?Tienes hipoteca? Averigua si todas sus cl¨¢usulas son leg¨ªtimas
Los expertos se?alan que, sin negociaci¨®n individual y otros criterios, las condiciones del pr¨¦stamo podr¨ªan ser declaradas abusivas
El hecho de que en algunos pr¨¦stamos hipotecarios se haya decretado la ilegitimidad de las cl¨¢usulas suelo no impide que existan condiciones contractuales que s¨ª son leg¨ªtimas. En algunos supuestos, es posible que una cl¨¢usula te¨®ricamente leg¨ªtima ¨Cincluso pueden serlo las cl¨¢usula suelos¨C se vuelva abusiva, pero existen criterios para detectarlo, seg¨²n los expertos del sector.
Las condiciones generales de una hipoteca son de dos tipos. Por un lado est¨¢n las cl¨¢usulas financieras, que incluyen el capital prestado, la amortizaci¨®n (es decir, el per¨ªodo durante el cual se tendr¨¢ que devolver el capital m¨¢s los intereses), el tipo de inter¨¦s y las comisiones (de estudio, de apertura, de clausura), enumera Amor Pelegr¨ª, de Pelegr¨ª Abogados. Por el otro, se?ala Fernando Sanahuja, del despacho Sanahuja Miranda, se especificar¨¢ el vencimiento anticipado, el procedimiento de ejecuci¨®n (es decir, qu¨¦ pasa si no se paga la cuota), y el tipo de inter¨¦s de demora, que se aplica cuando se posterga el pago de la cuota y que ¡°no puede superar tres veces el inter¨¦s legal del dinero¡±, fijado este a?o en el 3%.
La negociaci¨®n es la clave
¡°Las cl¨¢usulas son leg¨ªtimas si se han negociado individualmente con el prestatario, inform¨¢ndole de su contenido, explic¨¢ndole sus l¨ªmites y ofreci¨¦ndole una comparativa con otros productos bancarios¡±, afirma Pelegr¨ª. Se trata de ir m¨¢s all¨¢ de ¡°lo que se suele explicar, que es solo la cuota mensual del pr¨¦stamo y la duraci¨®n¡±, recalca el letrado. Este principio est¨¢ contemplado por una directiva europea de 1993 en la que se establece que es abusiva cualquier cl¨¢usula no negociada individualmente que causa, en detrimento del consumidor, un desequilibrio importante entre los derechos y las obligaciones de las partes del contrato, se?ala el economista de la asesor¨ªa FuturLegal.com, Pau Monserrat.
El conocimiento y la negociaci¨®n previa son elementos clave para establecer la legitimidad de una cl¨¢usula y en ello hacen hincapi¨¦ todos los expertos consultados. Tal como dict¨® el Tribunal Supremo, la cl¨¢usula suelo, un punto que fija un tope por debajo del cual los intereses nunca podr¨ªan reducirse, no puede ser declarada ileg¨ªtima ¡°si el consumidor tuvo un conocimiento real del l¨ªmite de variaci¨®n del tipo de inter¨¦s pactado y lo negoci¨® con el banco¡±, insiste Pelegr¨ª. Aun as¨ª, opina Monserrat, en un primer momento?el Supremo ¡°intent¨® saltarse¡± la regla b¨¢sica de que si una cl¨¢usula es abusiva se considerar¨¢ como nula, al haber evitado imponer la restituci¨®n del dinero cobrado por este concepto con anterioridad a la primera decisi¨®n del TJUE en este sentido, de mayo de 2013.
Finalmente, el tribunal europeo ¡°le corrigi¨®¡± a finales del a?o pasado y estableci¨® la retroactividad total de la nulidad de las cl¨¢usulas suelo abusivas. ¡°Es una revoluci¨®n judicial que protege a los consumidores que contrataron un pr¨¦stamo hipotecario y no pueden pagarlo, cierto, pero tambi¨¦n un incentivo muy potente para que los bancos no incluyan cl¨¢usulas abusivas, lo que debe acabar redundando en un mercado m¨¢s competitivo, transparente y sano¡±, enfatiza el experto.
Las condiciones tienen que ser entendibles
Las condiciones de las hipotecas pueden volverse abusivas tambi¨¦n ¡°cuando no son claras y transparentes, atentan contra el esp¨ªritu de la ley o del contrato, se encuentran escondidas entre mucha informaci¨®n irrelevante, o se contradicen entre s¨ª¡±, asegura Sanahuja, quien, para explicar este punto, invita a colaci¨®n el art¨ªculo 7 de la Ley de condiciones generales de la contrataci¨®n. Seg¨²n esta normativa, las cl¨¢usulas ¡°son abusivas cuando no son comprensibles o bien gramaticalmente o bien conceptualmente¡±, resume.
?C¨®mo se consigue que todas las condiciones sean conocidas de forma expresa por el consumidor, quien, de esta forma, tendr¨ªa la potestad real de negociarlas? El banco deber¨ªa entre otras cosas, en palabras del letrado, proporcionar un hist¨®rico de la evoluci¨®n del eur¨ªbor y una simulaci¨®n del impacto econ¨®mico de la cl¨¢usula a lo largo de los a?os, y entregar la escritura de la hipoteca al menos tres d¨ªas antes de la firma. ¡°?ltimamente se ha puesto de moda hacerle firmar de pu?o y letra al consumidor que conoce y acepta expresamente las cl¨¢usulas, lo cual no es suficiente si no se le han facilitado los elementos se?alados¡±, argumenta.
Equilibrio de las partes en las cargas
¡°Otro dato importante que valoran los tribunales es el desequilibrio desproporcionado entre las partes y que todas las cargas las soporte el consumidor¡±, destaca Pelegr¨ª. A principios de este a?o, tras una sentencia del Supremo al respecto, la mayor parte del sector bancario ha empezado a asumir parte de los gastos de apertura de una hipoteca que hasta aquel entonces pagaba el cliente, en el af¨¢n de evitar demandas. Asimismo, seg¨²n Pelegr¨ª, para que sean leg¨ªtimas, es preciso que las comisiones por servicios o gestiones respondan a una prestaci¨®n real y efectiva.
Las cl¨¢usulas son leg¨ªtimas si¡
No hay desequilibrio que perjudique de forma consistente al consumidor. Lo que los jueces valoran es si la cl¨¢usula deja al consumidor en una situaci¨®n jur¨ªdica menos favorable a la establecida por ley, alega el economista de FuturLegal.com, Pau Monserrat. Y tambi¨¦n la experiencia en contrataci¨®n de productos financieros que tenga el consumidor: "Una determinada cl¨¢usula ser¨¢ declarada abusiva para un consumidor general, pero puede que no lo sea para un experto en finanzas, por ejemplo".
Se respeta el criterio de buena fe. En este caso, se eval¨²a si el cliente habr¨ªa contratado la hipoteca con la cl¨¢usula que se analiza de haber existido una negociaci¨®n individual.
Resultan comprensibles. "Una cl¨¢usula en un pr¨¦stamo hipotecario a tipo fijo est¨¢ndar no se valora de la misma manera que en un pr¨¦stamo multidivisa complejo", expone Monserrat.
Las circunstancias de la contrataci¨®n eran favorables al consumidor. "Por ejemplo, no es lo mismo que un cliente haya acudido a la firma ante notario con un abogado asesor que solo", dice el experto.
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