n que apunta la CNMC es que el fondo de compensaci¨®n (del 3,5%) para los equipos que descienden de categor¨ªa "podr¨ªa alterar el libre juego de la competencia econ¨®mica y deportiva porque estos equipos ya cuentan, generalmente, con mayores ingresos que sus nuevos compa?eros de categor¨ªa".
El regulador reconoce que el decreto-ley ha incorporado algunas de sus recomendaciones al Gobierno sobre este sector, como la de limitar la duraci¨®n de los contratos de explotaci¨®n y comercializaci¨®n de los derechos audiovisuales a un m¨¢ximo de tres a?os y que se evita que un
solo operador acapare los derechos de los diferentes productos comercializables.
La CNMC tambi¨¦n valora que para evitar situaciones de fraude en el?reparto de los ingresos, se tendr¨¢ en cuenta el puesto en la clasificaci¨®n alcanzado por el club en cada temporada, en vez de asignar un porcentaje en funci¨®n del tramo, porque "esto dar¨¢ incentivos econ¨®micos a los equipos para que compitan a¨²n en mayor medida hasta el final de temporada".
Sobre la filosof¨ªa del decreto, la CNMC recuerda que su postura es que la venta conjunta de los derechos "supone un acuerdo horizontal entre competidores con el principal efecto de fijar el precio" y "en principio, esta f¨®rmula est¨¢ prohibida por la normativa nacional y comunitaria
de competencia". Sin embargo, reconoce que la Comisi¨®n Europea considera?que presenta determinadas eficiencias y mejoras para el bienestar del consumidor, que permiten que se recurra a ella y "en consecuencia, el Gobierno podr¨ªa estar legitimado jur¨ªdicamente para establecer dicho
sistema en Espa?a".
La CNMC considera que en el caso espa?ol, el sistema de venta de derechos conjuntos es de "dif¨ªcil justificaci¨®n" desde el punto de vista de la competencia frente al sistema vigente hasta ahora. "Por ello, a pesar de que el modelo que plantea el Real Decreto-Ley podr¨ªa representar?ciertas mejoras, siempre que se confirmen las eficiencias alegadas, convendr¨ªa?que fuesen evaluadas bajo los principios de necesidad y proporcionalidad", a?ade el informe.
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