Un juez considera legales las subidas de tarifas de Fusi¨®n de Movistar
La sentencia se?ala que ¡°resulta extra?o para el consumidor que un precio se mantenga para siempre¡±
El juzgado de primera instancia n¨²mero 44 de Madrid ha desestimado la demanda de un abonado de Telef¨®nica que denunci¨® la ilegalidad del aumento de precio que la compa?¨ªa aplic¨® en mayo de 2015 a su servicio Fusi¨®n. El juez se?ala que las cl¨¢usulas del contrato autorizan a la operadora a una modificaci¨®n de las condiciones y alega que resulta "extra?o" para? un consumidor medio que un precio se mantenga para siempre.
Se trata de una nueva sentencia a favor de Telef¨®nica en la pugna judicial que mantiene con Facua por la subida de las tarifas de su servicio Fusi¨®n. La organizaci¨®n de consumidores entiende que la operadora no puede cambiar unilateralmente los precios del paquete puesto que cuando lo present¨® en 2012 la publicidad se?alaba que las tarifas eran ¡°para siempre¡±. Con tal motivo inici¨® una campa?a para canalizar las denuncias de los abonados que no estuvieran de acuerdo con esas modificaciones.
El juez estima en esta ocasi¨®n que pese al lema publicitario Telef¨®nica est¨¢ autorizada a modificar las condiciones del servicio porque no hay ninguna cl¨¢usula en el contrato que le impida hacerlo. En este sentido, el fallo se?ala que si el motivo que llev¨® al a contratar Fusi¨®n es ese ¡°para siempre¡± deber¨ªa haber exigido que constase por escrito en el contrato.
¡°Dado lo extra?o que resulta como alega la parte demandada para un consumidor medio que un precio se mantenga para siempre con independencia de cu¨¢les son las circunstancias y de ser este el motivo de la contrataci¨®n no es l¨®gico que la propia parte actora no exigiese que figurarse por escrito en las condiciones de su contrato¡±, indica la sentencia, con fecha del pasado 4 de julio, que desestima la petici¨®n de una indemnizaci¨®n de 190 euros que ped¨ªa el demandante y le condena a costas.
El fallo forma parte de la batalla judicial que mantiene Movistar con Facua
Documento falsificado
El juez tambi¨¦n da la raz¨®n a Telef¨®nica que alegaba que cuando el abonado contrat¨® Fusi¨®n en enero de 2015 no figuraba ya en web ni en documento alguno de la operadora la publicidad de tarifas ¡°para siempre¡±. En este punto, se rechaza el documento presentado por el demandante con una captura de la web de Movistar donde se habla de precios ¡°para siempre¡± alegando que esa captura era de finales de marzo de 2015, extremo este que no se ha podido demostrar. Incluso el fallo llega a se?alar que la primera hoja de ese documento no es publicidad de Telef¨®nica ¡°sino un documento manipulado por Facua con un uso no autorizado de la marca Movistar para inducir a confusi¨®n a usuarios y juzgados¡±.
Asimismo, el juez considera probados que el abonado admiti¨® en un principio la subida de tarifas y que abon¨® los 5 euros adicionales desde que se comenz¨® a aplicar la subida en mayo de 2015 hasta que se dio de baja en enero de 2016.
Esta sentencia se una a la que dict¨® a finales de mayo pasado el juzgado de primera instancia n¨²mero 48 de Madrid que consideraba que la modificaci¨®n de las tarifas estaba prevista en la cl¨¢usula 11 del contrato que fue comunicado al cliente, al que se le daba la opci¨®n al usuario de resolver el contrato sin coste alguno.
Frente a estos fallos, Facua alega que dos sentencias de sendos juzgados de Pamplona y Segovia le han dado la raz¨®n en primera instancia considerando ilegal la subida. La organizaci¨®n habilit¨® una web bajo el lema #fraudeMovistar para que los usuarios se descargaran un formulario de denuncia alegando que Telef¨®nica se hab¨ªa comprometido en el lanzamiento de Movistar Fusi¨®n a que sus precios ser¨ªan ¡°para siempre¡± y, por tanto, cualquier aumento de precios era ¡°ilegal¡±.
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