Hipotecarse con un novio y otros nueve errores al comprar una casa
Algunos de los prop¨®sitos de los compradores de casa para este 2016 deber¨ªan ser los de evitar el excesivo endeudamiento y olvidarse de un aval familiar sin l¨ªmite
Que cualquiera puede comprar una casa o gestionar el alquiler de un piso es una verdad a medias. "La inversi¨®n en inmuebles atrae mucho, tambi¨¦n a los peque?os ahorradores, porque se piensa que es un negocio f¨¢cil de comprender porque no hay claves ocultas, como sucede con la Bolsa o en los fondos de inversi¨®n", explica Eduardo Sol¨¦, socio fundador de la inmobiliaria Monapart. Tanto si la casa es una inversi¨®n como si es para vivir, estos son algunos de los errores frecuentes que conviene evitar:
Primero. Estar dispuesto a gastarse miles de euros en la compra de una casa pero no a invertir 200 euros en un abogado. "No se debe ni reservar la vivienda ni firmar un contrato de arras, ni un arrendamiento con opci¨®n a compra y, ya no digamos una compraventa, sin tener un abogado al lado que negocie en nuestro nombre y defienda nuestros intereses", explica el notario Francisco Rosales.
Segundo. No dedicar tiempo y esfuerzo a comprender bien lo que se va a firmar. En opini¨®n de Rosales es irracional no dedicar una tarde en el abogado o una ma?ana en la notar¨ªa a enterarse bien de lo que se va a firmar antes de endeudarse de por vida. Las escrituras de compraventa, concretamente, est¨¢n en la notar¨ªa tres d¨ªas antes y el notario, en el momento que le sea posible, ha de asesorarle y aclarar cualquier duda de manera gratuita. Las escrituras de las hipotecas de algunas entidades se prev¨¦ que puedan ser consultadas tambi¨¦n con antelaci¨®n a partir de enero.
Tercero. Pensar que la inmobiliaria o la entidad financiera va a defender nuestros derechos en lugar de vendernos el producto m¨¢s rentable. Se impone el busque y compare. Esta creencia es la madre de las dos anteriores y el ant¨ªdoto es asesorarse y echar todo el tiempo que se necesite. "Quien firma en cinco minutos paga las consecuencias toda la vida", advierte Rosales.
Cuarto. Comprar una vivienda sobrepasando las necesidades y las posibilidades de pago. Un joven que, para emanciparse compra una casa para toda la vida, sin certeza de poder pagar la hipoteca cuando suban los tipos de inter¨¦s, se ahorrar¨¢ ese 10% de papeleo e impuestos que tendr¨ªa que pagar si m¨¢s adelante compra un piso de m¨¢s tama?o, pero no correr¨¢ el riesgo de perderlo todo.
Quinto. Con solo una relaci¨®n de noviazgo, meterse en una compra y en una hipoteca es descabellado. Y el error es todav¨ªa mayor en los casos en que se convive y se tienen hijos sin registrarse como pareja de hecho o casarse. "Las situaciones como el matrimonio est¨¢n bien reguladas, se sabe a qu¨¦ atenerse cuando se inicia, se desarrolla o se extingue la relaci¨®n, por separaci¨®n o fallecimiento. En el caso del noviazgo, conviene acordar unas reglas y elevarlas a escritura p¨²blica ¨Cel coste es de unos 60 euros¨C para fijar la proporci¨®n de hipoteca que pagar¨¢ cada uno. As¨ª, en caso de ruptura o fallecimiento, se sabe qui¨¦n pagar¨¢ el pr¨¦stamo o se quedar¨¢ con el piso. Se aporta estabilidad y se previenen conflictos", explica el notario Ignacio Navas Ol¨®riz.
Si la promotora se queda con pisos y no paga las cuotas? comunitarias, la carga es para los dem¨¢s vecinos
Sexto. Pedir que avalen los padres o alg¨²n miembro de la familia. "Lo que llamamos aval bancario para pedir una hipoteca nunca debe ser de la familia", explica Rosales, quien sostiene que "es una figura perversa". Y a?ade, "si la entidad financiera desconf¨ªa de que se pueda pagar el pr¨¦stamo, no deber¨ªa darlo". Cuando el avalista es el padre en una familia con una renta media, expone la vivienda familiar y corre el riesgo de quedarse en la calle y arrastrar al resto de los hermanos, puesto que el aval se hereda si el padre fallece. Navas Ol¨®riz propone que la fianza tenga una limitaci¨®n. "Si la solvencia del que pide el pr¨¦stamo alcanza solo para el 60% del capital pedido, el familiar puede afianzar solo el 40% restante, de manera que cuando se haya amortizado tal porcentaje se elimine". Tambi¨¦n matiza que cuando los padres avalan a un hijo, deben hacerlo constar en el testamento e incorporar la exigencia de pago al que se endeud¨® para que no tengan que sufrir la deuda el resto de los hermanos.
S¨¦ptimo. Elegir una vivienda sin cerciorarse de su cercan¨ªa a equipamientos o medios de transporte y sin calcular lo que se va a invertir en tiempo y combustible de por vida es tan absurdo como comprar un piso nuevo sin tener en cuenta la comunidad de propietarios. Daniel Loscertales, presidente de la editorial jur¨ªdica Sep¨ªn, alerta de que "no es inusual que en un bloque de reciente construcci¨®n haya varias viviendas en manos de la promotora que no pague las cuotas de la comunidad y, si entra en procedimiento concursal, el resto de los propietarios tendr¨¢n que estar a?os pagando esas cuotas si no quieren verse sin servicios, como la porter¨ªa o la calefacci¨®n".
Octavo. Tener deudas y, para no perder la casa, intentar d¨¢rsela al hijo, simulando una venta o donaci¨®n. Se considera alzamiento de bienes. Es un fraude si quien dona la casa no se reserv¨® bienes para responder de sus deudas. Y, por cierto, el hijo responder¨¢ de las deudas del padre, puntualiza Rosales. Esta es una de las situaciones que demuestran que el mercado inmobiliario no es tan transparente para un particular. Otro ejemplo de la complejidad: "cuando una vivienda pasa a manos de un heredero que no es forzoso y la vende a un tercero, durante los dos a?os siguientes a la venta, la operaci¨®n puede deshacerse si apareciese un heredero forzoso. De no existir ninguno, el notario puede dar fe de ello y evita que el banco se niegue a darle una hipoteca", dice Navas Ol¨®riz.
Noveno. Dar un poder ilimitado, por ejemplo para la venta de la vivienda. Siempre se debe limitar en el tiempo. Renovarlo supone unos 60 euros. Y, tambi¨¦n "hay que pedir y conservar una copia simple para que sea m¨¢s f¨¢cil revocar", aconseja Rosales.
D¨¦cimo. Alquilar un inmueble sin tomar precauciones sobre la solvencia de los inquilinos. "El alquiler est¨¢ protegido por el art¨ªculo 6 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que impide cualquier pacto que le perjudique o sea contrario a la propia ley. Incluso, si el contrato solo es verbal estar¨¢ protegido, pero, en cambio el propietario que va a alquilar no tiene defensa ante el impago, por lo que deber¨¢ intentar tomar precauciones sobre la solvencia de los inquilinos", recalca el abogado Loscertales.
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